Abellán vence en los tribunales al presidente de Squirrel Media por delito societario

El conflicto entre José Antonio Abellán y el presidente de la cotizada Squirell Media ha llegado a los tribunales con dos triunfos para el locutor, tal y como recogen dos sentencias a las que ha tenido acceso MERCA2. El empresario Pablo Pereiro Lage ha salido derrotado ante el fundador de la cadena de emisoras del grupo, Radio 4G, renombrada hace unos meses como Bom Radio.
El choque entre ambos está originado en los sucesos posteriores a la venta en 2018 de esta emisora fundada cuatro años atrás por el creador de ‘La Jungla’ o ‘El Tirachinas’, que se desprendió del 75% de su negocio radiofónico impulsado tras su despido improcedente de COPE y la clausura de Punto Radio.
Abellán se mantenía como director de Programación de Radio 4G y se convertía en socio minoritario de Pereiro Lage, que en los últimos años ha confeccionado bajo el paraguas de Squirrel Media (antes Vértice 360) un heterogéneo ejército mediático compuesto por Net TV (que posee dos licencias estatales en TDT), el canal cinematográfico Bom TV (que alcanzó en diciembre un 0,5% de share nacional a pesar de emitirse solo en cuatro regiones), la teletienda Best Option Media, o Bom Radio.

NEGOCIOS EN ITALIA

Squirrel Media, que al fin podría irrumpir en la creación de contenidos tras la compra del Grupo Ganga (‘Cuéntame cómo pasó’), también cuenta con negocios en Italia ligados anteriormente al polémico Giuseppe Donaldo Nicosia, accionista o propietario de al menos doce empresas entre las que Pereiro Lage ejerció como apoderado entre 2006 y 2013. 
Cabe recordar que Nicosia fue detenido en Bilbao en 2017 al ser acusado por las justicias estadounidense o italiana de ser el cerebro de una operación que cometió fraude fiscal por valor de 48 millones de dólares.

DELITO SOCIETARIO

La relación entre Pereiro Lage y Abellán saltó por los aires pocos meses después de que Squirrel Media se hiciese con el control de Radio 4G, ya que el primero acometió múltiples despidos que imposibilitaron de facto que el segundo ejerciera como director de Programación de la emisora.
El Juzgado de lo Mercantil número 9 de Madrid, en marzo de 2022, dio la razón al locutor, que reclamó que «la acción de responsabilidad ejercitada se justifica por el incumplimiento de las funciones del presidente del Consejo de administración porque en el año 2018 no convoca ni una sola reunión del Consejo, no elabora ni encarga elaborar presupuesto  anual o plan de negocio, tampoco se emiten informes financieros trimestrales ni el  informe anual auditado», recoge el fallo.
La defensa de Abellán asegura que «a finales del mes de noviembre y diciembre de 2018 (Pereiro Lage) realiza una serie de despidos laborales y cese de colaboraciones profesionales de la totalidad del equipo que el director de Programación había dispuesto haciendo inviable su labor». 
Y la sentencia estima parcialmente la demanda ya que reconoce que el empresario gallego incumplió «las obligaciones como administrador de la sociedad y las pactadas en el Acuerdo parasocial suscrito por las partes»,

SEGUNDA DERROTA

Este pasado mes de noviembre la derrota judicial de Pereiro Lage fue todavía más severa. El Juzgado Mercantil número 10 de Madrid juzgó la reclamación de Abellán, que denunció que no le permitieron ejercer como accionista de Radio Total S.L. (matriz de Radio 4G) en la Junta General de 2019.
El locutor abulense quiso introducir varios puntos en la orden del día (análisis financiero y contable, explicaciones sobre la Inspección de Trabajo que sufrió la emisora y de la colección de despidos). Pero Pereiro Lage no le permitió incluso ni participar.

NULIDAD

Abellán pidió «la nulidad de la Junta de socios de Radio Total S.L., celebrada el día 18 de febrero de 2019, así como de todos los acuerdos adoptados en la misma» por «la vulneración del derecho de información del socio», «del derecho de los socios a asistir y estar presentes en las Juntas Generales  y ejercer su derecho de voto en la adopción de los acuerdos sociales» y «del artículo 19 de los Estatutos Sociales y el artículo 200 de la Ley de Sociedades de Capital en relación con el principio de mayorías para la adopción de los acuerdos sociales». 
La sentencia es favorable al locutor ya que declara «la nulidad de la Junta de socios de Radio Total, SL., celebrada el día 18 de febrero de 2019, así como de todos los acuerdos adoptados en la misma, con inscripción de la Sentencia en el Registro Mercantil, publicación en extracto en el B.O.R.M.E. y cancelación de cuantos asientos registrales posteriores a los acuerdos impugnados resulten contradictorios con la presente sentencia».
Y también «la nulidad de los acuerdos de la Junta de socios de Radio Total, SL., celebrada el día 25 de junio de 2019, así como de todos los acuerdos adoptados en la misma, con inscripción de la Sentencia en el Registro Mercantil, publicación en extracto en el B.O.R.M.E. y cancelación de cuantos asientos registrales posteriores a los acuerdos impugnados resulten  contradictorios con la Sentencia que se dicte». Además, se impone a la parte demandada el pago de las costas procesales.
Pereiro Lage ha recurrido ambas sentencias ante la Audiencia Provincial de Madrid, que dictará sentencia, en el primer caso a finales de enero y en el segundo previsiblemente durante el mes de mayo.