jueves, 12 diciembre 2024

El parón ‘light’ del Gobierno deja todo como estaba, menos las obras

El Gobierno, de nuevo de forma muy diferida -primero el anuncio del presidente y el día después las medidas-, ya ha dado a conocer la lista de los trabajadores esenciales que no deberán cogerse el permiso retribuido desde este lunes 30 hasta el viernes 9 de abril y que, por lo tanto deberán seguir trabajando. Aunque habrá una prórroga de 24 horas para implementar la medida sea consta en el real decreto.

En concreto, en trazos gruesos, se mantiene la misma actividad que había antes. El segmento que tendrá mayor impacto es la construcción, así como las industrias relacionadas con estos servicios que proveen de material de obra. Así pues, parece que la medida del Gobierno va encaminada a meter cierto miedo a la ciudadanía y concienciar de la problemática existente.

¿A qué trabajadores no afecta el permiso retribuido recuperable? Entre la larga lista, en la que el presidente del Gobierno incluyó a los medios de comunicación, se adhieren hasta los repartidores de comida. Algo que deja la medida en distorsionada ante la supuesta importancia de detener el país para evitar la propagación del coronavirus.

Entre las empleados que puede seguir trabajando igual si no pueden hacerlo a través del teletrabajo están:

-Todo lo relacionado con la alimentación y la sanidad.

-Las personas trabajadoras de las actividades de hostelería y restauración que prestan servicios de entrega a domicilio.

-Las personas trabajadoras de todas las actividades productivas del sector industrial manufacturero y, en especial, las del sector químico, los sectores de fabricación de medicamentos y farmacia, del sector de la alimentación y bebidas, los subsectores del textil, el vidrio, el tabaco, los productores de bienes de equipo.

-El personal de las empresas de seguridad privada que presta servicios de transporte de seguridad, de respuesta ante alarmas, de ronda o vigilancia discontinua.

-Los trabajadores de Correos.

-Las personas trabajadoras de empresas de servicios financieros y de seguros.

-Las personas que prestan servicios relacionados con la protección y atención de víctimas de violencia de género.

-Las personas que trabajan en la industria aeroespacial y de defensa, así como otras actividades de importancia estratégica para la economía nacional.

-El personal laboral al servicio de las notarías y registros para el cumplimiento de los servicios esenciales

-Las personas que prestan servicios en operadores logísticos e industrias textiles o de otra índole dedicadas o reconvertidas a la fabricación o importación de material sanitario.

-Las personas que trabajan en la distribución y entrega de productos adquiridos en el comercio por internet, telefónico o correspondencia.  

Y la lista continúa con trabajos que, debido a su actividad directa o relacionada, se han visto metido en el paquete de esenciales. Ahora cabe preguntarse si en realidad muchas de estas actividades son realmente necesarias. Sobre todo si la situación está siendo tan compleja de atajar.


- Publicidad -