Sí, los autónomos se pueden deducir los intereses de demora si aplazan impuestos

santander autonomos

El pago de impuestos es una de las principales obligaciones que deben asumir autónomos y empresas. Pero como no siempre disponen de la liquidez suficiente, no es extraño que recurran a solicitar un aplazamiento o incluso que dejen la deuda sin pagar. Ahora bien, ¿qué ocurre con los intereses? ¿Es posible deducir los intereses de demora y los derivados del aplazamiento de deudas tributarias?

Este es un tema que ha causado polémica durante muchos años y no pocos enfrentamientos judiciales entre los administrados y la Administración. Pero ahora el Tribunal Supremo ha puesto fin a la controversia con una sentencia que va a marcar un antes y un después y que beneficia a quienes han tenido o van a tener que recurrir al aplazamiento del pago de impuestos o han dejado una deuda tributaria sin pagar.

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Siguen los problemas con las deducciones

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Esta sentencia del Alto Tribunal es una buena noticia para los autónomos. Pero las asociaciones que los representan denuncian que no es suficiente, porque el problema para acceder a deducciones no se da solo con respecto a los intereses que se derivan de las deudas tributarias. Esto viene causado en muchas ocasiones porque los funcionarios aplican la ley de una forma excesivamente literal.

Hay ciertos gastos que a día de hoy no está claro si son deducibles o no, porque la legislación es en algunos aspectos bastante difusa e indeterminada. Por eso, ante la duda, los funcionarios de Hacienda prefieren ser estrictos y denegar la deducción, obligando a los contribuyentes a tener que acudir a los tribunales para que sean estos quienes hagan una interpretación de la norma y determinen si ciertas deducciones son o no posibles.

Mayka J.
Mayka J.
Jurista por formación y escritora por vocación. Llevo más de diez años dedicada al mundo de la redacción con especialidades como Derecho, pymes, autónomos, emprendimiento y marketing digital.