Ayudas de hasta 1.920 euros para nuevos autónomos en Andalucía: cómo solicitarlas

La Consejería de Empleo financia la cuota reducida de 80 euros al mes durante todo el primer año de actividad. Los autónomos con discapacidad, víctimas de violencia de género o que retomen la actividad tras la maternidad pueden recibir hasta 1.920 euros en 24 meses.

santander autonomos

Si estás a punto de darte de alta como autónomo en Andalucía, la Junta te paga la cuota del primer año. Literalmente. La Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo financia la tarifa plana estatal de 80 euros al mes, lo que supone 960 euros de ayuda directa. Y si perteneces a un colectivo con especial protección, esa cifra se estira hasta los 1.920 euros. El plazo para pedirla termina el 30 de septiembre de 2026.

No se trata de un préstamo ni de una deducción fiscal más. Es una subvención a fondo perdido que ingresa directamente en tu bolsillo para cubrir la cuota reducida del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), la que paga cualquier recién llegado al sistema. Así, el coste de cotizar durante ese primer año crítico desaparece, justo cuando los ingresos todavía no llegan.

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Qué ayudas ofrece la Junta para nuevos autónomos

El programa andaluz se articula en varias medidas que se adaptan a la situación personal de cada nuevo profesional. La más común, la medida a, subvenciona los doce meses naturales completos de la tarifa plana, con un importe total de 960 euros. Es decir, cada mes recibes exactamente lo que pagas de cuota reducida.

Si perteneces a un colectivo vulnerable, la medida b duplica la duración de la ayuda: 24 meses y hasta 1.920 euros. Entran aquí los autónomos con un grado de discapacidad igual o superior al 33%, las víctimas de violencia de género y las víctimas de terrorismo.

Además, existe una posibilidad de ampliación para cualquier beneficiario. La medida c permite añadir un segundo periodo de doce meses si los rendimientos netos anuales son inferiores al salario mínimo interprofesional (SMI). Por último, la medida d se dirige a trabajadoras autónomas que retomen su actividad después de una suspensión por nacimiento, adopción o acogimiento: la subvención cubre los 24 meses posteriores a la reincorporación, alcanzando también los 1.920 euros.

Quién puede solicitar estas subvenciones

No todo el que se da de alta puede optar. Debes cumplir con estos tres requisitos. Primero, estar dado de alta en el RETA o en el grupo primero de cotización del Régimen Especial de los Trabajadores del Mar en la fecha en que presentes la solicitud. Segundo, desarrollar tu actividad económica o profesional en Andalucía antes de que se dicte la resolución de concesión. Y tercero, haber sido beneficiario de la cuota reducida de la Seguridad Social, es decir, de la tarifa plana.

Aquí está la letra pequeña: la orden deja claro que «no se tendrá derecho a cantidad alguna de la subvención si no se cumple la duración de los doce meses naturales completos» desde el alta. O sea, que si te das de baja antes de cumplir el año, pierdes toda la ayuda concedida. Es el despiste que más reclamaciones frustradas deja sobre la mesa. Por eso, si tienes dudas sobre la viabilidad del negocio en esos primeros compases, conviene asegurarse antes de contar con esos 80 euros mensuales.

Para el que empieza, la cuota no es un impuesto más; es la factura que llega sin haber facturado un euro. Borrarla el primer año cambia las reglas del juego.

Cómo presentar la solicitud antes del 30 de septiembre

La solicitud se maneja íntegramente por vía telemática, a través de la sede electrónica general de la Junta de Andalucía. En concreto, debes localizar el procedimiento en el Catálogo de procedimientos y servicios, dentro de la Línea 1. Los formularios están publicados junto con la convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA).

Necesitarás certificado digital o Cl@ve para autenticarte. Si no te manejas con estos sistemas, no tires de intermediarios de pago: la propia administración ofrece apoyo gratuito en los más de 250 Centros Andaluces de Emprendimiento (CADE) repartidos por toda la comunidad. Allí te orientan en los pasos y te ayudan a presentar la documentación correcta.

El plazo de solicitud está abierto de forma ininterrumpida desde el 2 de enero de 2024 y se cierra el 30 de septiembre de 2026. Quedan, por tanto, algo menos de dos meses. Sin prórroga a la vista.

Por qué Andalucía apuesta por pagar la primera cuota

Este programa no es nuevo. Arrancó con la orden de 29 de junio de 2023 y se ha ido prorrogando hasta la fecha actual, lo que demuestra una voluntad política de sostenerlo. En un contexto donde los datos de la EPA reflejan que en un solo mes se llegaron a perder miles de autónomos, cualquier ayuda que alivie el desembolso fijo inicial es bienvenida.

No todas las comunidades lo hacen. Mientras algunas subvencionan inversiones en equipamiento o digitalización, Andalucía se centra en el gasto corriente que más asusta: la cuota de la Seguridad Social. Una decisión pragmática, porque el autónomo que empieza no necesita más deuda ni más activos; necesita que el primer año no le cueste dinero la propia cotización. Sin embargo, la ventana se cierra en septiembre de 2026 y la administración no ha anunciado su continuidad más allá. Quien se plantee emprender en la comunidad haría bien en no dejar pasar este tren.

Guía rápida del trámite

  • 📅 Plazos: Solicitudes abiertas de forma continua hasta el 30 de septiembre de 2026.
  • Requisitos clave: Alta en el RETA, desarrollo de la actividad en Andalucía y haber obtenido la cuota reducida estatal.
  • 🌐 Dónde solicitarlo: Sede electrónica de la Junta de Andalucía (Catálogo de procedimientos, Línea 1). Requiere certificado digital o Cl@ve.
  • 💰 Importe o coste: Hasta 960 euros (12 meses) o 1.920 euros (24 meses) para colectivos protegidos. No es un préstamo; no hay que devolverlo.
  • ⚠️ Error a evitar: Darse de baja antes de completar los 12 meses naturales completos. Si lo haces, pierdes el derecho a toda la ayuda concedida.

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