El TSJ de Madrid frena a Hacienda: las sociedades de autónomos no son automáticamente fraudulentas

El TSJ de Madrid anula una liquidación de 241.860 euros más una sanción de 161.502 euros a una creadora de contenido que facturaba con SL. Hacienda tendrá que analizar caso por caso si la sociedad tiene medios propios y no puede aplicar fórmulas automáticas.

santander autonomos

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha anulado una regularización de más de 400.000 euros que Hacienda impuso a una influencer por facturar a través de su sociedad. La sentencia, dictada en mayo de 2026, deja claro que tener una SL no convierte automáticamente en fraude fiscal los ingresos del autónomo, un mensaje que respirarán aliviados miles de profesionales que operan con estructura societaria.

La tesis de Hacienda: la sociedad apenas aportaba valor

La Inspección consideró que la actividad de la creadora de contenido era esencialmente personalísima. Según la AEAT, la práctica totalidad de los ingresos de la mercantil procedían de campañas publicitarias contratadas por marcas interesadas exclusivamente en su imagen, algo que convirtió a la sociedad en una mera intermediaria. Aplicando el método del precio libre comparable, Hacienda atribuyó la mayor parte de esos ingresos a la persona física y regularizó 241.860 euros de cuota más una sanción de 161.502 euros.

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El tribunal ve una realidad más compleja

La Sala no niega que la imagen de la influencer fuera determinante, pero sí rechaza la equiparación automática entre la aportación de la profesional y el servicio que la sociedad prestaba a sus clientes. Destaca que la producción del material audiovisual iba mucho más allá de posar ante una cámara: incluía creatividad, elaboración de guiones, selección de localizaciones, estilismo fotografía, edición, postproducción y adaptación a distintos formatos digitales.

Además, la sociedad contaba con trabajadores contratados —personal de producción, fotografía y administración— cuya participación contribuía de forma efectiva al producto final. También intervenía el cónyuge de la influencer en tareas de producción y gestión de contenidos. Hacienda aplicó un margen corrector del 5 %, pero no justificó adecuadamente por qué ese porcentaje reflejaba el valor real generado por la estructura empresarial.

La consecuencia práctica es demoledora para la Administración: la liquidación y la sanción, que sumaban 403.362 euros, quedan anuladas por falta de motivación suficiente.

No toda sociedad vinculada a un profesional es, por definición, una entidad instrumental. La clave está en que exista actividad real, medios propios y valor añadido.

Límites claros a las regularizaciones automáticas

Esta sentencia es especialmente relevante en un momento en que Hacienda ha intensificado la vigilancia sobre las llamadas sociedades de profesionales o de imagen. El Tribunal Supremo ya avaló regularizaciones cuando la sociedad carece casi por completo de medios y la actividad depende exclusivamente de la persona física. Pero el TSJ madrileño recuerda que cada caso debe analizarse individualmente; tener una SL con empleados, organización y procesos de producción diferenciados impide que se trasladen mecánicamente todos los ingresos al socio profesional.

Qué significa para los autónomos que facturan con sociedad

El fallo supone un freno a la doctrina expansiva de Hacienda. A partir de ahora, cualquier inspección que pretenda atribuir los ingresos de la sociedad al autónomo deberá demostrar, con datos y no con presunciones, que la estructura empresarial no aportaba valor real. Para influencers, creadores de contenido, deportistas o artistas que operan a través de SL, la sentencia es un aviso: la clave no es tener la sociedad, sino que esta funcione de verdad, con medios materiales, humanos y productivos documentados. El precedente deja claro que el mero hecho de facturar mediante SL no convierte al autónomo en defraudador.

Guía rápida: qué hacer si Hacienda cuestiona tu sociedad

  • 📅 Plazos: La inspección de Hacienda puede durar hasta 12 meses (salvo ampliación motivada). Si recibes una liquidación, dispones de un mes para recurso de reposición o reclamación ante el TEAR.
  • Requisitos clave: Para que Hacienda atribuya los ingresos a tu IRPF debe probar que la sociedad carece de medios propios y que toda la actividad depende de ti como persona física, no de una presunción automática.
  • 🌐 Dónde recurrir: La vía habitual es presentar recurso de reposición ante la misma oficina de la AEAT que firmó la liquidación o reclamación económico-administrativa en la sede electrónica del TEAR, identificándote con Cl@ve o certificado digital.
  • 💰 Importe o coste: Las regularizaciones pueden superar los 400.000 euros, como en este caso. Si la sociedad tiene estructura real, el coste de defenderse puede compensar ampliamente.
  • ⚠️ Error a evitar: No documentar la actividad diaria de la SL. Conserva contratos laborales, facturas de proveedores, inventario de medios materiales y un registro de las tareas que realiza tu equipo; es la prueba de que la sociedad no es una pantalla.

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