La carta urgente del borrador que la AEAT envía a los autónomos madrileños antes de julio

La Agencia Tributaria está enviando notificaciones electrónicas a autónomos con discrepancias en el IVA deducido del primer trimestre, justo antes de la cita con el modelo 303 de julio. Si llegas tarde o ignoras el aviso, Hacienda resuelve sola y siempre a su favor.

Miles de autónomos en Madrid están recibiendo esta semana una notificación en su buzón electrónico que no es una carta cualquiera: es un requerimiento de la Agencia Tributaria por discrepancias detectadas en el IVA deducido durante el primer trimestre de 2026. El plazo para responder es de 10 días hábiles desde que se pone a disposición en el DEHú, y empieza a correr aunque no hayas abierto el documento.

Lo más peligroso no es la discrepancia en sí misma, que en muchos casos responde a un simple error documental o de proporcionalidad. Lo más peligroso es no reaccionar a tiempo. Si el requerimiento caduca sin respuesta, la AEAT dicta resolución con los datos que ya tiene, y esos datos siempre cuentan la historia que más le conviene a Hacienda.

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Qué requerimiento están recibiendo los autónomos ahora mismo

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El Plan de Control Tributario 2026, publicado en el BOE en marzo, reforzó el cruce de datos sobre IVA deducido, movimientos en TPV, Bizum y pagos digitales. Los autónomos que dedujeron IVA de suministros del hogar, gastos mixtos o facturas sin afectación suficientemente documentada son los perfiles que más están recibiendo estos avisos antes del 20 de julio, cuando vence el segundo trimestre del modelo 303.

El sistema de análisis de riesgos de la AEAT cruza automáticamente lo que declaraste en tu modelo 303 con lo que proveedores, bancos y plataformas han comunicado a Hacienda. Cuando detecta una inconsistencia, genera un requerimiento de información que llega al DEHú sin llamar a la puerta. La notificación no distingue entre error de buena fe y fraude: simplemente pide que lo justifiques tú.

Cómo los autónomos acceden al requerimiento con Cl@ve

El buzón donde llegan estos avisos es el DEHú, accesible desde la Sede Electrónica de la AEAT. Para abrirlo necesitas identificarte con certificado digital, DNI electrónico o el sistema Cl@ve, la plataforma del Gobierno de España que en 2022 ya superaba los 15 millones de usuarios registrados. Si tu certificado digital está caducado o nunca has activado Cl@ve, no podrás leer la notificación, pero el plazo de 10 días sigue corriendo igualmente.

Muchos autónomos descubren demasiado tarde que tenían un requerimiento vencido porque cambiaron de ordenador, renovaron el DNI o simplemente no revisaban el buzón. La recomendación de los asesores es clara: entra en dehu.redsara.es al menos una vez a la semana y activa las alertas por SMS o correo electrónico en la configuración del sistema.

Qué dice exactamente el requerimiento y cómo responderlo

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La notificación suele indicar qué periodos y qué casillas del modelo 303 presentan la discrepancia, y solicita que aportes facturas, justificantes de afectación a la actividad y cualquier documentación que respalde lo deducido. La respuesta se presenta en la propia Sede Electrónica, en la sección «Contestar requerimientos», y puedes adjuntar archivos en PDF o Word sin necesidad de desplazarte a ninguna oficina.

Si necesitas más tiempo, puedes pedir una ampliación de plazo, pero debes solicitarla al menos tres días antes de que venza y justificar el motivo. Hacienda concede como máximo la mitad del plazo original, así que si tenías 10 días hábiles, puedes conseguir cinco más. No esperes al último momento: los sistemas de la AEAT tienen saturaciones puntuales y una incidencia técnica el día del vencimiento no te exime del plazo.

Qué pasa si no respondes al requerimiento a tiempo

Hacienda resuelve con sus datos, no con los tuyos

Si el plazo caduca sin respuesta, la Administración dicta resolución basándose exclusivamente en la información que ya posee, que siempre le favorece. Además, pierdes las opciones de recurso que tenías durante el procedimiento, lo que complica enormemente cualquier defensa posterior ante el Tribunal Económico-Administrativo.

Las sanciones pueden multiplicar la cuota

En procedimientos sancionadores derivados de deducciones indebidas de IVA, las multas oscilan entre el 50% y el 150% de la cantidad regularizada, según el grado de ocultación que aprecie la AEAT. A eso se suman intereses de demora desde la fecha en que debiste liquidar correctamente y recargos del período ejecutivo que arrancan en el 5% y escalan hasta el 20% más intereses si el pago se demora.

Qué documentación deben tener preparada los autónomos

Los asesores fiscales coinciden en que el error más frecuente no es deducir gastos improcedentes, sino no tener el papel que los justifica cuando llega la pregunta. Antes de responder al requerimiento, conviene reunir:

  • Facturas completas con NIF del emisor, concepto claro y vinculación a la actividad.
  • Justificación del porcentaje de afectación en gastos mixtos (modelo 036 o 037 actualizado).
  • Contratos, presupuestos o correos que acrediten que el gasto responde a un servicio real.
  • Conciliación entre el libro de IVA soportado y las casillas declaradas en el 303.

El horizonte para los autónomos: más control, pero también más herramientas

La implantación de VERI*FACTU, obligatoria para autónomos a partir del 1 de julio de 2026, va a cambiar la ecuación. Con facturas encadenadas y código QR verificable en tiempo real, la AEAT tendrá acceso instantáneo a cada operación, lo que reducirá las discrepancias por errores de transcripción, aunque aumentará la presión sobre quien declare gastos sin factura certificada.

La buena noticia es que el mismo sistema que facilita el control también facilita la defensa. Un autónomo que lleva la facturación en orden con software homologado tendrá una trazabilidad perfecta de cada deducción, lo que convierte cualquier requerimiento en un trámite de minutos en lugar de una crisis de semanas. La clave está en no esperar a que llegue el aviso para poner los papeles en orden.


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