Endesa y Gesternova, las energéticas con más expedientes por infracciones de las normas de Competencia

Endesa y Gesternova, con tres procesos abiertos cada una, comparten el primer puesto entre las empresas energéticas con más expedientes sancionadores en trámite por infracciones de Competencia o de la legislación de protección de los consumidores. Así lo reflejan los registros de procedimientos en tramitación en el ámbito de la energía de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) examinados por MERCA2.

En total, hay 57 expedientes abiertos contra 50 empresas distribuidoras y comercializadoras de energía. A Endesa y Gesternova les siguen en el ‘ranking’ de las más procesadas Electiaplus, con dos expedientes abiertos; Cox Energía, con dos; y Relax Energía, también con dos. La relación completa de las investigaciones en curso puede consultarse a través de este enlace.

En cualquier caso, los procesos incoados contra las energéticas se encuentran en fase de tramitación, por lo que aún no se ha emitido resolución alguna, ni a favor ni en contra, respecto a los hechos por los que se investiga a las empresas implicadas.

ENDESA: UN SOLO MOTIVO, PERO POR TRIPLICADO

Los tres procesos abiertos contra Endesa responden al mismo motivo: el incumplimiento del mantenimiento de un servicio de atención a las quejas y reclamaciones, lo que constituye una vulneración de las medidas obligatorias de protección al consumidor. Esta infracción está tipificada como «grave» por la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico.

Los tres procesos abiertos contra Endesa responden al posible incumplimiento del mantenimiento de un servicio de atención a las reclamaciones, lo que constituye una infracción grave de la normativa de protección al consumidor

En su artículo 65, la norma dispone que «será considerada como infracción grave […] el incumplimiento por parte de las empresas distribuidoras y comercializadoras de electricidad de las obligaciones de mantenimiento y correcto funcionamiento de un servicio de atención a las quejas, reclamaciones, incidencias en relación al servicio contratado u ofertado, solicitudes de información sobre los aspectos relativos a la contratación y suministro o comunicaciones, que incluya un servicio de atención telefónica y número de teléfono, ambos gratuitos».

LOS EXPEDIENTES DE GESTERNOVA

Como se ha dicho, Gesternova, grupo empresarial dedicado a las soluciones energéticas renovables, tiene el mismo número de pliegues abiertos que Endesa: tres. No obstante, las causas que han dado lugar a los mismos son bastante más dispares.

Uno de los expedientes atribuye a la firma la emisión de ‘ofertas con valores anormales o desproporcionados, para alterar indebidamente el despacho de las unidades de generación o la casación del mercado’. Esta práctica también está catalogada como infracción grave por la Ley del Sector Eléctrico, y consiste en la alteración intencionada de los precios de la energía o de las unidades generadoras.

los procesos incoados contra las energéticas se encuentran en fase de tramitación, por lo que aún no se ha emitido resolución alguna, ni a favor ni en contra

El segundo pliegue incoado contra Gesternova se refiere a una presunta inobservancia de los preceptos del Reglamento de la Unión Europea (UE) sobre la integridad y la transparencia del mercado mayorista de la energía: «Manipulación de mercado también en fase de tentativa, uso de información privilegiada o falta de difusión de información privilegiada», acciones también consideradas como ‘infracción grave’ por la normativa española.

Por último, el tercer expediente contra la compañía de renovables presidida por José María González Vélez tiene el mismo objeto que los tres abiertos contra Endesa: la investigación de un posible incumplimiento del mantenimiento de un servicio de atención a las quejas y reclamaciones.

LA ACTIVIDAD SANCIONADORA DE LA CNMC

Según los datos más actualizados de la CNMC (los correspondientes a la Memoria 2022 de la organización), en 2022 se instruyeron 139 sancionadores en materia de energía, de los que 112 han finalizado con propuesta de resolución. La mayoría de ellos estaban relacionados con incumplimientos en el mercado eléctrico (déficit de garantías, 48 expedientes; impago de peajes, 41 expedientes; y falta de compras, 13 expedientes), así como relacionados con cambios de comercializador sin consentimiento o protección de los consumidores (19 expedientes).

En gas se instruyeron cuatro expedientes por incumplimiento de los requisitos de balance e impago de peajes. Como en años anteriores, se instruyeron expedientes cuya resolución compete bien al Ministerio de Transición Ecológica y Reto Demográfico (MITECO), o bien, al Consejo de Ministros en el ámbito de los incumplimientos de existencias mínimas de gas y petróleos; así como en relación con los incumplimientos del sistema de biocarburantes. En total, durante 2022, se instruyeron 53 expedientes.

POCA SINTONÍA ENTRE LOS TRIBUNALES Y LA CNMC

No es infrecuente que las sanciones impuestas por el organismo sean revocadas o suspendidas por los tribunales cuando las empresas afectadas deciden recurrir a la vía judicial.

Dos de las derrotas judiciales del organismo más sonadas y recientes tuvieron lugar en enero, cuando la Audiencia Nacional (AN) anuló la multa impuesta en 2018 a Banco Santander, CaixaBank, BBVA y Banco Sabadell porque presuntamente ofrecían tipos de interés en condiciones distintas de las pactadas con los clientes. A principios de febrero fue cuando la AN suspendió cautelarmente la resolución emitida por la CNMC en julio de 2023, que sancionaba a Apple y Amazon por supuestas prácticas anticompetitivas.

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La Memoria de 2022 de la CNMC refleja que ese año la AN dictó un total de 40 sentencias en el ejercicio de su potestad de revisión jurisdiccional de la actividad de la CNMC en el ámbito del sector energético.

Las sentencias dictadas se dividen entre 24 que desestiman de los recursos interpuestos por los operadores, y por tanto favorables por tanto a la CNM; y 15 estimatorias (15), de las cuales tres lo fueron solo parcialmente. También consta una inadmisión de un recurso interpuesto contra una resolución de la CNMC.

casi el 40% de las resoluciones dictadas por Competencia se dan de bruces en sede judicial y quedan anuladas o desestimadas mediante sentencias adversas

Por consiguiente, un 38% de las resoluciones dictadas por el organismo de Competencia se dan de bruces en sede judicial, siendo anuladas o desestimadas mediante sentencias adversas.