Sanciones por no declarar el IVA (aunque no hayas tenido ingresos)

santander autonomos

Si eres autónomo una de tus principales obligaciones es cumplir a tiempo con la Agencia Tributaria, presentar las autoliquidaciones de IVA e IRPF y pagar los impuestos en el plazo dado para ello. Es fundamental que tengas esto muy en cuenta, puesto que si se te pasa el plazo recibirás una sanción que no te va a hacer ninguna gracia.

Debes tener especial cuidado con el IVA, muchos autónomos caen en el error de pensar que si no han tenido actividad y no han percibido ingresos no deben hacer la autoliquidación. Esto te puede hacer perder dinero por partida doble: el que no has ingresado por no tener actividad y el que vas a tener que pagar en concepto de multa.

Recuperar un IVA nunca cobrado

recuperar iva no cobrado

Puede ocurrir que en su momento un autónomo liquide y pague el IVA de una factura que todavía no haya cobrado, pero que finalmente no vaya a cobrarla nunca por insolvencia de su deudor. En este caso tiene un procedimiento para recuperar el IVA. Para empezar hay que esperar a que pasen seis meses desde la fecha prevista para el pago.

Tres meses después de esos seis meses se emite una factura rectificativa anulando el pago del servicio o producto con el mismo importe que la original pero en negativo, como si fuera una devolución de dinero al cliente. Se reclama la deuda judicialmente o notarialmente y se envía la factura rectificativa a la Agencia Tributaria para demostrar que se ha anulado el pago. Esta factura se incluye además en la liquidación de impuestos del trimestre correspondiente y así se puede recuperar el IVA pagado en su momento.

Si el autónomo ya sabe que no va a cobrar la factura antes de liquidar el IVA, lo que puede hacer para no incluir esa factura es emitir una nota de abono que deje constancia de que no se ha recibido ese dinero y por tanto no hay que pagar el IVA correspondiente.

Como has podido comprobar, en todo caso tienes la obligación de liquidar el IVA, incluso en aquellos casos en que no hayas tenido ingresos o no hayas cobrado las facturas. Tener esto en cuenta te ayudará a evitar recargos y sanciones.

Mayka J.
Mayka J.
Jurista por formación y escritora por vocación. Llevo más de diez años dedicada al mundo de la redacción con especialidades como Derecho, pymes, autónomos, emprendimiento y marketing digital.