Dentix ha presentado un Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) que afecta a casi el 100% de los empleados de todas las categorías de su plantilla en España, que está integrada por unas 3.200 personas.
La compañía defiende la medida tras verse «obligada» a suspender temporalmente su actividad en España, con el cierre de todas sus clínicas en el país, en el contexto actual de estado de alarma decretado por el Gobierno desde el domingo y que se prolongará, al menos, durante dos semanas.
Asimismo, alude a la «imposibilidad» de garantizar, en las actuales circunstancias, la seguridad sanitaria de los pacientes y profesionales, por las dificultades en el abastecimiento del material de protección a raíz de la priorización del acopio por parte del Gobierno y su petición de aportar material de protección de las clínicas a los hospitales.
En Italia, donde el desarrollo de la epidemia se ha desatado con antelación con respecto a España, Dentix, y el resto de centros odontológicos del país, se vieron también abocados al cierre de las clínicas para mantener la seguridad de pacientes y empleados.
La compañía ya está informando de la suspensión temporal del servicio a todos sus pacientes y tiene en funcionamiento un teléfono general de atención a sus clientes para consultas odontológicas en el que atiende a los pacientes con tratamientos en curso y que necesiten entrar en contacto con un facultativo. Además, Dentix ha creado un comité médico cuya misión será evaluar los casos de urgencia.
Por ello, mantendrá en sus puestos a un número muy reducido de la plantilla con el fin de seguir prestando atención telefónica general y especializada a sus pacientes y dar continuidad al mantenimiento de equipos críticos e instalaciones.
Por otra parte, la empresa afirma haber comunicado previamente el anuncio del ERTE a los representantes de los trabajadores y defiende que el expediente se acoge a la nueva normativa establecida por el Gobierno, que implica ventajas tanto para los empleados como para la empresa.
En concreto, el decreto del Ejecutivo establece una exoneración de cotizaciones a las empresas que acometan estos despidos temporales del 75% para las empresas que de más de 50 trabajadores, quienes, a su vez, tendrán derecho a cobrar el paro aunque no cumplan con el periodo de cotización mínimo exigido para ello.