El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha rechazado el recurso de nulidad presentado por Duro Felguera contra el laudo arbitral que la condenó a pagar 1,43 millones de euros a Inversiones Valinver por la venta irregular de su filial tecnológica Núcleo de Comunicaciones y Control (NCC). La sentencia, dictada el 28 de abril de 2026, confirma íntegramente la indemnización fijada en julio de 2024 y abre un nuevo frente judicial para la siderúrgica asturiana, inmersa en un proceso de reestructuración de deuda de más de 270 millones de euros.
El origen del litigio: la venta de NCC y el balance que no reflejaba la realidad
En 2018, dentro de un plan de desinversiones, Duro Felguera vendió el 100% de Núcleo de Comunicaciones y Control a Inversiones Valinver por el precio simbólico de un euro. La compradora denunció posteriormente que el balance de transferencia ocultaba cinco proyectos declarados inviables que no se habían registrado, lo que suponía un incumplimiento de las manifestaciones y garantías del contrato.
La operación tuvo un recorrido posterior complejo. Valinver traspasó NCC a Amper Sistemas, que detectó las irregularidades e inició un primer arbitraje. Sin embargo, la Corte de Arbitraje de la Cámara de Comercio de Madrid determinó que el verdadero perjudicado era Valinver, no Amper, por lo que solo aquella podía reclamar una compensación.
Fue entonces cuando Inversiones Valinver, participada por el fondo Crescent Hill Capital, activó su propio procedimiento arbitral. En julio de 2024, la árbitra dictó un laudo en el que condenaba a Duro Felguera a abonar 1.216.569 euros por daños y perjuicios, a los que sumó 208.928,81 euros de intereses devengados, hasta un total de 1.425.497,81 euros, más las costas del proceso.
Aunque se había realizado una due diligence previa a la compra, el laudo subrayó que ello no eximía al vendedor de reflejar la imagen fiel del patrimonio en el balance de transferencia ni en las declaraciones contractuales.

La justicia desestima las alegaciones de Duro Felguera
Duro Felguera recurrió el laudo ante el TSJM esgrimiendo, entre otros argumentos, la falta de independencia de la árbitra. Alegó que esta había coincidido profesionalmente con el socio director del despacho que representó a Valinver en la compraventa de la aerolínea Air Comet en 2010, y que extendía esos vínculos a Amper por asesorías anteriores.
La Sala de lo Civil y Penal ha desestimado todas las objeciones. La sentencia del 28 de abril de 2026 califica las relaciones profesionales invocadas de “indirectas o laterales” y, sobre todo, muy lejanas en el tiempo —algunas se remontan a 1990-1995—. “La lejanía en el tiempo resta todavía más entidad a la duda planteada”, zanja el tribunal.
Además, la justicia madrileña recuerda los límites de la revisión judicial de los laudos arbitrales según la Ley de Arbitraje. El TSJM solo puede verificar si el procedimiento arbitral respetó las garantías procesales y si el laudo se ajustó al convenio, sin reexaminar el fondo del asunto. En este caso, considera que la decisión de la árbitra está suficientemente motivada y no vulnera el orden público sustantivo.
El tribunal deja claro que una due diligence previa no exime al vendedor de reflejar la imagen fiel en el balance de transferencia.
Un revés judicial en plena reestructuración de la deuda
Este fallo llega en un momento delicado para Duro Felguera. La compañía aguarda la decisión de un juzgado de lo mercantil de Madrid sobre la homologación de su plan de reestructuración de más de 270 millones de euros de pasivo. En ese contexto, cualquier litigio que suponga una salida de caja añade presión, aun cuando la cifra —1,43 millones— sea muy inferior al montante total de la deuda.
La sentencia representa un ejemplo de cómo los tribunales españoles tienden a respaldar la firmeza de los laudos arbitrales cuando están bien razonados, lo que puede tener implicaciones para otros procedimientos en curso. En el sector industrial, no es la primera vez que una operación de desinversión mal documentada desencadena indemnizaciones millonarias. El precedente más cercano fue el arbitraje entre Siemens Gamesa y varios compradores de activos, donde también se impuso el criterio de que la información precontractual debe ser completa y veraz.
Para Duro Felguera, el impacto reputacional es limitado, pero la acumulación de costas y la obligación de pagar una liquidación firme complican su ya ajustada tesorería. La vía de recurso ante el Tribunal Supremo sigue abierta, aunque el alcance de la casación en materia de anulación de laudos es muy restrictivo.
📊 Las Claves para el Inversor
- Qué vigilar: La evolución del proceso de reestructuración de deuda de Duro Felguera en el juzgado mercantil, donde este varapalo judicial puede influir en el plan de pagos y en la percepción de los acreedores.
- Reacción del valor: La cotización de Duro Felguera ha permanecido plana en las últimas sesiones; el mercado ya descuenta un horizonte de incertidumbre y el importe de la condena es relativamente pequeño frente al pasivo total.
- Precedente sectorial: La contundencia del TSJM refuerza la seguridad jurídica de los laudos arbitrales en operaciones corporativas, lo que puede elevar las exigencias de transparencia en futuras ventas de filiales industriales.




