10.000 multas de 200 euros por la señal R-120: la Guardia Civil aprieta con la velocidad mínima

La infracción por no respetar la velocidad mínima en autovía sanciona con 200 euros aunque no conlleva pérdida de puntos. La Guardia Civil ha detectado esta conducta como una de las principales causas de peligro en el carril izquierdo.

La Guardia Civil ha interpuesto cerca de 10.000 multas en lo que llevamos de 2026 por una infracción que muchos conductores pasan por alto: circular por debajo de la velocidad mínima obligatoria en autovía y autopista. Cada una de estas sanciones asciende a 200 euros y, aunque no resta puntos del carnet, supone un mordisco considerable al bolsillo. La señal que origina este aluvión de denuncias es la R‑120, ese discreto panel circular azul que indica la velocidad que nunca deberías bajar.

El endurecimiento de los controles obedece a un plan específico de vigilancia de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil, que ha identificado la circulación anormalmente lenta —sobre todo en el carril izquierdo— como uno de los factores de riesgo más repetidos en accidentes por alcance. De hecho, los agentes han empezado a emplear vehículos camuflados, drones y cinemómetros capaces de medir tanto el exceso como el defecto de velocidad.

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Qué infracción multa la Guardia Civil con la señal R‑120

La señal R‑120 es la que fija una velocidad mínima de circulación en un tramo concreto. Normalmente está acompañada del panel complementario S‑810, que indica el carril afectado. Por ejemplo, es habitual encontrar una R‑120 con el número 80 en el carril izquierdo de muchas autovías, mientras que el límite genérico de la vía es de 120 km/h. Circular a 70 km/h en ese carril sin causa justificada es sancionable.

El Reglamento General de Circulación deja claro que la velocidad mínima debe respetarse siempre que las condiciones del tráfico y de la vía lo permitan. Si un conductor va más despacio sin motivo —y lo capta un radar o un agente—, la sanción es inmediata: 200 euros sin opción a que te descuenten puntos.

Cuándo se considera incumplir la velocidad mínima y qué excepciones existen

No todo conductor que vaya a 75 km/h en un tramo de 80 mínimos será multado. La norma prevé excepciones recogidas en el artículo 47 del Reglamento: retenciones, condiciones meteorológicas adversas, entrada o salida de la vía, averías mecánicas o, simplemente, la necesidad de ceder el paso a un vehículo prioritario.

Sin embargo, la Guardia Civil ha detectado que en la mayoría de los casos denunciados no concurre ninguna de esas circunstancias: son conductores que van distraídos, que ignoran la señalización o que, sencillamente, creen que conducir despacio en el carril izquierdo es más seguro. Las cifras que maneja el Instituto Armado sitúan esta conducta como la segunda causa de peligro en autovías, solo por detrás de las distracciones con el móvil.

Circular por debajo de la velocidad mínima obligatoria en el carril izquierdo se ha convertido en una de las infracciones más penalizadas sin puntos del carnet.

Los tramos más vigilados y cómo evita la Guardia Civil la excusa del “no me di cuenta”

En los últimos meses, la Guardia Civil ha reforzado los controles en los corredores de alta densidad: la A‑1, la A‑3, la AP‑7 y la A‑66 son algunos de los puntos calientes. Los agentes utilizan radares móviles que registran la velocidad instantánea y la comparan con la señalización del tramo, incluyendo los paneles de mensajería variable que a veces establecen mínimos temporales.

200 euros multa

Precisamente, un caso reciente que ha llamado la atención es el de un conductor sancionado por no percatarse de la señal S‑991c, una baliza luminosa que fija una velocidad mínima dinámica, normalmente instalada en túneles o zonas de concentración de accidentes. El infractor circulaba a 85 km/h cuando el panel le exigía 100 km/h y fue captado por un radar de tramo. La Guardia Civil no admitió el descuido como atenuante.

Los agentes insisten en que la velocidad mínima no es una recomendación: es una obligación que busca mantener la fluidez y evitar las peligrosas diferencias de velocidad entre carriles. Quien la incumple obliga a los demás conductores a frenar o a cambiar de carril bruscamente, multiplicando el riesgo de colisión por alcance.

Una multa polémica: ¿seguridad vial o afán recaudatorio?

La imposición de 200 euros sin pérdida de puntos ha generado cierto debate. Mientras que la DGT defiende que la ausencia de puntos refuerza el carácter educativo de la sanción —porque el conductor no siente amenazado su permiso—, asociaciones de automovilistas consideran que la cuantía es desproporcionada para un descuido que, en muchas ocasiones, dura apenas unos segundos.

No obstante, los datos de siniestralidad avalan la línea dura. Un estudio del Observatorio Nacional de Seguridad Vial revela que las diferencias de velocidad entre carriles son responsables del 12 % de los accidentes en autopista. Cuando un turismo circula a 70 km/h en una vía donde el resto va a 120 km/h, la deceleración forzosa del resto equivale a una frenada de emergencia cada pocos minutos. La Guardia Civil lo denomina “efecto tapón” y lo considera tan peligroso como un exceso de velocidad.

En este contexto, los 200 euros de multa pretenden disuadir una conducta que muchos conductores normalizan. Eso sí, los críticos recuerdan que en ciudades como Málaga se han impuesto también cerca de 10.000 sanciones con un importe similar por la Zona de Bajas Emisiones —gestionada con la misma señal R‑120 de forma muy discutible—, lo que ha llevado a un grupo municipal a pedir la suspensión del régimen sancionador por inseguridad jurídica. La diferencia es que, en el caso de la velocidad mínima, la señal es inequívoca desde hace décadas y el desconocimiento no exime de su cumplimiento.

🚨 Ficha de la Normativa

  • Infracción / Novedad: Circular por debajo de la velocidad mínima obligatoria indicada por la señal R‑120 (o su variante dinámica S‑991c) sin causa justificada.
  • Sanción económica: 200 euros (100 euros con pronto pago).
  • Puntos del carnet: No aplica (no resta puntos).
  • Entrada en vigor: Ya en vigor. La campaña intensiva de vigilancia arrancó a principios de 2026.

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