Cambio en las retenciones del SEPE para no pagar en la Renta

El SEPE retiene muy poco o nada del paro y eso convierte la prestación en un segundo pagador que dispara la Renta. Con el modelo 145 puedes pedir una retención voluntaria de hasta el 15% y evitar el susto en junio. Te contamos cómo y dónde se hace.

Cobrar el paro y descubrir en mayo que la Renta sale a pagar es uno de los disgustos más frecuentes entre quienes han pasado parte del año en desempleo. Expertos del SEPE confirman que existe una vía para evitarlo: pedir voluntariamente que te apliquen una retención de IRPF más alta sobre la prestación o el subsidio.

La clave está en entender que el SEPE, por defecto, retiene muy poco o directamente nada. No es un error: la ley no le obliga si la prestación está por debajo de ciertos umbrales. El problema llega después, cuando Hacienda cruza datos y ese paro pasa a contar como un segundo pagador.

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Por qué la Renta sale a pagar cuando has cobrado el paro

El motivo es casi siempre el mismo: el SEPE pasa a ser un segundo pagador a efectos de IRPF. Si en el mismo año has cobrado de tu empresa y del SEPE, Hacienda suma ambas cantidades y aplica el tipo que te corresponde por el total, no por cada una por separado.

El umbral que cambia las reglas está en los 15.876 euros anuales sumando todos los pagadores, siempre que el segundo aporte más de 1.500 euros. Por debajo de esa cifra global no hay obligación de declarar; por encima, sí, y ahí es donde aparece el susto. Tu empresa retuvo según lo que te iba a pagar ella sola, y el SEPE retuvo poco o nada. Resultado: la suma real obliga a un tipo más alto y Hacienda reclama la diferencia.

A efectos prácticos, alguien que ha cobrado 12.000 euros de su empresa y 6.000 del paro puede encontrarse con una factura de varios cientos de euros en junio. No es una multa ni un recargo: es el IRPF que no se retuvo a lo largo del año.

Cómo pedir al SEPE que te retenga más: el modelo 145

La herramienta es el modelo 145, el mismo formulario de comunicación de datos al pagador que firmas en cualquier empresa. Aplicado al SEPE, sirve para indicar que quieres una retención superior a la mínima legal y, de paso, ajustar tu situación familiar (hijos, discapacidad, pensión compensatoria…).

El trámite se puede hacer por tres vías: a través de la sede electrónica del SEPE con certificado digital, Cl@ve o usuario y contraseña; por teléfono en el 060 o en los números de información del propio organismo; o de forma presencial en la oficina de empleo, pidiendo cita previa. Cualquiera de las tres vías es válida y tiene el mismo efecto legal.

Lo que pides es sencillo: que te apliquen un porcentaje de retención superior. Puedes indicar un tipo concreto, por ejemplo un 7%, un 10% o un 15%, en función de lo que estimes que te va a tocar. Si no lo tienes claro, el simulador de retenciones de la sede electrónica de la AEAT permite calcularlo metiendo tus ingresos previstos del año.

Eso sí, ojo con el plazo: el cambio de retención solo afecta a las mensualidades futuras, no a las ya cobradas. Si lo pides en mayo, las pagas de enero a abril ya están con la retención antigua y no se recalculan. Por eso conviene hacerlo cuanto antes.

El error que más disgustos provoca y qué hacer este año

El despiste más típico es asumir que, como el SEPE no retiene apenas, no hay que declarar. Falso. La obligación de presentar la Renta depende del total de ingresos y del número de pagadores, no de lo retenido. De hecho, hay parados que no presentan declaración porque creen estar exentos y luego reciben una paralela de Hacienda con recargo del 1% por cada mes de retraso, hasta el 15%, según el artículo 27 de la Ley General Tributaria.

Lo hemos visto en convocatorias anteriores: el subsidio para mayores de 52 años, que se cobra durante años, es uno de los grandes generadores de «sustos» en la Renta porque, al combinarse con cualquier otro ingreso, dispara la obligación de declarar. Lo mismo pasa con quien encadena varios contratos cortos y temporadas de paro: tres pagadores en el mismo año son habituales, y casi nadie ajusta retenciones.

La pregunta de fondo es por qué el SEPE no retiene de oficio cuando sabe perfectamente que muchos beneficiarios van a tener un segundo pagador a lo largo del año. La respuesta corta es que la norma no se lo permite sin solicitud expresa del interesado, y la larga es que, mientras no se reforme, la pelota está en el tejado del contribuyente. De cara a la próxima campaña, lo prudente es revisar tu situación ahora, calcular si vas a tener dos pagadores y, si la respuesta es sí, presentar el modelo 145 al SEPE pidiendo una retención voluntaria. Es un trámite gratuito, se hace en minutos y evita encontrarte una factura inesperada el año que viene.

Guía rápida del trámite

  • 📅 Plazos: Abierto permanentemente. Se puede solicitar en cualquier momento mientras cobres la prestación, pero solo afecta a las mensualidades futuras.
  • Requisitos clave: Estar cobrando paro o subsidio del SEPE y prever que tendrás un segundo pagador en el año (empresa, otro organismo o pluriempleo previo).
  • 🌐 Dónde solicitarlo: Sede electrónica del SEPE con Cl@ve o certificado digital, teléfono 060 o presencialmente en la oficina de empleo con cita previa.
  • 💰 Importe o coste: Trámite gratuito. La retención voluntaria suele fijarse entre el 2% y el 15% en función de los ingresos totales previstos.
  • ⚠️ Error a evitar: Creer que no hay que declarar porque el SEPE no retiene; con dos pagadores y más de 1.500 € del segundo, la obligación aparece a partir de 15.876 € anuales.

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