jueves, 12 diciembre 2024

AICA constata una mejora en la contratación en las últimas campañas en el sector del vino

La Agencia de Información y Control Alimentarios (AICA) ha constatado en las últimas campañas una mejora en la formalización de contratos y en los plazos de pago entre los distintos los eslabones de la cadena del sector del vino.

En concreto, la agencia, ante el inminente inicio de la vendimia en España, ha animado a los operadores que detecten incumplimientos de la Ley de la Cadena a que pongan las correspondientes denuncias y ha recordado la obligatoriedad de formalizar contratos y fijar los precios antes de la entrega de la uva.

La AICA, que vela por las relaciones comerciales y los intereses de los distintos operadores que intervienen en la cadena alimentaria, y controla el cumplimiento de la ley de la cadena, ha realizado desde 2015 casi un millar de controles en el sector vitivinícola.

En concreto, 656 inspecciones a viticultores y a las ventas que realizan a los bodegueros, y otras 275 en bodegas para analizar tanto las compras a sus proveedores como las ventas a sus clientes.

DEFICIENCIAS EN LA FIJACIÓN DEL PRECIO

Agricultura ha señalado que una de las consecuencias de estos controles es el continuo proceso de mejora en la contratación, aunque persisten aún en la cadena vitivinícola ciertas deficiencias en la fijación del precio de los contratos, especialmente en los momentos iniciales de las campañas.

Por ello, ante el inminente inicio de la vendimia, la AICA hace un llamamiento al sector y recuerda que, de acuerdo a la Ley de la Cadena Alimentaria, es obligatorio la formalización de un contrato por escrito antes de la entrega de la uva de vinificación y que el viticultor conozca previamente el precio, que debe ser abonado en el plazo máximo de un mes desde la fecha de entrega.

No formalizar contratos y pagar fuera de plazo suponen una infracción grave de la Ley de la Cadena Alimentaria. Además, desde la introducción el año pasado de las medidas de reforma de esta norma, los precios de venta en el primer eslabón no pueden estar por debajo de los costes de producción.


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