Autónomos: esta es la diferencia entre el NIF y el NIF-IVA

santander autonomos

Para los autónomos es fundamental estar al día en sus obligaciones fiscales y todo lo que estas implican. De ahí que deban conocer y manejar conceptos importantes como NIF y NIF-IVA. Esta es la mejor manera que tienen de asegurarse de que realmente están cumpliendo bien con sus obligaciones y estarán a salvo de posibles sanciones.

Ya sabemos que Hacienda no se anda con tonterías, si estás dado de alta como autónomo tienes que cumplir con todas las obligaciones tributarias y hacerlo además a tiempo. Para que no tengas problemas te vamos a explicar con todo detalle la diferencia que existe entre NIF y NIF-IVA. 

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¿Quién puede solicitar el NIF-IVA?

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Es importante que tengas en cuenta que no pueden pedirlo todos los autónomos, solo aquellos que cumplan las condiciones exigidas a nivel europeo. En la práctica lo pueden pedir todas aquellas empresas y autónomos que realicen actividades intracomunitarias que estén sujetas a IVA, así como los sujetos pasivos de IVA por ser destinatarios de servicios prestados por empresarios o profesionales no establecidos en territorio peninsular o en las Islas Baleares.

También lo pueden solicitar quienes presten servicios que se entiendan prestados en otro Estado miembro que no sea España, si el sujeto pasivo es el destinatario de dichos servicios. Así como las personas jurídicas que no actúen como empresarios o profesionales si realizan adquisiciones intracomunitarias de bienes que estén sujetas al IVA.

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