El Supremo respalda a la banca: las hipotecas con IRPH no son abusivas

Se ha hecho esperar, pero ya ha llegado. La famosa sentencia del Tribunal Supremo sobre las hipotecas ligadas al Índice de Referencia de los Préstamos Hipotecarios (IRPH), que en teoría debía haberse publicado el pasado 30 de septiembre, se ha hecho pública este miércoles. Y lo ha hecho para consuelo de la banca y enfado de los consumidores.

El Alto Tribunal no ve que el índice sea abusivo en los casos enjuiciados, pero si falta de transparencia por no informarse de la evolución del mismo. En este sentido, Almudena Velázquez, co-directora legal de reclamador.es señala que «una vez más, se da la espalda a los consumidores» algo que les produce «una absoluta decepción».

Más de un millón de consumidores se han visto afectados por este indicador hipotecario, que las cajas de ahorro utilizaron de manera habitual durante la burbuja inmobiliaria en España. El problema se agravó cuando los afectados detectaron que pagaban cuotas más elevadas que los que estaban hipotecados con el euríbor. De hecho, en 2011, el euríbor rondaba el 1,5% y el IRPH llegó a rozar el 4%.

UN PROCESO LENTO Y LARGO

Las entidades financieras y las asociaciones de consumidores esperaban la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sobre la transparencia de este índice a principio de año, pero el pasado 3 de marzo, el TJUE devolvió la cuestión a los jueces españoles con una sentencia que generó “interpretaciones contradictorias entre la banca y los consumidores”, explica Jesús Sánchez, presidente de la Comisión de Normativa del Colegio de la Abogacía de Barcelona (ICAB) a MERCA2.

Francisco González de Audicana, magistrado del juzgado de instrucción número 38 de Barcelona fue quién planteó a Luxemburgo la cuestión prejudicial sobre IRPH. En concreto, preguntaba que, si una vez que la cláusula se declara abusiva, se puede sustituir o no por el Euribor, se tiene que utilizar otro índice o si el préstamo continúa sin ningún índice.

Pero la justicia europea dejó la decisión final en manos de los jueces españoles, eso sí, tras establecer los requisitos para saber si la cláusula es abusiva o no. A los dos meses volvieron los problemas, algunos Juzgados daban la razón a los consumidores y otros no. De manera que el Tribunal Supremo recibió cerca de 150 recursos de casación.

Fue entonces cuando La Sala de lo Civil del Alto Tribunal anunció mediante providencia que no admitiría a trámite ningún recurso de casación más de IRPH hasta que no se dictara sentencia el 30 de septiembre.

CONFUSIÓN

“El intríngulis de la cuestión es que hay confusión entre lo que dice el apartado 66,67 y el 68 de la sentencia del TJUE” detalla el abogado. Pues confirman que el IRPH se puede sustituir por otro índice si se declara abusiva, siempre que el contrato no pudiera subsistir y que la anulación del contrato dejara al consumidor expuesto a consecuencias especialmente perjudiciales. Pero también deja la puerta abierta a que el contrato pueda subsistir sin el abono de intereses.

CaixaBank es el banco más afectado se enfrentaba a pagar hasta 11.250 millones de euros. Santander y BBVA entre 1.014 y 6.428 millones cada uno. Bankia, hasta 2.571 millones de euros. Y Unicaja Banco, entre 51 y 321 millones, según las estimaciones de Goldman Sachs

LA RESPUESTA DEL TS

La Sala Primera del Alto Tribunal se ha pronunciado en el Pleno convocado este miércoles, si bien esta deliberación corresponde a cuatro recursos de casación concretos en relación con la cláusula de interés variable del IRPH.

El quinto recurso sobre IRPH que debía tratar en este mismo Pleno aún no se ha resuelto porque presenta perfiles diferentes al versar sobre una vivienda de protección oficial. Así, en los cuatro recursos resueltos, siguiendo la jurisprudencia de Luxemburgo, se ha apreciado falta de transparencia por no haberse informado de la evolución del índice de los dos años anteriores.

La decisión no ha sido unánime, ya que el fallo ha recibido el voto particular del magistrado Francisco Javier Arroyo Fiestas, quien cuenta con una opinión divergente respecto a la decisión mayoritaria. El órgano judicial dará a conocer el texto íntegro de la sentencia en los próximos días.