Cobros indebidos del SEPE ¿Qué hacer?

Dentro del sector laboral de nuestro país, la pandemia del Covid-19 ha causado problemas bastante preocupantes e inmediatos. Uno de los más importantes es el alto número de ERTEs que las empresas se han visto obligadas a realizar, ya sea por el cese de actividad durante la cuarentena o por la caída en las ventas que hemos visto en muchos sectores. Por este motivo, el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) se ha encontrado con bastantes problemas para realizar los pagos, dada la elevada cantidad de solicitudes y el poco tiempo que tienen para gestionarlas. Esto ha provocado que muchos trabajadores reciban cobros indebidos del SEPE, recibiendo cuantías mayores a las que les corresponden, por lo que veremos cómo actuar en estos casos.

He recibido una prestación indebida del SEPE, ¿qué debo hacer?

Si la prestación que hemos recibido no es la correcta y las cuantías son mayores que las que nos corresponden, recibiremos una reclamación por correo postal que nos informará sobre la situación, y cuya intención es que devolvamos el dinero abonado por error. Dentro de esta reclamación, encontraremos un escrito que nos expondrá el motivo por el cual tenemos que devolver ese dinero, y un boletín donde se nos dan las instrucciones para hacerlo y nos indican información relevante:

  • Número de cuenta al que realizar el abono, incluyendo datos como DNI o NIE, nombre, apellidos, nómina en ERTE y dirección de correo del SEPE.
  • Cuantía exacta que debemos devolver.

Plazos y condiciones de la devolución

Desde la recepción de la comunicación emitida por el SEPE, tenemos un plazo de 30 días hábiles para devolver el dinero, algo que viene especificado en los documentos que se mencionaron anteriormente. En caso de que el SEPE no haya recibido el pago y/o no hayamos recurrido el caso, el organismo emitirá una certificación de descubierto, con la finalidad de iniciar la vía de apremio, realizando un recargo del 20% sobre la cuantía que debemos pagar.

Para abonar esta cuantía podemos realizar un pago único, pero también tenemos el derecho de solicitar un fraccionamiento, rellenando una solicitud específica para ello dentro del plazo establecido. Este fraccionamiento no puede superar los 60 meses, y se deben detallar los motivos económicos, personales y sociolaborales por el cual se solicita, teniendo este un recargo del 3,75 % del monto inicial.

No estoy de acuerdo con la reclamación del SEPE, ¿qué hago?

Si pensamos que el SEPE está equivocado y se ha producido un error administrativo, disponemos de un plazo de 10 días hábiles para remitir a la dirección provincial del SEPE, por correo ordinario, una reclamación escrita en la que expongamos nuestros motivos. Tras su presentación, el organismo tiene un plazo de 45 días para respondernos, y si no recibimos respuesta, nuestra reclamación se denegará automáticamente por silencio administrativo, por lo que nos veremos obligados a demandar al SEPE si queremos seguir adelante con la reclamación.

En conclusión, disponemos de 30 días hábiles para realizar el pago que nos solicita el SEPE (o pedir un fraccionamiento), y de 10 días para reclamar en caso de que no estemos de acuerdo.