Multa por ITV caducada: es un bulo que la justicia la haya eliminado, sigue siendo de 200 euros

La sentencia de Oviedo solo anula la sanción a un coche aparcado, no la impuesta por circular sin inspección en vigor. Quien difunde que la DGT ha dejado de multar está desinformando al conductor.

La DGT mantiene la multa por ITV caducada en 200 euros para quien circula sin la inspección técnica en vigor. Una sentencia de un juzgado de Oviedo ha disparado un bulo que da por eliminada esta sanción, pero el fallo es mucho más limitado de lo que se ha difundido.

Qué ha resuelto exactamente el juzgado de Oviedo

El 15 de septiembre de 2025, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de Oviedo estimó el recurso del conductor Fran Suárez contra una multa de 200 euros impuesta por la DGT. La sanción no había nacido de un control en carretera: la Policía Local denunció a un vehículo estacionado con la ITV caducada.

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El magistrado declaró ilegal aquella sanción al considerar que solo puede castigarse la circulación sin la inspección en vigor, no el mero hecho de estar aparcado. En la sentencia se subraya que multar un coche inmóvil carece de cobertura legal y vulnera el principio de tipicidad del artículo 25.1 de la Constitución.

La resolución sí supone un cambio de criterio relevante en Oviedo, donde el Ayuntamiento y la Policía Local mantenían hasta entonces la interpretación contraria. Suárez, miembro del Colectivo 1M, llevó el caso al contencioso tras renovar la ITV de una furgoneta cada seis meses mientras permanecía aparcada.

El fallo no sienta jurisprudencia nacional ni obliga a otros ayuntamientos a modificar sus ordenanzas. Es una sentencia aislada, limitada a un caso concreto.

La multa por circular con la ITV caducada sigue intacta: 200 euros

Circular sin la ITV en vigor continúa tipificado como infracción grave en la Ley de Tráfico. La DGT no ha eliminado la multa de 200 euros, que se queda en 100 si te acoges al pronto pago. No resta puntos, pero los agentes pueden inmovilizar el vehículo.

La sentencia de Oviedo no quita ni un euro a la multa por circular con la ITV caducada: solo aclara que un coche aparcado no puede ser tratado como un coche en marcha.

El resultado cambia según la situación real del vehículo:

  • Circular con la ITV caducada: multa de 200 euros.
  • Circular con la ITV desfavorable: sanción de hasta 500 euros.
  • Circular sin ITV en vigor de camino a la estación: la cita previa no exime de la sanción.
  • Vehículo estacionado sin ITV: no resulta sancionable por esta vía según el criterio del juzgado de Oviedo, aunque conviene regularizarlo para moverlo sin riesgo.

Cómo evitar la multa y qué excepciones contempla la norma

Lo esencial es no confundir la sentencia con una supresión general de la obligación de pasar la inspección técnica. Si tu coche está aparcado con la ITV caducada y no lo mueves, el fallo de Oviedo te da un argumento de defensa; si lo sacas a la calle, la infracción se consuma.

Puedes comprobar la fecha de caducidad y el estado del vehículo en la sede electrónica de la DGT. Conviene pedir cita antes de que venza la ITV, pero recuerda que el simple hecho de tener cita no protege si te paran de camino al taller.

La normativa distingue entre resultado favorable, desfavorable y negativo. Con una ITV desfavorable no deberías circular salvo para acudir al taller autorizado o a tu domicilio; con una ITV negativa, directamente no puedes desplazarte por tus medios salvo que el vehículo vaya en grúa.

Análisis: una sentencia limitada que no debe leerse como un indulto general

Desde el punto de vista del conductor, lo más útil de la sentencia no es la cuantía, sino el criterio de tipicidad. No se puede sancionar una conducta que la norma no define como infracción, y estar aparcado no es circular. Ese razonamiento es impecable.

El problema surge cuando titulares generalistas transforman un fallo municipal en un supuesto fin de las multas de la ITV. Es justo lo que ha disparado el bulo: la sentencia no elimina el el régimen sancionador de la inspección técnica, y desde luego no obliga a la DGT a devolver multas firmes por circular sin la inspección en vigor.

La sanción sigue siendo de 200 euros, el doble del importe con pronto pago. Y en el caso de circular con una ITV desfavorable, el riesgo económico puede alcanzar los 500 euros. No hay ningún periodo de gracia ni amnistía encubierta: la obligación de tener la inspección al día continúa plenamente vigente en toda España.

El consejo práctico es sencillo. Si tu coche está aparcado y sin ITV, no lo muevas hasta regularizarlo; si vas a circular, asegúrate de que el resultado de la inspección sea favorable y de que la vigencia no haya caducado.

🚨 Ficha de la Normativa

  • Infracción / Novedad: Circular con la ITV caducada sigue sancionado; la sentencia de Oviedo solo anula la multa a un coche estacionado.
  • Sanción económica: 200 euros (100 euros con pronto pago).
  • Puntos del carnet: No aplica.
  • Entrada en vigor: Ya está vigente.

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