domingo, 15 diciembre 2024

Trabajo niega que la directiva de subsidio por desempleo entre en vigor en junio por razones presupuestarias

El secretario de Estado de Trabajo y Economía Social, Joaquín Pérez Rey, ha asegurado que el motivo por el que parte de la directiva de subsidio por desempleo entre en vigor a partir de junio se debe a que el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) necesita tiempo para prepararse a esta nueva reforma y ha negado razones presupuestarias.

«La razón de que la entrada en vigor de ese Real Decreto Ley tenga una parte, no toda, en junio tiene que ver básicamente con la necesidad que tiene el SEPE de introducir los procesos informáticos y el resto de procesos administrativos a la nueva reforma (…). Por tanto, no hay ninguna razón presupuestaria», ha afirmado Pérez Rey durante la rueda de prensa de presentación de los datos de afiliación y desempleo de diciembre.

Así, el secretario de Estado de Trabajo ha señalado que estos procesos «llevan tiempo» y ha recordado que se dio una situación similar con la reforma de los incentivos y bonificaciones al empleo.

El Real Decreto-Ley que reforma el subsidio por desempleo, que será de mayor cuantía durante el primer año de percepción, compatible con un empleo durante los 180 primeros días sin pérdida de prestación, e irá ligado a la suscripción de un acuerdo de actividad por parte de sus beneficiarios, entrará en vigor, con carácter general, el 1 de junio de 2024, según la norma publicada este miércoles en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

Así, el texto precisa que podrán solicitar el subsidio a partir del 1 de junio de 2024 todas las personas que hayan agotado la prestación contributiva desde el 30 de abril de 2024, así como quienes en el momento de la entrada en vigor de la norma no hubieran cumplido el mes de espera previo para solicitar el subsidio.

Quienes a 1 de junio de 2024 hubieran solicitado o fueran beneficiarios o tuvieran suspendido el subsidio por agotamiento de la prestación contributiva, por cotizaciones insuficientes o el subsidio para mayores de 52 años, se regirán por la normativa anterior a esta reforma hasta la extinción del derecho.


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