Si en 2025 terminaste una reforma en casa que mejoró la eficiencia energética, Hacienda te permite deducir hasta 3.000 euros en la declaración de la renta que estás a punto de presentar. El plazo para ejecutar las obras acaba el 31 de diciembre de 2026, pero la deducción se aplica según el año en que obtengas el certificado energético. He revisado la normativa y te cuento qué requisitos debes cumplir, cuánto puedes ahorrar de verdad y cómo evitar los errores que te dejarían sin ella.
Las tres deducciones por eficiencia energética (y sus límites)
La Agencia Tributaria mantiene activas tres deducciones temporales en el IRPF por las cantidades invertidas en rehabilitación energética de viviendas. Todas cubren obras realizadas entre el 6 de octubre de 2021 y el 31 de diciembre de 2026, pero cada una tiene un objetivo distinto, un porcentaje y un tope de deducción diferentes. Vamos por partes.
La más potente es la deducción del 40% por reducción del consumo de energía no renovable. Puedes deducir el 40% de lo invertido, con una base máxima de 7.500 euros, lo que da hasta 3.000 euros de ahorro fiscal. Para acceder, la obra debe conseguir una rebaja de al menos el 30% en el consumo de energía primaria no renovable o mejorar la calificación energética de la vivienda hasta la clase A o B. Se aplica tanto a la vivienda habitual como a otra que vayas a alquilar antes del 31 de diciembre de 2027.
La segunda es la deducción del 20% por reducción de la demanda de calefacción y refrigeración. Aquí la base máxima son 5.000 euros, así que el tope son 1.000 euros. La obra tiene que acreditar una disminución de al menos un 7% en la demanda de calefacción y refrigeración. Por ejemplo, cambiar las ventanas por unas con mejor aislamiento térmico suele encajar en este supuesto. Si gastas 4.000 euros, te deduces 800 euros; si gastas 6.000, solo cuentan los primeros 5.000, y la deducción máxima será de 1.000 euros.
La tercera es la deducción del 60% por obras de rehabilitación energética en edificios completos. Afecta a comunidades de propietarios y viviendas unifamiliares. La base anual es de 5.000 euros, con un límite acumulado de 15.000 euros en los cuatro ejercicios siguientes si no has agotado el tope anual. Es decir, el primer año puedes deducir 3.000 euros como máximo, y el exceso lo arrastras a los siguientes.
| Deducción | Porcentaje | Base máxima | Deducción máxima |
|---|---|---|---|
| Reducción consumo energía no renovable | 40% | 7.500 € | 3.000 € |
| Reducción demanda calefacción y refrigeración | 20% | 5.000 € | 1.000 € |
| Rehabilitación energética de edificios | 60% | 5.000 €/año (15.000 € acumulado) | 3.000 €/año |
Qué obras entran y cuáles deja fuera Hacienda
La letra pequeña es clara: solo cuentan las obras que mejoren la eficiencia energética del inmueble. Vale instalar aislamiento térmico en fachadas o cubiertas, sustituir ventanas, renovar sistemas de calefacción o refrigeración por otros de menor consumo, incorporar energías renovables como placas solares o mejorar la climatización con bombas de calor. En cambio, quedan excluidas las reformas en garajes, trasteros, jardines y piscinas, igual que la parte de la vivienda destinada a una actividad económica.
Tampoco sirven las obras que no alteran la demanda energética, como pintar o cambiar el suelo. La clave es que la mejora se demuestre con dos certificados energeticos: uno antes de empezar y otro al terminar, emitidos por un técnico competente. La diferencia entre ambos es la que acredita el ahorro exigido por Hacienda.

La deducción se aplica en la renta del año en que se emite el certificado final, no cuando pagas la obra. Si el certificado es de 2026, la declaración de este año no la incluye.
Cómo certificar la mejora y qué documentación guardar
El trámite es puramente documental, pero hay que hacerlo bien. Necesitas dos certificados de eficiencia energética: uno previo a la obra y otro posterior. Ambos deben estar inscritos en el registro de la comunidad autónoma. El certificado final tiene que estar emitido antes del 1 de enero de 2027, pero la fecha que manda es la del certificado final, no la del pago de la factura.
Guarda todas las facturas y justificantes de pago, porque Hacienda puede pedírtelos en una comprobación. Si las obras las hace una comunidad de propietarios, cada vecino se deduce la parte proporcional a su cuota de participación, y debe conservar la certificación de la comunidad.
Plazos y estrategia fiscal: cuándo y cómo aplicar la deducción
Aquí viene lo importante para la campaña de la renta que presentas en 2026 (ejercicio 2025). Si el certificado final se emitió durante 2025, la deducción la aplicas ya en esta declaración. Si el certificado final es de 2026, tendrás que esperar a la renta del año que viene.
Esto abre una ventana de planificación: si tienes obras en marcha y puedes forzar que el certificado final se emita antes del 31 de diciembre de 2026, la deducción entrará en la próxima renta. Si lo retrasas a 2027, la pierdes porque el plazo de obras acaba en 2026. En el caso de la deducción por edificios completos, recuerda que el exceso sobre 5.000 euros anuales se puede arrastrar hasta cuatro ejercicios, lo que permite escalonar el ahorro fiscal.
¿Merece la pena la deducción? El análisis de la letra pequeña
Con la inflación todavía rondando el 2,3% y los tipos de interés en el entorno del 2%, recuperar hasta 3.000 euros por una reforma que además reduce la factura energética de por vida es una de las deducciones más rentables que existen en el IRPF. Sin embargo, hay que sopesar el coste real de la obra frente al ahorro fiscal: una rehabilitación integral puede costar fácilmente 15.000 o 20.000 euros, y la deducción solo cubre una parte.
Además, la deducción se aplica sobre la cuota íntegra del IRPF, por lo que si tu cuota es baja, puede que no llegues a aprovechar todo el beneficio. No es un pago directo, sino un recorte en lo que pagas, y si tus retenciones ya son ajustadas, el efecto puede ser menor.
Mi criterio: si ya tenías pensado hacer las obras, la deducción mejora la rentabilidad de la inversión. Pero si haces la obra solo por la deducción, el ahorro fiscal quizá no compense el desembolso total. Como siempre, las cifras mandan.
💶 El Impacto en tu Bolsillo
- Qué hacer hoy: Si ya terminaste obras en 2025 y tienes el certificado final, revisa el borrador de la renta y marca la casilla de la deducción correspondiente. No la dejes pasar.
- Qué vigilar: La fecha de emisión del certificado final. Si es de 2025, lo aplicas ya; si es de 2026, te tocará en la renta del año que viene. Calendario en mano.
- El error a evitar: Creer que la deducción se aplica automática. No aparece en los datos fiscales que envía Hacienda: tienes que incluirla tú manualmente en la declaración.




