El SEPE mantiene un subsidio de 570 euros al mes para mayores de 45 años con cargas familiares cuando se agota el paro contributivo, una ayuda que pasa desapercibida para muchos parados que cumplen los requisitos. Tienes 15 días hábiles desde que cobras la última mensualidad del paro para pedirlo.
La cuantía equivale al 80% del IPREM y se cobra durante un máximo de 30 meses, según la información publicada en la web del SEPE. Vamos por partes, porque la letra pequeña es la que decide si te lo dan o te lo deniegan.
Quién puede pedir este subsidio y quién no
El requisito que más confunde es el de la edad. Tienes que tener 45 años o más en la fecha en la que agotas el paro, no cuando lo solicitas semanas después. Si los cumples justo después de quedarte sin prestación, te quedas fuera de esta modalidad y tienes que mirar otras vías.
El segundo filtro son las cargas familiares. Para entendernos: necesitas tener a tu cargo al cónyuge, a hijos menores de 26 años, a hijos mayores con discapacidad reconocida del 33% o a menores acogidos. Y aquí viene el detalle que cambia todo: la suma de rentas de toda la unidad familiar dividida entre sus miembros no puede superar el 75% del SMI, sin contar las pagas extra. Si te pasas un euro al mes, denegado.
Otros requisitos básicos: estar inscrito como demandante de empleo, no haber rechazado ofertas adecuadas en el último mes, haber cotizado al menos 360 días en los seis años anteriores al paro y no tener derecho a otra prestación. La inscripción como demandante se mantiene activa con la renovación de la demanda (DARDE) en los plazos que te fija tu oficina.
Cuánto se cobra, cuánto dura y el error que más denegaciones genera
La cuantía es fija: 570 euros al mes en 2026, equivalente al 80% del IPREM. No hay tramos ni escalado: cobras lo mismo el primer mes que el último. La duración máxima es de 30 meses, repartidos en periodos de seis meses prorrogables, siempre que sigas cumpliendo los requisitos en cada renovación.
Ojo con esto: el subsidio cotiza para la jubilación durante 60 días por cada año cobrado, lo que para alguien que lo agote completo supone unos cinco meses cotizados de cara a la pensión futura. No es la cotización de un trabajo, pero suma.
Y ahora el aviso importante. El error que más denegaciones provoca es no comunicar a tiempo un cambio en las rentas familiares. Si tu pareja empieza a trabajar, si un hijo recibe una beca computable o si vendes un bien, tienes que avisar al SEPE en los 15 días siguientes. Si no lo haces y te lo detectan en un cruce con Hacienda (lo hacen, y con frecuencia), te reclaman lo cobrado de más con intereses y, en casos graves, abren expediente sancionador. La otra trampa habitual es no renovar la demanda de empleo en plazo: el SEPE suspende automáticamente el pago tres meses a la primera.
Cómo se solicita y por qué este subsidio sigue siendo un desconocido
La solicitud se presenta en la sede electrónica del SEPE con certificado digital, Cl@ve o DNI electrónico, por teléfono pidiendo cita previa, o presencialmente en la oficina de prestaciones que te corresponda. El plazo son 15 días hábiles desde el día siguiente al agotamiento del paro contributivo. Si lo presentas tarde, pierdes tantos días de subsidio como días de retraso, pero conservas el derecho mientras no superes el plazo total de prescripción.
Conviene compararlo con el subsidio para mayores de 52, que es la otra gran ayuda asistencial del SEPE. El de 52 paga lo mismo (570 euros) pero se cobra hasta la jubilación y cotiza al 125% de la base mínima, una diferencia enorme a efectos de pensión futura. El de 45 con cargas familiares, en cambio, está pensado como puente: 30 meses para reengancharse al mercado o, si la cosa se alarga, llegar al umbral de los 52. Que casi nadie lo conozca dice mucho de cómo se comunican las ayudas en este país: se publica el real decreto, se cuelga la ficha en la web del SEPE y poco más. El que no rastree la sede electrónica con lupa, se lo pierde. Y eso, con paro de larga duración por encima del millón de personas, es un fallo de servicio público que merece la pena señalar. Para la próxima revisión normativa, sería razonable simplificar la maraña de subsidios asistenciales en una sola prestación con tramos claros por edad y cargas; mientras tanto, toca conocer cada figura una a una.
Guía rápida del trámite
- 📅 Plazos: 15 días hábiles desde el día siguiente al agotamiento del paro contributivo. Renovación cada seis meses.
- ✅ Requisitos clave: Tener 45 años o más al agotar el paro, cargas familiares acreditadas y rentas familiares por debajo del 75% del SMI por miembro.
- 🌐 Dónde solicitarlo: Sede electrónica del SEPE con Cl@ve o certificado digital, teléfono 060 con cita previa, u oficina de prestaciones presencial.
- 💰 Importe o coste: 570 euros al mes (80% del IPREM), durante un máximo de 30 meses.
- ⚠️ Error a evitar: No comunicar cambios en las rentas familiares en 15 días; el SEPE lo detecta y reclama lo cobrado con intereses.




