EE.UU. pide al Supremo rechazar el recurso de España: laudos renovables por 360 millones

El procurador general John Sauer recomienda al Tribunal Supremo negar las alegaciones de inmunidad soberana defendidas por la Abogacía del Estado. La decisión final podría conocerse a finales de junio y cerrar la última vía de recurso en EE.UU.

La Administración Trump ha recomendado formalmente al Tribunal Supremo de Estados Unidos que deniegue el recurso presentado por España para evitar la ejecución de tres laudos arbitrales del Centro Internacional de Arreglos de Diferencias relativas a Inversiones (Ciadi) por un valor conjunto de 358 millones de euros. La Abogacía del Estado alegaba inmunidad soberana para frenar los embargos, pero el procurador general John Sauer considera que los argumentos españoles no justifican la intervención del alto tribunal.

El escrito, de 28 páginas, fue solicitado por el propio Supremo en octubre de 2025 para resolver cuestiones de “importancia crítica”. En él, Sauer concluye que las alegaciones de España “deben ser denegadas” porque no reúnen las condiciones necesarias para que el tribunal asuma la revisión de las sentencias previas del Tribunal de Apelaciones del Distrito de Columbia, que en agosto de 2024 ya dieron luz verde a la ejecución de los laudos.

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La recomendación del procurador general

El dictamen del procurador golpea de lleno los dos ejes de la defensa española: la invocación de la inmunidad soberana y la petición de trasladar el litigo a otras jurisdicciones. Sobre el primer punto, el representante del Gobierno estadounidense invoca la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados y recuerda que un Estado no puede usar su legislación interna para incumplir compromisos internacionales libremente aceptados. “Constituye, precisamente, el tipo de razonamiento que la Convención de Viena impide utilizar para eludir obligaciones convencionales previamente adquiridas”, señala el documento.

Respecto a la doctrina del forum non conveniens, Sauer la tacha de poco convincente y aboga por dar plena cobertura a las sentencias ya dictadas, evitando que los acreedores deban acudir a tribunales de otros países para ver resarcidas sus deudas. La posición de la Administración Trump respalda sin matices la ejecución material de los laudos del Ciadi.

Los tres casos en liza son los que más han avanzado en la jurisdicción estadounidense. NextEra reclama 290 millones de euros; 9Ren, 41 millones; y el fondo Blasket —que compró los derechos a AES—, 26,5 millones. Todos ellos derivan del recorte retroactivo de los incentivos a las energías renovables aplicado por España entre 2010 y 2013.

Los argumentos de España

España reclamaba al Supremo una exención basada en la inmunidad soberana como medida para evitar el pago y el eventual embargo de bienes o activos estatales. Sin embargo, el procurador general considera que los argumentos presentados por la Abogacía del Estado, aunque complejos, son esencialmente procesales y no afectan a la cuestión de fondo. En otras palabras, la defensa jurídica española intenta esquivar el cumplimiento con recursos de forma, no con razones de derecho sustantivo.

Los tribunales estadounidenses están diciendo a España, con todas las letras, que el derecho internacional no se sortea con apelaciones creativas.

El Tribunal Supremo de EEUU podría decidir si acepta la recomendación del procurador a finales de junio, aunque si la cuestión se retrasa más allá del receso estival, la respuesta podría dilatarse hasta el otoño. Históricamente, el alto tribunal sigue la opinión del solicitor general en la mayoría de los casos en los que se solicita su intervención, lo que encamina el desenlace hacia un nuevo revés para España.

El cerco a España se estrecha: 2.315 millones en juego

La recomendación del Ejecutivo estadounidense no es un hecho aislado. Los tribunales federales ya han emitido siete sentencias firmes que reconocen aproximadamente 688 millones de euros contra España. Según los datos más recientes, la deuda acumulada por la retirada retroactiva de las primas ronda los 2.315 millones de euros, de los que más de 550 millones corresponden a intereses de demora, costes judiciales y otros gastos.

En la actualidad permanecen pendientes de pago 27 resoluciones favorables a los inversores afectados, entre los que figuran compañías como E.On, EDF y la propia NextEra. La decisión que tome el Supremo estadounidense sobre estos tres laudos concretos no solo marcará la hoja de ruta para ejecutar esas cantidades, sino que sentará un precedente incuestionable para el resto de los litigios aún vivos.

La posición de Washington representa un espaldarazo contundente a la seguridad jurídica que demandan los inversores internacionales. El mensaje implícito es claro: ni la inmunidad soberana ni las maniobras de forum shopping pueden servir de escudo para incumplir obligaciones contractuales avaladas por un organismo del Banco Mundial.

El coste de oportunidad para España trasciende los 358 millones de este caso: es la credibilidad de su compromiso con el cumplimiento de tratados internacionales.

arbitraje inversiones renovables

Análisis: la crónica de una derrota anunciada

Asisto desde hace más de una década al mismo guion: el sector renovable invierte en España atraído por un marco regulatorio estable; ese marco se cambia de forma retroactiva; se activa un arbitraje internacional; España litiga en cada jurisdicción posible alegando argumentos cada vez más rebuscados; y, finalmente, pierde. La recomendación del procurador Sauer es el penúltimo —si no el último— intento legal para dilatar lo inevitable: el pago de unas indemnizaciones que ya acumulan intereses millonarios.

Que el Gobierno de Donald Trump, no especialmente amigo de politíticas de ahorro energético, respalde sin fisuras a los inversores en renovables subraya la dimensión puramente jurídica del caso. No se trata de una cuestión ideológica: se trata de pacta sunt servanda. El Estado español aceptó libremente el arbitraje del Ciadi como mecanismo de resolución de disputas y ahora pretende ignorar sus consecuencias. La Convención de Viena, como recuerda Sauer, no deja margen para esa huida.

Algunos lectores pueden preguntarse si España ganará algo con cada mes de retraso. La triste realidad es que sí: cada semestre que pasa sin ejecutarse los laudos se difieren pagos cuantiosos, y mientras tanto el Tesoro puede seguir colocando deuda sin que los mercados penalicen excesivamente este pasivo contingente. Pero esa estrategia tiene un precio: la pérdida de atractivo para futuras inversiones extranjeras en sectores regulados.

Yo creo que, si el Supremo falla en contra —como todo apunta—, España debería plantearse seriamente un acuerdo con los acreedores. No solo para ahorrar nuevos intereses de demora, sino para cerrar un capítulo que lleva demasiado tiempo minando la reputación del país como destino fiable para la inversión internacional. La alternativa es verse forzada a embargos sobre bienes en el extranjero, una humillación jurídica de la que pocas democracias occidentales se han recuperado sin costes reputacionales.

El desenlace, si se produce a finales de junio, coincidirá con un verano en el que los mercados ya descuentan nuevas tensiones geopolíticas. Por eso, el caso de los laudos renovables importa más allá del derecho internacional: es un termómetro de la salud del estado de derecho en España y de la voluntad de sus gobernantes de honrar las reglas del juego. Algo que, por desgracia, esta historia demuestra estar en cuestión.


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