Domicilio fiscal del autónomo: consideraciones a tener en cuenta

santander autonomos

A la hora de cursar el alta en el RETA una de las primeras cosas que hay que tener claras es cuál será el domicilio fiscal del autónomo. Sin embargo, se trata de un concepto sobre el que suele haber bastantes dudas. Y no debería haberlas, puesto que cualquier error al respecto puede dar lugar a una sanción por parte de Hacienda.

Es cierto que el domicilio fiscal se puede cambiar, pero lo mejor es que desde el principio se indique la dirección correcta a efectos de comunicaciones a la Agencia Tributaria. No hacerlo puede implicar que no te lleguen las notificaciones, con el consiguiente perjuicio para tus derechos que esto supone.

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Domicilio fiscal y domicilio de la actividad

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El domicilio fiscal del autónomo y el domicilio de la actividad pueden ser el mismo. Al fin y al cabo se trata de indicarle a Hacienda un lugar en el que el contribuyente puede ser localizado de forma permanente. Así ella entiende que, si envía una notificación a esa dirección, dicha comunicación será recibida.

El domicilio de la actividad es el lugar en el que el autónomo desarrolla su actividad. A efectos legales la Agencia Tributaria puede considerar como domicilio fiscal aquel en el que está centralizada la gestión administrativa de las actividades económicas del profesional. 

En definitiva, el domicilio fiscal y el domicilio de la actividad pueden o no coincidir. Lo importante es que la dirección indicada como domicilio fiscal sea un lugar en el que, efectivamente, el autónomo pueda ser localizado a efectos de notificaciones.

Mayka J.
Mayka J.
Jurista por formación y escritora por vocación. Llevo más de diez años dedicada al mundo de la redacción con especialidades como Derecho, pymes, autónomos, emprendimiento y marketing digital.