Los nuevos modelos de contrato ya están en vigor. Desde este 5 de octubre de 2026, cualquier persona que firme un contrato en España debe recibir por escrito la información esencial de su relación laboral antes de empezar a trabajar.
La norma llega con el respaldo del Boletín Oficial del Estado y con los deberes hechos por parte del SEPE, que ya ha publicado los modelos específicos en español, en las lenguas cooficiales y en inglés. El objetivo, según el propio organismo, pasa por reforzar la transparencia y la previsibilidad en un mercado laboral que arrastra una temporalidad elevada.
Qué cambia en los nuevos modelos de contrato
El Real Decreto 723/2026, de 9 de septiembre, transpone la Directiva europea 2019/1152. En la práctica, obliga a las empresas a detallar por escrito la duración del contrato, la jornada de trabajo, la retribución, el periodo de prueba, el convenio colectivo aplicable, y determinadas condiciones de organización del trabajo.
La clave está en el cuándo. Hasta ahora, parte de esa información llegaba al trabajador con retraso o directamente no llegaba. La nueva regulación exige facilitarla, con carácter general, antes del inicio de la actividad laboral. No es un matiz menor.
Contratos temporales, horarios variables y pesca

En los contratos temporales, la exigencia sube. La empresa deberá indicar la duración previsible de la relación laboral, la fecha de finalización cuando pueda determinarse y las circunstancias que justifican la temporalidad. Menos margen para el encadenamiento sin explicación.
Los horarios variables son el otro frente. Si el patrón de trabajo es parcialmente imprevisible, el trabajador tiene derecho a saber en qué periodos puede ser requerido, con qué criterios se organiza el tiempo y qué condiciones determinan la previsibilidad de la jornada.
La información esencial ya no puede llegar después de la firma: debe estar por escrito antes de que el trabajador ocupe su puesto.
La norma también refuerza la información en los contratos de los pescadores que faenan a bordo de buques españoles. Deberán formalizarse siempre por escrito, con datos como la identidad del buque, la duración prevista del embarque, las condiciones de repatriación o los periodos de vacaciones retribuidas.
El último bloque afecta a la digitalización. Las empresas tendrán que informar sobre el uso de sistemas automatizados o algorítmicos que intervengan en decisiones sobre el acceso al empleo, la asignación de tareas, la evaluación del personal o la finalización de la relación laboral.
Análisis: cómo afecta esta norma al candidato
La pregunta razonable es si el cambio mejora de verdad la posición del candidato o se queda en un trámite. El impacto es asimétrico. Para un perfil con contrato indefinido y jornada estable, la norma aporta poco: ya conocía sus condiciones por escrito.
Para quien firma un temporal de tres meses, un fijo discontinuo o un contrato con turnos rotativos, el cambio es tangible. El detalle de los horarios variables es lo más relevante. Sectores como la hostelería, la logística o el reparto por plataformas suelen anunciar jornadas teóricas que después se estiran según la demanda. Saber por escrito en qué franjas puedes ser requerido no elimina la imprevisibilidad, pero te da una base para negociar o para reclamar.
Eso sí, la norma obliga a informar; no garantiza por sí sola que se cumpla. La Inspección de Trabajo tendrá que vigilar que las empresas entregan el documento antes de la firma y no lo usan como un trámite de última hora. Conviene guardar el contrato y toda la comunicación previa, porque la diferencia entre lo prometido y lo firmado es la prueba clave si hay conflicto.
Riesgo a vigilar: la letra pequeña del periodo de prueba y de la jornada parcial, dos apartados donde el papel no siempre coincide con el día a día. Para el candidato, la mejor estrategia es leer ese documento antes de firmar y pedir por escrito cualquier aclaración sobre turnos, disponibilidad y retribución variable.
📝 Cómo enviar el currículum
Aunque esta información no depende de una oferta concreta, el SEPE ha publicado un documento modelo con los elementos esenciales que debe recoger tu contrato. Estos son los pasos para consultarlo y comprobar que se ajusta a la norma que ya está en vigor.
- Paso 1: Accede a la web oficial del SEPE y localiza el apartado de contratos y modelos.
- Paso 2: Descarga el documento informativo en español o en tu lengua cooficial.
- Paso 3: Compara tu contrato con el modelo: duración, jornada, retribución, periodo de prueba y convenio aplicable.
- Paso 4: Si falta algún elemento, solicita por escrito a la empresa la información completa antes de firmar.
- Paso 5: Conserva el contrato y las comunicaciones. Ante un incumplimiento, puedes dirigirte a la Inspección de Trabajo.
Plazo de inscripción: la norma ya está en vigor desde el 5 de octubre de 2026 y se aplica a los contratos formalizados desde esa fecha. Requisito mínimo: si trabajas por cuenta ajena, la empresa está obligada a entregarte por escrito la información esencial antes del inicio de la actividad.




