Protege tus intereses profesionales con el contrato de prestación de servicios

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Con frecuencia el autónomo se encuentra con que las relaciones con sus clientes son un tanto inestables e incluso inexactas. No sabe bien cuándo va a cobrar, la fecha exacta en la que debe terminar su servicio, etc. Esto se debe en gran medida a que no se firma un contrato de prestación de servicios que marque las pautas a seguir.

En la mayoría de los casos el acuerdo entre profesional y cliente se hace de forma verbal y sin llegar a negociar nada más allá del servicio a prestar o producto a entregar y el precio. Sin embargo, esto puede comprometer los intereses profesionales del autónomo, por eso, lo mejor es firmar un contrato que defina bien las obligaciones y derechos de ambas partes.

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Protección para el cliente

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Este contrato que venimos analizando protege los intereses del profesional, pero también los del cliente, que puede establecer cláusulas que impidan la subcontratación del servicio. Esto es importante, porque muchas veces el cliente contrata a un profesional específico guiado por la buena reputación de este y al final se encuentra con que el servicio se lo acaba prestando un tercero.

Tratándose de la prestación de un servicio es perfectamente lógico pensar que el cliente quiere que la misma la lleve a cabo la persona contratada. Por eso no es extraño que se negocie la prohibición de subcontratar el servicio. De igual manera, el cliente puede proteger sus intereses estableciendo cláusulas en torno a la dirección técnica que no supongan una merma a la independencia del profesional.

Mayka J.
Mayka J.
Jurista por formación y escritora por vocación. Llevo más de diez años dedicada al mundo de la redacción con especialidades como Derecho, pymes, autónomos, emprendimiento y marketing digital.