
El nuevo reglamento de jubilación flexible permitirá a los autónomos compatibilizar pensión y negocio desde el 28 de agosto, pero con un requisito que deja fuera a la mayoría: no haber cotizado en el RETA durante los tres años previos a la jubilación.
El Real Decreto 416/2026, que entra en vigor el 28 de agosto tras publicarse en el BOE el 28 de mayo, reforma una figura de 2002 y abre la puerta a los trabajadores por cuenta propia, aunque los expertos advierten que las condiciones son mucho más restrictivas que para los asalariados.
Qué exige la nueva jubilación flexible a los autónomos
Hasta ahora, esta modalidad solo permitía a los pensionistas volver al mercado laboral como empleados a tiempo parcial. Con el nuevo texto, los autónomos también pueden solicitar la compatibilidad, siempre que no hayan estado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) durante los tres años inmediatamente anteriores al hecho causante de la pensión.
Ese requisito, pensado para evitar fraudes, supone un escollo para muchos. Además, la pensión compatible se fija en el 25% de la cuantía de jubilación, sin importar la intensidad real del trabajo. Para los asalariados, en cambio, el porcentaje oscila entre el 33% y el 80% y puede aumentar hasta un 25% adicional si el retorno se produce al menos seis meses después de la jubilación.
“Se ha abierto la puerta, pero con un umbral bajo”, resume Amaia Garcia, abogada de Roca Junyent, en declaraciones recogidas por Law&Trends. La letra pequeña revela otra decepción: las cotizaciones que realices durante la jubilación flexible no mejoran tu futura pensión. Por mucho que coticas, no engordarás la prestación cuando ceses la actividad.
Rafael Navarrete, graduado social del Colegio de Madrid, es aún más tajante: “Los incentivos para que los autónomos vengan a esta figura no son suficientes y no creo que lo hagan”.
La pensión compatible para el autónomo se congela en el 25%, sin que cotizar más sume un solo euro a la prestación futura.
Cómo te afecta según tu situación y los errores que debes evitar
Si estás pensando en acogerte a la jubilación flexible, revisa primero tu historial de alta en el RETA. El requisito de los tres años sin cotizar es innegociable. Y, con una pensión media de 1.050 euros en el colectivo, solo cobrarías 262,5 euros al mes; una cifra que difícilmente compensa las cuotas y la carga administrativa de darte de alta como autónomo.
El error más común es confundir jubilación flexible con jubilación activa. En la activa, puedes percibir el 100% de la pensión si demoras la jubilación más de cinco años y tienes trabajadores a tu cargo. La flexible es para quien ya está jubilado y quiere regresar al trabajo, no para quien aplaza el retiro.
Otro despiste frecuente: asumir que las cotizaciones posteriores elevarán la pensión. La ley lo impide de forma expresa, y la Seguridad Social aún no ha detallado cómo verificará los límites de actividad. Además, la jubilación flexible es incompatible con el complemento por demora si se optó por la opción de porcentaje adicional.
Análisis: una vieja figura que se reforma sin equidad para el autónomo
La jubilación flexible nació en 2002 exclusivamente para el trabajo por cuenta ajena, y el RD 416/2026 la moderniza, pero lo hace a dos velocidades. Mientras los asalariados ganan flexibilidad (jornada entre el 33% y el 80%, con bonus del 25% si retrasan su retorno), los autónomos se quedan con una pensión fija del 25% y sin incentivo real para cotizar. Es una discriminación que rompe la lógica de proporcionalidad.
Los datos refuerzan la crítica: en España hay 3,4 millones de autónomos, con una pensión media de 1.050 euros, un 36% inferior a la del Régimen General, y una edad de jubilación que supera los 66 años. Para este colectivo, la jubilación flexible, tal como está diseñada, difícilmente será una opción atractiva.
Las alternativas pasan por la jubilación activa o la demorada, con reglas distintas. Cada caso exige un análisis individualizado, porque una elección equivocada puede suponer renunciar a derechos. Como señala Omar Molina, socio de Augusta Abogados, “el reto será comprobar si los incentivos son suficientes para que la jubilación flexible deje de ser una figura residual”.
Guía rápida del trámite
- 📅 Plazos: La jubilación flexible puede solicitarse en cualquier momento tras el reconocimiento de la pensión. El nuevo reglamento entra en vigor el 28 de agosto de 2026.
- ✅ Requisitos clave: Ser pensionista de jubilación contributiva; no haber estado de alta en el RETA durante los tres años anteriores al hecho causante; y, para asalariados, jornada entre el 33% y el 80%.
- 🌐 Dónde solicitarlo: A través de la sede electrónica de la Seguridad Social (con certificado digital o Cl@ve) o presencialmente en los Centros de Atención e Información de la Seguridad Social.
- 💰 Importe o coste: Se percibe el 25% de la pensión de jubilación (el 100% en jubilación activa bajo ciertas condiciones). Las cotizaciones no mejoran la pensión futura.
- ⚠️ Error a evitar: Confundir jubilación flexible con activa y esperar un porcentaje mayor. Verifique el requisito de los tres años sin alta en el RETA; si no lo cumple, la solicitud será denegada.





