La reforma del Reglamento General de Circulación aprobada por el Consejo de Ministros el 23 de junio trae casco obligatorio para ciclistas, guantes para motoristas y cinturón para taxistas desde octubre. La modificación, publicada en el BOE, sitúa por primera vez a los usuarios vulnerables en el centro de la norma.
Qué cambia y a quién afecta
Los principales cambios del nuevo Reglamento de Circulan abarcan seis bloques con un hilo común: reducir la siniestralidad de peatones, ciclistas, motoristas y conductores de vehículos de movilidad personal (VMP).
Casco y chaleco para VMP y ciclistas
La edad mínima para manejar un patinete eléctrico se fija en 15 años. Los usuarios deberán llevar casco de protección y, de noche o con baja visibilidad, chaleco reflectante. Los repartidores profesionales (riders) que se desplacen en VMP o en bicicleta tendrán que usar ambas prendas en cualquier momento del día. La infracción se considera grave y conlleva una multa de 200 euros.
Guantes y calzado cerrado para motoristas
Los conductores y pasajeros de motocicletas y ciclomotores quedan obligados a circular con guantes de protección en vías interurbanas y con calzado cerrado en todo tipo de vías. También se exige que el casco esté homologado, no simplemente certificado. La sanción por incumplir cualquiera de estas medidas asciende a 200 euros. La entrada en vigor del guante homologado se aplaza hasta que el ministerio publique la orden con sus especificaciones técnicas; entre tanto bastará con guantes de protección habituales.
Fin de la exención del cinturón para taxistas
Desaparecen las exenciones históricas que permitían a los conductores de taxi, vehículos de mercancías y profesores de autoescuela circular sin cinturón. A partir del 1 de octubre, todos los ocupantes de esos vehículos deberán llevarlo abrochado. La única salvedad afecta a los pacientes atendidos en ambulancias asistenciales durante un servicio de urgencia.
Nuevas reglas para adelantar a ciclistas
El conductor que adelante a un ciclista en carretera convencional tendrá que reducir al menos 20 km/h respecto al límite de la vía y, en calzadas con más de un carril por sentido, cambiar completamente de carril manteniendo la separación lateral mínima de 1,5 metros. En ciudad, los coches deberán dejar cinco metros de distancia con la bicicleta que les preceda y los ciclistas circularán preferentemente por el centro del carril.
La reforma da un salto cualitativo: por primera vez se define al usuario vulnerable y se crea un título específico para la circulación urbana.
Cuándo entra en vigor y excepciones
El real decreto entrará en vigor el 1 de octubre de 2026. Dos artículos se retrasan al 1 de octubre de 2027: el alumbrado obligatorio de los VMP y la exigencia de casco homologado para motoristas. Mientras tanto, la DGT mantiene los criterios de certificación actuales.
Las ordenanzas locales podrán habilitar, mediante señalización, la circulación de bicicletas en doble sentido en calles con velocidad limitada a 30 km/h o menos. También se permitirá que las motos circulen por el arcén derecho en retenciones siempre que no superen los 30 km/h.
Cómo cumplir la norma sin sobresaltos
- Ciclistas: adquieran un casco homologado y, si son repartidores, un chaleco reflectante. En interurbanas el casco es obligatorio sin excepción.
- Motoristas: sumar guantes y calzado cerrado al equipo de protección. Comprueben que el casco lleva la etiqueta de homologación.
- Taxistas y conductores profesionales: abróchense el cinturón siempre; la multa por no hacerlo es de 200 euros.
- Usuarios de patinete: recuerden que la edad mínima es 15 años y que el chaleco reflectante es indispensable en penumbra.
Una reforma necesaria que no debe pillar por sorpresa
El texto aprobado por el Consejo de Ministros aterriza en un momento en el que la movilidad ha cambiado radicalmente: los patinetes eléctricos han inundado las ciudades, los repartidores en bici o moto multiplican su presencia y la siniestralidad de los usuarios vulnerables sigue siendo una de las principales preocupaciones de la DGT. En ese sentido, las nuevas obligaciones resultan razonables y están alineadas con las recomendaciones de seguridad vial europeas.
Sin embargo, la letra pequeña deja varios puntos que merecen atención. El más llamativo es el retraso de un año para los cascos homologados y el alumbrado de los VMP: un plazo generoso que da margen a fabricantes y conductores, pero que al mismo tiempo mantiene durante doce meses un escenario de menor protección. Tampoco se aclara si las multas durante ese período transitorio se aplicarán con la misma dureza o si habrá un margen de adaptación.
Otra cuestión importante es la obligación de llevar chaleco reflectante para los riders de moto en todo momento. En pleno verano, circular con chaleco puede resultar incómodo y aumentar el riesgo de deshidratación. La DGT debería valorar si, al menos en horas centrales, se podría sustituir por prendas de alta visibilidad más transpirables.
En mi lectura, la reforma es equilibrada y pone el foco donde debe: en quienes más lo necesitan. Aun así, conviene estar muy pendientes de las fechas del 1 de octubre de 2026 y del 1 de octubre de 2027, porque los plazos de gracia no serán eternos y las sanciones, cuando lleguen, serán de 200 euros.
🚨 Ficha de la Normativa
- Infracción / Novedad: Reforma del Reglamento General de Circulación con nuevas obligaciones para ciclistas, motoristas, taxistas y usuarios de VMP.
- Sanción económica: 200 euros por infracciones como no llevar casco, guantes, chaleco reflectante o cinturón.
- Puntos del carnet: No aplica.
- Entrada en vigor: 1 de octubre de 2026 (salvo alumbrado VMP y casco homologado, que se retrasan al 1 de octubre de 2027).




