DGT aplica el nuevo reglamento de circulación 2026: cambios en semáforos y multas desde octubre

La reforma, aprobada por el Real Decreto 518/2026, elimina la fase ámbar intermitente para vehículos en pasos de peatones y endurece las normas para ciclistas y profesionales del volante. La normativa entra en vigor el 1 de octubre.

El nuevo reglamento de circulación, aprobado mediante el Real Decreto 518/2026, trae cambios importantes en la señalización semafórica, la prioridad de los ciclistas y la obligatoriedad del cinturón de seguridad para ciertos profesionales. La Dirección General de Tráfico (DGT) ha confirmado que los conductores que no respeten las nuevas fases de los semáforos se enfrentarán a una multa de 200 euros y la pérdida de 4 puntos del carnet a partir del 1 de octubre de 2026.

Qué cambia en los semáforos y cómo te afecta la nueva sanción

La modificación del apartado 4.2 d) del Anexo I del Reglamento General de Circulación elimina la llamada ‹fase ámbar intermitente› para los vehículos en los pasos de peatones. Hasta ahora, en muchos cruces, cuando los peatones disponían de luz verde para cruzar, los coches recibían una luz amarilla intermitente que les permitía pasar ‹con precaución›. A partir del 1 de octubre de este año, esa fase desaparece: el semáforo para los vehículos será directamente rojo fijo mientras los peatones cruzan la calzada.

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La DGT justifica el cambio en la necesidad de garantizar la seguridad de los peatones, evitando cualquier ambigüedad. Según el real decreto, la coincidencia de la luz verde peatonal con una señal intermitente para los vehículos suponía un riesgo real de atropello, especialmente en intersecciones con alta densidad de tráfico.

El organismo insiste en que la infracción será considerada grave y acarreará una multa de 200 euros y la resta de 4 puntos del permiso de conducir. No respetar un semáforo en rojo es ya una de las conductas más penalizadas, pero la nueva redacción deja claro que, en el futuro, no habrá excusas basadas en la antigua señal intermitente.

Nuevas reglas para ciclistas y conductores de vehículos

La reforma del artículo 153 del reglamento introduce cambios sustanciales en la forma de circular de las bicicletas. Los ciclistas deberán ocupar el centro del carril, salvo que su seguridad o la del resto de usuarios lo desaconseje. Cuando la vía cuente con dos carriles por sentido, tendrán que circular por el carril derecho, a menos que necesiten cambiar de dirección o por razones de seguridad. Esto busca evitar adelantamientos peligrosos sin invadir el carril contiguo.

Para los conductores de otros vehículos, la norma es clara: deben mantener una distancia de seguridad prudencial y proporcional a la velocidad. Si un ciclista circula delante en el mismo carril, el conductor está obligado a no ponerlo en peligro. Los los conductores que ignoren estas pautas podrían enfrentarse a sanciones administrativas, aunque la DGT no ha detallado una cuantía fija adicional para este apartado concreto.

Además, los ayuntamientos podrán autorizar que los ciclistas circulen en ambos sentidos en calles urbanas cuyo límite de velocidad sea de 30 km/h. En esos casos, los vehículos a motor deberán circular por la derecha y, si no fuera posible, tendrán prioridad los que ya se encuentren en la vía.

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La eliminación de la fase ámbar intermitente busca evitar atropellos en pasos de peatones: el conductor ya no podrá pasar con precaución cuando los peatones cruzan.

El cinturón de seguridad se vuelve obligatorio para taxistas, repartidores y profesores de autoescuela

Otra de las novedades que llama la atención es la modificación del artículo 119 del Reglamento. Tradicionalmente, ciertos conductores profesionales —como los taxistas, los repartidores de mercancías o los profesores de autoescuela— estaban exentos de llevar el cinturón de seguridad cuando prestaban servicio en zonas urbanas. A partir de octubre, esa exención desaparece. Todos ellos deberán abrocharse el cinturón, independientemente de la duración del trayecto o de las maniobras de carga y descarga.

La medida responde a una demanda de equiparación en seguridad vial. De hecho, los estudios demuestran que el uso del cinturón reduce hasta un 50 % el riesgo de muerte en caso de accidente, incluso a velocidades bajas. La DGT no ha especificado una multa concreta por incumplimiento, pero la Ley de Tráfico sanciona con 200 euros y 3 puntos la falta de uso del cinturón para cualquier ocupante del vehículo, por lo que es previsible que se aplique el mismo criterio.

Análisis: ¿son proporcionadas las nuevas sanciones?

El endurecimiento de las fases semafóricas tiene sentido si se mira desde la perspectiva de la seguridad peatonal. Los accidentes en pasos de peatones con luz verde son especialmente graves, y la antigua fase ámbar intermitente generaba confusión. Muchos conductores interpretaban que podían pasar sin detenerse del todo si veían espacio suficiente, lo que ponía en riesgo a los viandantes. La DGT ha optado por eliminar cualquier margen de interpretación: con los peatones en movimiento, el coche se detiene.

Sin embargo, la sanción de 4 puntos puede resultar desproporcionada si se compara con otras infracciones que también restan esa misma cantidad, como no respetar un STOP o un ceda el paso. La diferencia es que, en los semáforos con peatones, el conductor no siempre percibe el peligro inminente, sobre todo si el ámbar intermitente era una práctica habitual. La clave estará en las campañas de comunicación que haga Tráfico durante los próximos meses para que el cambio no pille por sorpresa a nadie.

En paralelo, la norma introduce otros plazos: las luces para patinetes eléctricos y el casco para ciclomotores se exigirán a partir del 1 de octubre de 2027, y los guantes de protección para motoristas dependerán del desarrollo de una orden ministerial. Estos aplazamientos sugieren que el foco recaudatorio y sancionador se centrará, al menos durante el primer año, en los semáforos y en el cinturón de los profesionales.

La obligatoriedad del cinturón para profesionales urbanos es una de esas medidas que, aunque parezca obvia, llevaba demasiado tiempo en el limbo jurídico. No hay motivo técnico que justifique que un taxista o un repartidor viaje sin protección. La verdadera pregunta es si la DGT será capaz de controlar su cumplimiento de manera efectiva, especialmente en las horas punta de reparto, cuando la prisa invita a saltarse las normas. A partir de octubre, el margen de tolerancia se reduce a cero.

🚨 Ficha de la Normativa

  • Infracción / Novedad: No respetar la nueva fase roja fija para vehículos en pasos de peatones; cambios en la circulación de ciclistas y obligación del cinturón para profesionales urbanos.
  • Sanción económica: 200 euros (semáforos); 200 euros (cinturón, estimado).
  • Puntos del carnet: 4 puntos (semáforos); 3 puntos (cinturón, según normativa general).
  • Entrada en vigor: 1 de octubre de 2026, salvo artículos sobre alumbrado de VMP y cascos de ciclomotor (1 de octubre de 2027) y guantes de motorista (pendiente de orden ministerial).

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