
La Agencia Tributaria recuerda que los propietarios que compraron su vivienda habitual antes del 1 de enero de 2013 pueden deducir hasta 1.356 euros en su declaración de la Renta. La deducción, que se mantiene bajo un régimen transitorio, equivale al 15% de las cantidades pagadas durante el año, con una base máxima de 9.040 euros anuales, lo que se traduce en ese tope de ahorro fiscal.
La campaña de Renta 2025 finaliza el 30 de junio de 2026, así que conviene revisar ya el borrador para no dejar dinero sobre la mesa. Vamos por partes.
¿Quién puede aplicar la deducción y cuánto ahorra?
Solo pueden beneficiarse quienes adquirieron su residencia permanente o pagaron cantidades para su construcción antes del 31 de diciembre de 2012. Fuera quedan las segundas residencias, los inmuebles vacacionales o las viviendas destinadas al alquiler.
Dentro de la base deducible se incluyen las cuotas hipotecarias —tanto el capital amortizado como los intereses— y los gastos asociados a la financiación, como los seguros de vida o de hogar que sean obligatorios según la escritura del préstamo. El porcentaje de deducción general es del 15%, repartido entre un 7,5% de tramo estatal y un 7,5% autonómico, aunque algunas comunidades autónomas pueden fijar porcentajes complementarios que aumentan el ahorro.
Si el contribuyente ha aportado menos de 9.040 euros al año, la deducción se calcula sobre el importe realmente pagado. Y el máximo de 1.356 euros solo se alcanza cuando se llega a esa base.
La deducción por vivienda habitual es casi una reliquia fiscal, pero quien la conserva puede ahorrar más de 1.300 euros cada año sin apenas esfuerzo.
Cómo incluirlo en la declaración de la Renta y el error más común
El borrador que envía Hacienda suele recoger los datos que el banco comunica sobre la hipoteca, pero no siempre incluye los gastos accesorios deducibles. El error más frecuente es no revisar el el borrador y asumir que está completo: si el seguro de vida vinculado a la hipoteca no aparece, el contribuyente pierde una parte de la deducción a la que tiene derecho.
Para incorporarlo correctamente, hay que acceder al modelo 100 de la Renta y, en el apartado de deducciones por inversión en vivienda habitual, comprobar que figuran todas las cantidades pagadas durante 2025. También conviene verificar que la vivienda declarada sigue siendo la residencia habitual, porque Hacienda puede cruzarlo con otros datos.
Una deducción que sobrevive al calendario fiscal: por qué sigue vigente y qué autónomos la aprovechan
La deducción por vivienda habitual se eliminó con carácter general para las compras firmadas a partir del 1 de enero de 2013. El régimen transitorio que la mantiene para las operaciones anteriores fue una decisión política para proteger los derechos adquiridos de los hipotecados de larga duración. A estas alturas, muchos autónomos que compraron su casa a principios de siglo todavía están amortizando la hipoteca y pueden seguir aplicando el beneficio.
Frente a otras deducciones que han desaparecido o se han reducido en los últimos años —como la deducción por alquiler de vivienda habitual en muchas comunidades—, esta deducción resiste porque está blindada por el principio de confianza legítima. Sin embargo, el plazo de la campaña de Renta 2025 apremia: el 30 de junio de 2026 cierra el periodo voluntario de presentación, y después solo queda la vía de la rectificación fuera de plazo, con recargos.
La clave para los autónomos que aún conservan una hipoteca anterior a 2013 es revisar el borrador con lupa y no dejar pasar un ahorro que, año tras año, suma más de mil euros.
Guía rápida del trámite
- 📅 Plazos: La campaña de Renta 2025 se extiende del 1 de abril al 30 de junio de 2026. La deducción se aplica cada año mientras se paguen cantidades.
- ✅ Requisitos clave: Vivienda habitual comprada o construida antes del 1 de enero de 2013. Debe ser residencia permanente y estar a nombre del contribuyente. No sirven segundas residencias ni inmuebles alquilados.
- 🌐 Dónde solicitarlo: En el modelo 100 de la declaración del IRPF, accesible a través de la sede electrónica de la AEAT con Cl@ve, certificado digital o número de referencia. También se puede obtener el borrador y modificarlo.
- 💰 Importe o coste: Hasta el 15% de una base máxima de 9.040 euros, con un ahorro tope de 1.356 euros anuales. El porcentaje real depende del tramo estatal y autonómico, y de lo efectivamente pagado.
- ⚠️ Error a evitar: No revisar el borrador y dar por buenos los datos sin comprobar si faltan gastos deducibles, como los seguros vinculados a la hipoteca, que pueden incrementar la base de la deducción.




