Si cobras el ingreso mínimo vital, ¿debes presentar la declaración de la renta?

El Ingreso Mínimo Vital (IMV) que fue aprobado por el Gobierno de coalición PSOE-Unidas Podemos en mayo del pasado 2020, ha traído alguna que otra polémica y dudas, ahora también en lo que tiene que ver con la declaración de la renta. Con todo, y desde que esta prestación saliera a la luz, ha llegado a un total de 160.000 hogares, beneficiando a más de 460.000 personas.

En este sentido, el Ingreso Mínimo Vital persigue reducir en un 80% la pobreza extrema en España desde su creación, con el objetivo de llegar a cerca de 850.000 hogares (unos 100.000 de ellos monoparentales). Como tal, la cuantía oscilará entre los 462 y los 1.015 euros dependiendo de la composición del hogar. Ahora bien; ¿cuál es su impacto hacia la declaración de la renta? Lo conocemos desde MERCA2.

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El tope actual (9.681€) se elevará hasta los 10.168 del próximo año

Tope IMV

Sobre la misma declaración de la renta, que tendrá lugar este 2021 desde el 7 de abril al 30 de junio, se ha conocido también que la exención tendrá efecto retroactivo desde el 29 de mayo, fecha de la entrada en vigor del real decreto-ley 20/2020.

El cual estableció este ingreso mínimo vital. Con todo, y viéndose hacia la Renta de 2021, habrá que recalcular con la subida del 5% del IPREM pactada por la coalición para el próximo año, lo que elevaría el tope a 10.168 euros.

Por lo tanto, y de la misma manera que se mencionó anteriormente, cuando se presente esta declaración de la renta el próximo abril sobre 2020, las personas y familias que hayan cobrado esa ayuda no tendrán que pagar impuestos hasta ese tope. Si lo único que se cobra es el IMV, solo lo superan quienes cobran el máximo, 12.183 euros.

Jorge Majdalani
Jorge Majdalani
Periodista, redactor de Estilo de vida en MERCA2 dedicado a toda su actualidad. Especializado en el deporte motor y su frente automovilístico, llevo más de 10 años de entrega en el mundo de la redacción de contenidos. Curioso aprendiz y contador de historias.