Cómo calcular la jubilación anticipada (con casos prácticos)

Cuando llegamos a cierta edad, en lo único que comenzamos a pensar es en dejar atrás la etapa como trabajadores en activo. Por ello, no son pocos los que optan por la jubilación anticipada.

Solicitarla no es nada complicado, siempre y cuando cumplas una serie de requisitos. Sin embargo, no muchos tienen claro cuánto les quedará de pensión si por fin dan el paso. Esto hace que muchos decidan alargarlo un poco más por miedo a que no les quede suficiente dinero como para poder vivir bien.

Existen muchos motivos de preocupación a la hora de no saber con seguridad el dinero que te va a quedar para pasar los últimos años de vida. Descubre cómo calcular lo que te corresponde en el caso de que desees jubilarte de forma anticipada y no te lleves ningún susto completamente evitable.

Primera premisa para calcular la jubilación anticipada

cálculo

La primera premisa a tener en cuenta a la hora de realizar el cálculo de lo que nos correspondería por jubilación anticipada es sumar todas nuestras bases de cotización.

Se tendrán en cuenta aquellas bases de cotización de los años previos al retiro laboral. Sumando todo esto obtenemos lo que se conoce como la base reguladora. Esta, junto con algunos porcentajes que es necesario aplicar y que varían según la edad y el tiempo, lograrán que te hagas una idea de lo que te puede quedar de pensión.

El cálculo es un cóctel en el que encontramos la base reguladora, el tiempo que adelantemos la jubilación, la edad y los años de cotización. Teniéndolos claros, podemos proceder a realizar un cálculo estimado.

La edad de jubilación va a ir en aumento

edad jubilación anticipada

La edad que actualmente se considera la normal para poder conseguir la jubilación es de 65 años y 6 meses.

Existen algunas excepciones. Por ejemplo, si hemos cotizado 36 años o más a lo largo de nuestra vida laboral podremos jubilarnos con 65. Este dato, con el tiempo, se va a ir incrementando. De momento, se incrementará un mes cada año hasta llegar a 2020. A partir de 2020, aumentará dos meses por año hasta el 2027. En ese año se podrán jubilar con 65 los que hayan cotizado un mínimo de 38 años y 6 meses.

Es decir, no solo aumenta la edad a la que el trabajador puede jubilarse, sino que también lo hace el tiempo cotizado necesario para obtener el 100% de la prestación.

Cuántos años son necesarios para calcularla

años cotizados

Para jubilarse en el actual año 2019, se deberán tener en cuenta los últimos 22 años cotizados.

Este dato, multiplicado por 12 meses al año, da como resultado 264. Hay que tener en cuenta que cada año que pase esto aumentará en otros 12 meses. A continuación, se multiplican los años cotizados por el número total de pagas (12 o 14). Si ponemos 14, sería 308 (se conoce como Divisor).

De esta forma, la base reguladora será el resultado de dividir por 308 la base de cotización durante los 264 meses trabajados anteriormente.

Requisitos mínimos de la pensión por jubilación

requisitos jubilación anticipada

Para optar a la pensión de jubilación, anticipada o no, el trabajador debe cumplir con una serie de requisitos.

Primero, debe haber cotizado al menos durante 15 años. Dos de ellos deben haber sido en los últimos 15 años naturales anteriores a la solicitud. Además, se debe contar con la edad ordinaria para poder hacerlo según el año en el que nos encontremos.

Es necesario tener muy en cuenta estos requisitos y revisarlos bien. Pues cada año varía la edad de jubilación, que irá en aumento en los próximos años. Esto puede hacer que erremos en el cálculo que realicemos.

El caso de los autónomos

autónomos

Aunque en muchos casos la ley por la que se rigen los autónomos no tiene mucho que ver con la del resto de profesionales, este no es el caso. Los trabajadores por cuenta propia tienen el mismo derecho a jubilarse de forma anticipada, igual que los trabajadores por cuenta ajena en la modalidad de jubilación anticipada voluntaria.

Se podrán jubilar a los 63 cuando hayan cotizado un mínimo de 35 años. Asimismo, de las misma manera que en el régimen general la edad de jubilación se irá incrementando hasta alcanzar los 67 años en el año 2027.

Por tanto, la edad de jubilación anticipada será de dos años menos: a los 65. Una cosa a tener en cuenta es que los profesionales autónomos no pueden acogerse a la fórmula de jubilación anticipada no voluntaria.

Cómo se calcula: obtener la base reguladora

base reguladora

El primer paso a la hora de calcular la prestación por jubilación será obtener el número de la base reguladora.

Para ello, debemos recopilar las bases de cotización de los últimos años previos a la jubilación. En 2019 serían los 22 últimos años como hemos podido ver en otro apartado.

Cuando tengamos todas las bases, se deben sumar y dividir entre 308. De esta manera podremos obtener lo que se conoce como base reguladora. Aunque aún no hemos llegado a obtener la cantidad de la pensión de jubilación.

Ajustes en la base reguladora

ajustes base reguladora

Una vez obtenida la base reguladora, habrá que realizar algún que otro ajuste de acuerdo a los años cotizados en nuestra vida laboral.

15 años cotizados otorgan el derecho del 50% de la base reguladora. Para poder acceder al 100% es necesario contar con los 36 años mínimos. Para los trabajadores que deseen la jubilación anticipada, la base reguladora irá sufriendo disminuciones según el tiempo que se anticipe la misma.

Si ocurriera al contrario y un trabajador alargara su vida laboral, la base reguladora aumentaría según el número de años que esto sucediera.

Caso práctico

caso práctico jubilación anticipada

Somos un trabajador de 65 años y 4 meses que ha cotizado 33 años. Sumando las bases de cotización da 345.000 euros. Para obtener la base reguladora, dividimos 345.000 entre 308. Da un resultado de 1.120,129.

Como tenemos 33 años cotizados (396 meses), recibiremos una parte de la pensión, pues para obtener el 100% deberíamos haber cotizado mínimo 426 meses. Como regla general, por los primeros 15 años se aplica el porcentaje del 50%. Para los siguientes 163 meses un 0,21% por mes adicional. Los siguientes 83 meses suman el 0,19%.

En nuestro caso (396 meses) sería el 50% por 180 meses; un 0,21% por 163 meses (34,23%) y un 0,19% por 53 meses restantes (10,07%). Es decir, recibiremos el 94,3% de la base reguladora.