Período de cortesía de Hacienda: esto es lo que debes saber sobre él

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Admitámoslo, todos le tenemos un poco de miedo a Hacienda, y en el caso de los autónomos este temor es todavía mayor, porque la relación que tienen con la Agencia Tributaria es más estrecha que la que tienen el resto de ciudadanos. No en vano el autónomo líquida cada tres meses el IVA y el IRPF y le paga a Hacienda lo que corresponde.

De ahí que no sea extraño que muchos profesionales por cuenta propia habiliten la notificación electrónica mediante su correo electrónico para sus comunicaciones con la Agencia Tributaria, ya que es una forma rápida y sencilla de estar al día sobre novedades y obligaciones tributarias. Pero, ¿qué ocurre si no podemos revisar el correo durante unos días o si sabemos que vamos a estar fuera? En estos casos tenemos el conocido como período de cortesía.

Ausencias y notificaciones fiscales

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Ya sabemos que al autónomo le cuesta desconectar de su trabajo incluso cuando está de vacaciones, y es que sabe que cuando recupere su actividad normal se va a encontrar con el buzón de correo electrónico lleno de mensajes. Y eso en el difícil caso de encontrarnos con un autónomo que se tome su descanso verdaderamente en serio y haga el esfuerzo de desconectarse totalmente de su actividad laboral durante las vacaciones.

Lo que menos quiere encontrarse el autónomo en su buzón de correo electrónico a la vuelta de sus vacaciones, o incluso a la vuelta de una baja laboral, es una notificación de Hacienda. Porque si ha estado un tiempo fuera se le podría haber pasado el plazo para hacer la gestión o cumplir con la obligación que le impone la Agencia Tributaria, lo que se traduce en intereses, recargos e incluso sanciones.

Mayka J.
Mayka J.
Jurista por formación y escritora por vocación. Llevo más de diez años dedicada al mundo de la redacción con especialidades como Derecho, pymes, autónomos, emprendimiento y marketing digital.