La cuota reducida a los autónomos es de 80 euros: hasta cinco años con ingresos inferiores al SMI

La tarifa plana de 80 euros para nuevos autónomos puede prorrogarse si los rendimientos previstos no llegan al salario mínimo interprofesional. En los supuestos con discapacidad o víctimas de violencia, la cuota reducida se mantiene hasta cinco años.

santander autonomos

La cuota reducida de 80 euros para nuevos autónomos puede ampliarse más allá del primer año, y en algunos supuestos hasta cinco años, si los rendimientos previstos se quedan por debajo del salario mínimo interprofesional (SMI). La Seguridad Social detalla que la prórroga no es automática: hay que pedirla antes de que venza el primer año.

La tarifa plana reduce la cotización inicial a 80 euros al mes, aunque en 2026 el recibo queda en 88,64 euros al sumar el Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI). Sin esa reducción, un autónomo con ingresos de hasta 670 euros abona entre 205,88 y 226,47 euros según el tramo del sistema de cotización por ingresos reales.

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La tarifa plana forma parte del sistema de cotización por rendimientos netos del RETA, que desde 2023 calcula la cuota según tramos. Para los emprendedores que empiezan, supone pagar menos durante el arranque del negocio, cuando los ingresos todavía no son estables.

La clave está en la estimación de rendimientos: la cuota se calcula de forma provisional según lo que el autónomo prevé ganar. Si la previsión se mantiene bajo el SMI, la tarifa plana puede prorrogarse por otros 12 meses y, en los supuestos que recoge la Seguridad Social, hasta 36 meses adicionales.

Quién puede prorrogar la cuota de 80 euros

Para acogerse a la ampliación hay que haber disfrutado de la tarifa plana con posterioridad al 1 de enero de 2023. Además, la solicitud debe presentarse antes de que venza el primer año de actividad y la prórroga se aplica desde el día siguiente a la finalización de ese periodo.

No todos los autónomos pueden mantener la tarifa plana: la condición es prever rendimientos netos inferiores al SMI. La Seguridad Social cruza esa estimación con la declaración posterior, así que conviene ajustar bien la previsión para evitar sustos en la regularización.

La prórroga no se aplica sola: hay que pedirla a tiempo y demostrar que los ingresos previstos siguen por debajo del SMI.

En este punto conviene recordar que la cuota reducida se calcula sobre ingresos reales, no sobre facturación: Hacienda y la Seguridad Social manejan el rendimiento neto, es decir, ingresos menos gastos deducibles. La fuente oficial insiste en que la prórroga se concede si la previsión queda por debajo del SMI.

Hasta cinco años en supuestos de discapacidad o violencia

Los autónomos con discapacidad igual o superior al 33%, víctimas de violencia de género o de terrorismo parten de una tarifa plana inicial de dos años. Después pueden solicitar una prórroga de 36 meses, lo que suma 60 meses de cuota reducida: los cinco años completos.

Para este colectivo, el plazo de solicitud se amplía hasta los 24 meses iniciales y la prórroga se aplica al término de esos dos años. Renunciar a la tarifa plana es posible en cualquier momento, pero no se puede volver a solicitar después.

El resto de autónomos con ingresos previstos bajos mantiene la lógica de un primer año de cuota reducida y una posible prórroga conforme a los requisitos. En la mayoría de los casos, la ampliación general es de 12 meses; los 36 meses adicionales quedan para los supuestos específicos.

La prórroga en la práctica: ahorro y errores a evitar

Mantener la cuota de 80 euros durante uno o dos años más supone un ahorro relevante frente a los tramos ordinarios. Con un tramo mínimo de entre 205,88 y 226,47 euros, cada año adicional de tarifa plana evita pagar entre 1.500 y 1.700 euros de más, sin contar el MEI.

El error más común es asumir que la prórroga es automática. No lo es. Si no se presenta la solicitud dentro del plazo, el autónomo pasa al tramo que le corresponda por rendimientos y empieza a pagar más desde el mes siguiente.

Otro punto que la fuente aclara: la renuncia es libre, pero definitiva. No puedes renunciar para aprovechar una supuesta reentrada: si renuncias a la tarifa plana, pierdes el derecho a volver a solicitarla en el futuro. Eso incluye tanto el primer año como la prórroga.

El trámite se gestiona en la sede electrónica de la Seguridad Social a través del portal Importass, con certificado digital, Cl@ve o SMS. Allí se consulta el estado de la tarifa plana y se puede formalizar la solicitud de ampliación.

La fuente oficial no detalla un formulario específico distinto, por lo que conviene revisar los datos de afiliación y de actividad antes de pedir cita o lanzar la solicitud. Un dato mal cumplimentado puede retrasar la prórroga y dejar al autónomo sin el beneficio una vez superado el primer año.

Guía rápida del trámite

  • 📅 Plazos: La prórroga se solicita antes de que venza el primer año de la tarifa plana. Para discapacidad o víctimas, el plazo se amplía a los 24 meses iniciales.
  • Requisitos clave: Alta como nuevo autónomo, haber disfrutado la tarifa plana tras el 1 de enero de 2023 y prever rendimientos netos inferiores al SMI.
  • 🌐 Dónde solicitarlo: En la sede electrónica de la Seguridad Social o en el portal Importass, con certificado digital, Cl@ve o SMS.
  • 💰 Importe o coste: 80 euros de cuota reducida al mes; con el MEI el recibo queda en 88,64 euros en 2026.
  • ⚠️ Error a evitar: Asumir que la prórroga es automática: si no se pide a tiempo, se pasa al tramo ordinario y se paga más desde el mes siguiente.

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