El Consejo de Ministros ha aprobado una reforma del Reglamento General de Circulación que impone multas de hasta 200 euros para infracciones que afecten a los ciclistas. La nueva normativa, que entrará en vigor el 1 de octubre de 2026, obliga a los repartidores a llevar casco y chaleco reflectante en todo momento y sanciona con dureza a quien no mantenga la distancia de seguridad en ciudad.
Obligación de casco y chaleco reflectante para los repartidores
El texto suprime de forma definitiva todas las exenciones médicas o de rendimiento que permitían circular sin casco en vías interurbanas. A partir del 1 de octubre, todos los ciclistas deberán portar el casco en carreteras fuera de poblado. El cambio afecta con especial severidad a los trabajadores del reparto comercial (los conocidos como riders).
Quienes realicen su actividad laboral en bicicleta estarán obligados a utilizar el casco de protección y un chaleco reflectante en todo tipo de vías, sin excepción alguna. El incumplimiento de cualquiera de estas dos obligaciones se tipifica como infracción grave y conlleva una sanción de 200 euros.
- Uso obligatorio de casco: todos los ciclistas deberán llevarlo en vías interurbanas.
- Repartidores (riders): deberán llevar casco y chaleco reflectante en cualquier vía, urbana o interurbana.
- Sanción única de 200 euros: tanto por circular sin casco como por hacerlo sin chaleco reflectante para los trabajadores del reparto.
Adelantamientos: reducción de 20 km/h y cambio de carril obligatorio
La reforma modifica también las reglas para los vehículos a motor que compartan calzada con bicicletas. Cualquier automóvil que pretenda adelantar a un ciclista en una vía interurbana estará obligado a reducir su velocidad en al menos 20 km/h respecto al límite máximo permitido en ese tramo.
Además, en las carreteras con más de un carril por sentido, el conductor no solo deberá mantener la separación lateral de 1,5 metros, sino que tendrá que cambiar de carril por completo para rebasar al ciclista.
Distancia de 5 metros y prioridad en el centro del carril urbano
En los entornos urbanos, el nuevo Título VI otorga a las bicicletas una protección posicional. Los ciclistas circularán preferentemente por el centro del carril para maximizar su visibilidad. Para reforzar este cambio, los conductores de vehículos a motor que circulen detrás de una bicicleta en el mismo carril deben mantener una separación mínima de 5 metros.
La norma abre además la puerta a que los ayuntamientos permitan la circulación de bicicletas en ambos sentidos en calles de un solo carril limitadas a 30 km/h, siempre que exista señalización específica.
La DGT elimina todas las exenciones por motivos médicos o de rendimiento y sanciona con 200 euros a los repartidores que no lleven casco o chaleco reflectante.
Análisis: ¿protección real o lastre para los repartidores?
La creación de la figura legal del «usuario vulnerable de la vía» representa un avance indudable en la seguridad vial urbana. La obligación de mantener 5 metros de distancia y la reducción de velocidad al adelantar responden a una necesidad largamente demandada por colectivos ciclistas.
Sin embargo, la imposición del uso del chaleco reflectante a todos los repartidores profesionales genera dudas. La medida, que equipara a los riders con los trabajadores de la carretera, pretende aumentar su visibilidad, pero no distingue entre servicios diurnos y nocturnos ni ofrece alternativas técnicas. Podría percibirse como una carga adicional en un sector ya tensionado.
Es importante que las empresas y plataformas de reparto faciliten estos elementos a sus trabajadores para que la norma no se convierta en un factor de precarización. Si se cumple ese requisito, la sanción de 200 euros puede ser disuasoria sin resultar desproporcionada, sobre todo si se compara con otras infracciones graves que apenas alcanzan ese importe.
Conviene recordar que, pese a los titulares que han circulado, la reforma aprobada el 30 de junio de 2026 no introduce multas específicas por utilizar el móvil en ciudad: el foco está en la protección del colectivo ciclista y el refuerzo de las distancias de seguridad.
🚨 Ficha de la Normativa
- Infracción / Novedad: Circular como repartidor en bicicleta sin el casco o el chaleco reflectante obligatorios (en cualquier vía). No mantener la distancia de 5 metros con un ciclista en ciudad. No reducir la velocidad en 20 km/h al adelantar a un ciclista en vía interurbana.
- Sanción económica: 200 euros para las infracciones de los repartidores. El resto de conductas se sancionan como infracciones graves con multas de hasta 200 euros.
- Puntos del carnet: No se especifica retirada de puntos en esta reforma concreta.
- Entrada en vigor: 1 de octubre de 2026.





