Sí, los autónomos se pueden deducir los intereses de demora si aplazan impuestos

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El pago de impuestos es una de las principales obligaciones que deben asumir autónomos y empresas. Pero como no siempre disponen de la liquidez suficiente, no es extraño que recurran a solicitar un aplazamiento o incluso que dejen la deuda sin pagar. Ahora bien, ¿qué ocurre con los intereses? ¿Es posible deducir los intereses de demora y los derivados del aplazamiento de deudas tributarias?

Este es un tema que ha causado polémica durante muchos años y no pocos enfrentamientos judiciales entre los administrados y la Administración. Pero ahora el Tribunal Supremo ha puesto fin a la controversia con una sentencia que va a marcar un antes y un después y que beneficia a quienes han tenido o van a tener que recurrir al aplazamiento del pago de impuestos o han dejado una deuda tributaria sin pagar.

La reforma fiscal es cada vez más necesaria

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A fin de evitar los constantes enfrentamientos entre los contribuyentes y la Agencia tributaria a costa de las deducciones, los expertos fiscales creen que es necesario abordar de forma urgente una reforma de la regulación sobre los gastos deducibles.

Gastos como el de los suministros si se trabaja desde casa, el teléfono móvil, o el uso del vehículo para trabajar, muchas veces son difícilmente justificables para los profesionales, lo que les hace perder deducciones. En algunos casos, aunque el autónomo tenga derecho a la deducción, un inspector puede ponerla en duda si cree que el gasto no está lo suficientemente justificado. Por eso, se reclama una normativa mucho más específica que aporte mayor seguridad jurídica a los contribuyentes.

Mayka J.
Mayka J.
Jurista por formación y escritora por vocación. Llevo más de diez años dedicada al mundo de la redacción con especialidades como Derecho, pymes, autónomos, emprendimiento y marketing digital.