Sanciones por no declarar el IVA (aunque no hayas tenido ingresos)

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Si eres autónomo una de tus principales obligaciones es cumplir a tiempo con la Agencia Tributaria, presentar las autoliquidaciones de IVA e IRPF y pagar los impuestos en el plazo dado para ello. Es fundamental que tengas esto muy en cuenta, puesto que si se te pasa el plazo recibirás una sanción que no te va a hacer ninguna gracia.

Debes tener especial cuidado con el IVA, muchos autónomos caen en el error de pensar que si no han tenido actividad y no han percibido ingresos no deben hacer la autoliquidación. Esto te puede hacer perder dinero por partida doble: el que no has ingresado por no tener actividad y el que vas a tener que pagar en concepto de multa.

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¿Y si no has tenido actividad?

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A través del modelo 303 los autónomos le comunican a Hacienda los resultados de su actividad económica. Hay que tener muy claro que la presentación trimestral de este modelo es totalmente obligatoria mientras se está dado de alta en Hacienda. Siendo indiferente si durante ese período se han generado o no ingresos.

A efectos prácticos esto quiere decir que aunque no hayas facturado nada en un trimestre debes presentar igualmente el modelo 303 y señalar la casilla “sin actividad”. Lógicamente no vas a tener que ingresar nada en concepto de IVA, pero así cumples con tu obligación y te ahorras posibles sanciones.

Mayka J.
Mayka J.
Jurista por formación y escritora por vocación. Llevo más de diez años dedicada al mundo de la redacción con especialidades como Derecho, pymes, autónomos, emprendimiento y marketing digital.