Estos son los pasos para hacer testamento

Si vives en España, seguramente te has planteado que en algún momento de tu vida debe llegar el día en que realices un testamento. Dejar todo bien atado para el día que ya no estemos es de máxima importancia para facilitarles la vida a los familiares que vayan a adquirir nuestras posesiones.

Es mucho más rápido realizar todos los trámites que tienen que ver con los sucesores si hemos dejado un documento donde nosotros mismos hayamos redactado a quién y cómo queremos repartir nuestras propiedades.

A mucha gente le abruma tan solo la mención de la palabra. Pero ni tiene ni debe ser así. Dejarlo todo bien hecho es algo que todos deberíamos tener en cuenta. Además, es bueno hacerlo en el momento en el que tengamos algo propio. Dinero, inmuebles… Todo ello, en el caso de que algo sucediera, debe quedar listo para nuestros herederos. Por ello, te mostramos los pasos para poder hacerlo.

Realizar un testamento paso por paso

Es primordial que todos sepamos la importancia que tiene dejar hecho un testamento en el caso de que algo nos sucediera, además de sus ventajas. Es un mero trámite que podemos ir cambiando a lo largo de nuestra vida conforme vayamos teniendo más o, por ejemplo, si queremos cambiar nuestros herederos.

El testamento es un documento legal que regula la forma en la que se distribuirán tus propiedades después del fallecimiento. Se rige por la Ley de Herencias.

Debes conocer la ley que se aplica

En nuestro país hay diversas normativas civiles que se encargan de regular y limitar las posibilidades de realizar las disposiciones testamentarias. Limita, no solo la libertad de repartir los bienes, sino que también existen opciones para realizar pactos sucesorios, antes de que se produzca un fallecimiento.

Para los que no tengan esa normativa específica, se les aplicará el Código Civil que limita que:

  1. Un tercio de la herencia es de libre disposición. Se puede dejar a quien se desee.
  2. Otro tercio, conocido como de mejora, debe dejarse a los herederos forzosos, siempre de la manera que se quiera. Es decir, puede dejárselo todo solo a uno de ellos.
  3. El tercio restante no es disponible. Debe entregarse a los herederos forzosos, repartiéndose de forma equitativa. Es decir, les corresponde el mismo porcentaje a cada uno, a no ser que alguno no acepte la parte que le corresponde.

Conocer la situación patrimonial

Una vez que se tenga claro lo anterior, es importante conocer el patrimonio, tanto bienes como deudas, del que se dispone. Así como la voluntad del testador.

Hay que tener en cuenta la existencia de todos los herederos forzosos. Es decir, parientes con algún derecho sobre la herencia; descendientes; ascendientes; o cónyuges.

El contenido del documento

En el testamento debe quedar reflejada de la forma más precisa posible el destino de los bienes de acuerdo a la voluntad del testador.

El contenido no tiene por qué limitarse tan solo a cuestiones económicas y de repartición de la herencia. También puede contener algunas de las siguientes disposiciones:

  • Desheredación de uno de los hijos.
  • Reconocimiento de un hijo.
  • Forma en que se desea la celebración del entierro o funeral.
  • La asignación de un albacea, que se encargará de administrar la herencia mientras esta no sea adjudicada.
  • Condonación de deudas.
  • Designación de tutores para los hijos menores.

Realización del testamento

Hay varios tipos de testamento. Cada uno debe cumplir una serie de requisitos para considerarse válido. No obstante, para la seguridad del testador y sus beneficiados, dicho documento será abierto de la forma más recomendada de acuerdo a cada situación.

Este documento se debe realizar ante notario por el propio testador. Y cuenta con estas características:

  1. Una vez realizado, el notario conservará el testamento. Además, se encargará de remitir una parte informando de su existencia al Registro de Últimas Voluntades. Aquí es donde se acude para conocer si existe y el notario que lo tiene en su poder. Es la mejor forma de saberlo en caso de que el fallecido no hable de su existencia.
  2. Su precio suele ser reducido. Oscila entre los 40 y 50 euros, con el fin de facilitar que todos podamos tener uno. Depende, también, del número de hojas que se hayan gastado en realizarlo.
  3. Es el notario quien comprueba que las disposiciones testamentarias están redactadas conforme dicta la legislación vigente.
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Teniendo claros los diferentes puntos a tener en cuenta, realizar un testamento es muy sencillo. Es el notario o un abogado quien asesorará al testador para que pueda realizarlo de la forma más conveniente posible.