¿Cómo calcular tus rendimientos para saber si puedes acceder al cese de actividad?

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Desde el 1 de febrero están en marcha las nuevas medidas de ayudas a los autónomos. Entre los diferentes tipos de cese de actividad hay una modalidad que permite cobrar la prestación a quienes experimenten un descenso de la facturación de un 50%. Dicha caída de ingresos debe acreditarse y, por eso, es importante saber calcular los rendimientos.

Como ya ha ocurrido con otras ayudas, si al final no resulta posible demostrar que los ingresos han caído por debajo del volumen exigido, los interesados tendrán que devolver la ayuda recibida. Esto es así porque la comprobación se hace a posteriori. No obstante, es importante que antes de la verificación por parte de la mutua el autónomo se asegure de que, efectivamente, cumple las condiciones para poder cobrar el cese de actividad, así se evita disgustos de cara al futuro.

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Calcular los rendimientos con Excel

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Una buena forma de saber si se está en condiciones de solicitar la ayuda y no tener que devolverla es calcular los rendimientos con ayuda de una tabla de Excel. Es tan sencillo como dividir la tabla en dos apartados, uno dedicado a los ingresos y otro a los gastos. A continuación se desglosan los datos del mes de enero.

En materia de gastos hay que incluirlo absolutamente esto. Esto supone tener en cuenta los pagos realizados a la Seguridad Social, el pago de suministros, el alquiler del local, etc. Luego solo hay que sumar el total de ingresos y gastos y restar a los ingresos el volumen total de gastos A esta cifra se le resta el 5%, que equivale a las desgravaciones de difícil justificación que permite aplicar la normativa. El resultado es el rendimiento neto.

Con esta sencilla operación podemos saber si durante el mes de enero se han superado o no las cantidades de 1.100 o 1.300 euros de rendimientos netos. Esta misma operación debería hacerse durante todos los meses que se esté cobrando la prestación. Si en algún momento el rendimiento neto supera ese máximo, el autónomo debería renunciar voluntariamente al cese de actividad que está cobrado porque, al fin y al cabo, cuando la mutua haga su revisión tendrá que devolver el dinero.

Mayka J.
Mayka J.
Jurista por formación y escritora por vocación. Llevo más de diez años dedicada al mundo de la redacción con especialidades como Derecho, pymes, autónomos, emprendimiento y marketing digital.