La DGT y el arcén para motos: lo autoriza en atascos y fija la distancia para adelantar ciclistas desde el 1 de octubre

El nuevo Reglamento de Circulación obliga además a llevar guantes y calzado cerrado en moto y restringe los patinetes en vías interurbanas. La reforma entra en vigor el 1 de octubre.

La DGT autoriza a las motos a usar el arcén en atascos desde el 1 de octubre. El nuevo Reglamento General de Circulación fija además la distancia mínima al adelantar ciclistas y endurece las normas para patinetes eléctricos.

Qué cambia para las motos: el arcén permitido en atascos

El nuevo Real Decreto de circulación recoge una de las medidas más esperadas por el colectivo motero: la posibilidad de circular por el arcén derecho en situaciones de congestión. Eso sí, no es un cheque en blanco. Solo se podrá hacer en tramos previamente acordados y señalizados, a una velocidad máxima de 30 km/h y en columna de a uno.

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Los motoristas deberán extremar la precaución y tendrán la obligación de abandonar el arcén si ponen en riesgo a los usuarios autorizados, como ciclistas o peatones. La DGT separa así a este colectivo vulnerable del resto de vehículos retenidos en la calzada.

El arcén es una vía de escape, no un carril rápido: la velocidad se limita a 30 km/h y la prioridad sigue siendo de ciclistas y peatones.

Guantes, calzado cerrado y más obligaciones para motoristas

La protección personal del motorista también se refuerza. El reglamento obliga a llevar guantes de protección en vías interurbanas y calzado cerrado en todo tipo de vías. El objetivo declarado es reducir la gravedad de las lesiones en caso de accidente.

Además, los vehículos con masa máxima autorizada superior a 3.500 kilogramos deberán circular estrictamente por la calzada, salvo emergencias, y usar preferentemente los carriles de la derecha. Es un intento de evitar que los camiones entorpezcan la fluidez general.

Cuándo entra en vigor y qué excepciones tiene la norma

La reforma estará vigente desde el 1 de octubre de 2026. No hay periodo de adaptación anunciado para la mayoría de las medidas. La propia DGT insiste en que el uso del arcén por motos solo será legal donde exista señalización específica.

Estas son las condiciones que deben cumplirse para circular por el arcén sin cometer infracción:

  • Velocidad máxima de 30 km/h.
  • Circulación en columna de a uno.
  • Tramo señalizado y previamente acordado.
  • Abandonar el arcén si se pone en riesgo a ciclistas o peatones.

Sin señal, no hay arcén.

La norma también reorganiza la convivencia en los arcenes. Los ciclistas podrán circular en columna de a dos por el arcén o por la parte imprescindible de la calzada. Deberán adoptar la fila india en tramos sin visibilidad, con baja luminosidad o cuando afecten a la fluidez.

Cómo cumplir la norma y evitar sustos

Para los motoristas, la clave es leer la señalización. Si no hay indicación expresa de arcén habilitado, circular por él sigue estando prohibido y puede acarrear sanción por invadir un espacio no permitido. La DGT recuerda que esta medida nace para atascos, no para adelantar por el arcén en movimiento.

Los conductores de turismos también tienen nuevas obligaciones. Si salen del vehículo y ocupan la calzada o el arcén en vías interurbanas, deberán usar un chaleco reflectante de alta visibilidad. La norma afecta igualmente a autobuses, camiones y motocicletas.

Los patinetes eléctricos salen perdiendo. Se prohíbe su circulación por autopistas, autovías, travesías, vías interurbanas y túneles urbanos, salvo que existan carriles bici o sendas ciclables autorizadas.

Análisis: una norma que ordena el atasco, no solo lo regula

La autorización del arcén para motos tiene una lógica clara de seguridad vial. En un embotellamiento, las motos suelen quedar expuestas a alcances o atrapadas entre carriles. Circular por el arcén a baja velocidad y en columna de a uno reduce ese riesgo, siempre que no se convierta en un carril improvisado.

Sin embargo, el riesgo está en la interpretación. La DGT ha sido prudente al exigir señalización expresa y tramos acordados. Sin ese candado, el arcén se transformaría en un espacio de conflicto con ciclistas y peatones, los usuarios que la propia norma declara prioritarios.

La obligación de guantes y calzado cerrado es de fácil cumplimiento y con un impacto directo en la reducción de lesiones. Es una medida proporcionada, sobre todo para motoristas que aún circulan en vías interurbanas con equipo incompleto.

El endurecimiento para patinetes eléctricos en vías interurbanas era esperado. La convivencia en carretera no estaba resuelta y esta norma marca una frontera clara: ciudad sí, carretera no, salvo carril bici.

En mi lectura, el nuevo Reglamento intenta ordenar escenarios que ya existían en la práctica. La clave será la señalización de los tramos de arcén habilitados y la pedagogía para que ningún conductor los use como pretexto.

🚨 Ficha de la Normativa

  • Infracción / Novedad: Autorización para que las motos circulen por el arcén en atascos y obligación de guardar distancia mínima al adelantar ciclistas.
  • Sanción económica: No aplica (la fuente oficial no concreta multas en esta reforma del Reglamento).
  • Puntos del carnet: No aplica.
  • Entrada en vigor: 1 de octubre de 2026.

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