El Supremo impide al SEPE reclamar 12.000 € del subsidio para mayores de 52 años si hubo buena fe

El Supremo impide al SEPE reclamar 11.927 euros a una mujer que recibió el subsidio para mayores de 52 años sin tener derecho. La clave: actuó de buena fe, sin intención de defraudar. Este criterio protegerá a otros en la misma situación.

El Tribunal Supremo ha dejado claro que el SEPE no puede reclamar la devolución de casi 12.000 euros a un beneficiario del subsidio para mayores de 52 años si este actuó de buena fe. La sentencia, dictada esta misma semana, tumba la pretensión del organismo público de recuperar 11.927 euros cobrados por una mujer que, sin intención de ocultar nada, percibió la ayuda sin cumplir todos los requisitos.

La clave no está en si faltaba algún papel, sino en si hubo engaño. El Supremo ha fijado un criterio que protege a quien, de manera honesta y sin mala fe, creía tener derecho a la prestación. Esto implica que, a partir de ahora, el SEPE deberá probar la intencionalidad del fraude para exigir el reintegro.

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Qué dice exactamente la sentencia

El caso se remonta a cuando el SEPE detectó que una mujer llevaba años cobrando el subsidio para mayores de 52 sin reunir todos los requisitos legales y le reclamó 11.927 euros. La afectada alegó que siempre actuó con la convicción de que cumplía los requisitos y que nunca ocultó información. El Tribunal Supremo le ha dado la razón, anulando la reclamación.

La sentencia argumenta que, para que proceda la devolución de prestaciones indebidamente percibidas, no basta con un incumplimiento formal: el SEPE debe demostrar que hubo dolo, culpa o negligencia grave por parte del beneficiario. Si la persona obró de buena fe —es decir, sin ser consciente de que estaba incumpliendo la norma—, el reintegro no es exigible.

Quién se puede beneficiar de este criterio

La resolución afecta a miles de personas que están recibiendo el subsidio de mayores de 52 años y que, en algún momento, pudieron haber cometido un error administrativo sin mala intención. Si el SEPE te ha reclamado cantidades por este subsidio, tienes derecho a alegar buena fe y, si no hubo ocultación deliberada, puedes ampararte en esta jurisprudencia para evitar el pago.

El subsidio para mayores de 52 años, regulado en el artículo 274 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, otorga 480 euros mensuales hasta la edad de jubilación. Para acceder a él es imprescindible, entre otros requisitos, la carencia de rentas. Si en algún año se superó el límite sin comunicarlo, pero de forma involuntaria o por desconocimiento, la sentencia abre una vía de defensa.

Qué cambia a partir de ahora: el valor del precedente

Este fallo sienta doctrina y obliga al SEPE a revisar cada caso bajo la lupa de la buena fe antes de reclamar. Ya no bastará con emitir una resolución automática: deberán analizar si existió intención de defraudar. En la práctica, supone un freno importante a las reclamaciones masivas que el organismo suele realizar años después de conceder la prestación.

El Tribunal ya había acotado la capacidad del SEPE para reclamar con carácter retroactivo en sentencias anteriores, pero esta refuerza el principio de proporcionalidad y seguridad jurídica. El propio SEPE reconoce en su web que el subsidio es incompatible con rentas superiores al 75% del salario mínimo interprofesional, pero no especifica cómo actuar ante errores de buena fe.

Lo relevante es que quien reciba una carta del SEPE pidiendo la devolución de lo cobrado no debe asumir automáticamente que ha de pagar. Puede impugnar la reclamación alegando buena fe y, si es necesario, apoyarse en este fallo del Supremo.

Guía rápida ante una reclamación del SEPE por el subsidio de mayores de 52

  • 📅 Plazos: Si el SEPE te ha notificado una reclamación, dispones de 30 días hábiles desde la recepción para presentar alegaciones.
  • Requisitos para defenderte: Debes demostrar que actuaste de buena fe: no ocultaste información, creías cumplir los requisitos y no hubo intención de engañar. La sentencia del Supremo te ampara.
  • 🌐 Dónde informarte y recurrir: En la sede electrónica del SEPE, en las oficinas de prestaciones o con asistencia jurídica gratuita si la necesitas.
  • 💰 Importe reclamado: En el caso concreto analizado, el SEPE pedía 11.927 euros, pero el Supremo anuló la deuda. Las cuantías varían según el período de cobro.
  • ⚠️ Error a evitar: No respondas fuera de plazo. La falta de alegaciones puede suponer la pérdida del derecho a oponer la buena fe y el SEPE ejecutará el cobro.

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