Según Bodegas Mezquita, la definición de la ley que regula la Denominación de origen, dice que es un tipo de indicación geográfica aplicada a un producto agrícola o alimenticio cuya calidad o características se deben fundamental y exclusivamente al medio geográfico en el que se produce, transforma y elabora. Es decir, son productos especiales por el lugar donde son producidos o fabricados y esta distinción los diferencia de otros productos creados en zonas que no son de la misma calidad y pueden querer aprovecharse del nombre que se ha creado con los originales.
Específicamente, es aquel sistema de protección y regulación de la producción de vinos, en este caso, que los relaciona entre el lugar geográfico de producción y la calidad y características únicas que tienen éstos por estar en una zona concreta.