El Boletín Oficial del Estado ha publicado el acta que eleva un 2,1% las tablas salariales del convenio estatal de empresas de publicidad. La corrección obliga a las agencias adscritas a abonar a sus plantillas un pago extraordinario de entre 340 y 500 euros, según el acuerdo de la comisión negociadora.
La reunión se celebró el pasado 13 de julio de 2026. En la mesa participaron la representación empresarial —La FEDE, ACT, ADC, AM y el Gremi de Publicitat, Comunicacio y Marqueting— junto a UGT y CCOO. El texto reproduce el acta y corrige un error de cálculo detectado en la actualización de las tablas salariales de 2026.
El acta del BOE y el ajuste de las tablas salariales
El acuerdo no supone una revisión ordinaria, sino una compensación de carácter excepcional. Las plantillas recibirán importes de entre 340 y 500 euros en función del nivel profesional; la subida del 2,1% se aplica sobre las tablas de 2026. La fórmula elegida evita que el desajuste se consolide en las bases salariales futuras.
El convenio estatal ordena las condiciones laborales de las empresas de publicidad desde hace décadas. La mesa paritaria reúne a las principales patronales del sector y a los sindicatos mayoritarios. La publicación del acta en el BOE da carácter oficial a lo acordado y convierte el pago extraordinario en una obligación exigible.
El abono extraordinario no consolida en tablas y se reparte en tres tramos entre el cuarto trimestre de 2026 y octubre de 2027.
Calendario de pagos y perímetro del convenio
Los desembolsos se abonarán dentro del cuarto trimestre de 2026, antes del 1 de abril de 2027 y antes del 1 de octubre de 2027. La medida beneficia a los empleados que estuvieran de alta en la empresa a 1 de enero de 2022 y permanecieran en plantilla a 31 de diciembre de 2025.
El perímetro del convenio no se limita a la publicidad tradicional. Bajo el Convenio Colectivo estatal para las Empresas de Publicidad se sitúan también las agencias de comunicación integradas en la patronal ADC, lo que amplía la obligación al ecosistema de la comunicación comercial. La cuantía varía por niveles, pero la condición de pago no consolidable es común a todos los supuestos.
El acuerdo establece una doble condición para el cobro. Solo acceden al pago los trabajadores con alta en la empresa a 1 de enero de 2022 y que permanecieran en la plantilla a 31 de diciembre de 2025. La fecha de permanencia no penaliza las incorporaciones posteriores, sino que delimita el vínculo que justifica la compensación del ejercicio 2026.
Aunque el convenio se denomine de publicidad, la inclusión de ADC extiende su aplicación a las agencias de comunicación corporativa y relaciones públicas. Esa integración no es menor: las firmas de asuntos públicos y comunicación estratégica heredan las mismas obligaciones salariales. El pago, por tanto, afecta también a equipos de cuentas, direcciones de arte y departamentos de estrategia de comunicación.
El alcance laboral del acuerdo en el sector publicitario
La singularidad de este pacto está en su origen: no nace de una negociación salarial al alza, sino de la corrección de un error de cálculo en las tablas del ejercicio. El diseño en tres tramos no consolidables protege las bases salariales y permite a las agencias planificar la tesorería de 2026 y 2027. Para las empresas, el coste se difiere; para las plantillas, se recupera la proporción salarial comprometida.
En el sector publicitario español, el convenio estatal agrupa a buena parte de las agencias independientes y a las firmas de comunicación comercial. La negociación con UGT y CCOO concluyó sin disensos públicos y con un criterio homogéneo para todas las plantillas. El acta, publicada en el BOE, dota de plena eficacia jurídica a los abonos.
En términos comparativos, unos pagos de entre 340 y 500 euros suponen un ajuste contenido sobre la masa salarial anual de cada agencia. La opción por tres plazos reduce el impacto de caja en el corto plazo y homologa el acuerdo a las prácticas de convivencia laboral del sector. El calendario fijado deja, además, las reglas claras para los departamentos de gestión de personas.
El episodio recuerda la complejidad de la negociación colectiva del sector. La actualización periódica de tablas requiere trasladar con precisión los importes aprobados; cuando se detecta un desajuste, la comisión actúa con una corrección posterior. Este carácter técnico explica el desembolso excepcional y la opción por tres plazos.
El acta se limita a la corrección de tablas y no introduce otras modificaciones de jornada, categorías o retribución variable. Para las agencias, la certidumbre viene de la propia publicación oficial: el BOE cierra la temporalidad del desajuste y fija los plazos de pago sin necesidad de acuerdos individuales posteriores.
📡 El Radar del Sector
- El vacío que llena: Corrige el error de cálculo de las tablas salariales de 2026 y actualiza la base salarial del convenio.
- El reto por delante: Ejecutar los tres abonos en plazo y depurar la plantilla con derecho a percibir el pago.
- El tablero competitivo: La obligación es uniforme para todas las agencias de publicidad y comunicación integradas en ADC, sin distorsiones competitivas.




