Margen de error en los radares de la DGT: a qué velocidad empieza la multa de 100 euros (7 km/h o 7%)

El margen se aplica antes de denunciar: 7 km/h hasta 100 km/h y un 7% si el límite es superior. Con el pronto pago, la sanción de 100 euros se queda en 50.

Los radares de la DGT descuentan un margen del 7% o 7 km/h antes de multar con 100 euros.

La normativa de control metrológico fija esa tolerancia para filtrar el posible error de los cinemómetros. Estos equipos, por precisos que sean, no miden con una exactitud absoluta. Si el límite es de 100 km/h o inferior, el radar resta 7 km/h a la medición antes de considerarla infracción. Si el límite supera los 100, descuenta un 7% de la velocidad máxima permitida.

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Qué margen aplican los radares según el límite de la vía

  • Límite de 30 km/h: denuncia desde 37 km/h.
  • Límite de 50 km/h: denuncia desde 57 km/h.
  • Límite de 80 km/h: denuncia desde 87 km/h.
  • Límite de 100 km/h: denuncia desde 107 km/h.
  • Límite de 120 km/h: denuncia desde 128,4 km/h.

En una calle limitada a 50, el radar no denuncia hasta que registra 57 km/h. En una carretera de 80, el umbral está en 87. Son cifras que conviene tener claras porque el velocímetro del coche suele marcar entre un 3% y un 5% por encima de la velocidad real.

En una autopista de 120, el margen se traduce en 8,4 km/h, de modo que la sanción se activa a partir de 128,4 km/h. Superar ese umbral, y no el límite exacto de la vía, es lo que activa la denuncia.

El margen de error no es un permiso para correr: el radar descuenta esos kilómetros antes de denunciar.

Cuándo llega la multa y cuánto se paga

Superado el umbral, la DGT aplica la tabla de sanciones de la Ley de Tráfico. Un exceso de hasta 20 km/h sobre el límite se castiga con 100 euros y 0 puntos. A partir de ahí, la cuantía sube y empieza la retirada de puntos del carnet.

  • Hasta 20 km/h: 100 euros y 0 puntos.
  • De 21 a 30 km/h: 300 euros y 2 puntos.
  • De 31 a 40 km/h: 400 euros y 4 puntos.
  • De 41 a 50 km/h: 500 euros y 6 puntos.
  • Más de 51 km/h: 600 euros y 6 puntos.

La tabla se aplica sobre el límite real de la vía y no sobre el umbral de margen. Si circulas a 128 km/h en una autopista de 120, el exceso computado es de 8 km/h y la multa queda en 100 euros, sin puntos. Para perder puntos hay que superar los 20 km/h por encima del límite.

Además, el pronto pago reduce a la mitad la cuantía si abonas en los 20 días naturales siguientes a la notificación. La sanción de 100 euros se queda en 50 y la de 600 en 300. No se pierden puntos por pagar antes, solo se descuenta el importe.

Cómo evitar la multa y qué revisar si llega una denuncia

El margen no convierte en legal circular por encima del límite. Los radares de tramo y los cinemómetros móviles también aplican estos umbrales, aunque en los primeros el cálculo se hace sobre la velocidad media. Un pico puntual de velocidad no genera multa si la media se mantiene por debajo del umbral.

La DGT recuerda en su sede electrónica que las multas por exceso de velocidad se consultan y pagan por esa vía. Conviene revisar de vez en cuando el velocímetro, sobre todo tras cambiar ruedas o reparar la transmisión, porque una desviación mayor puede jugar en contra.

Análisis: la tolerancia es un filtro técnico, no un permiso para correr

Desde una lectura técnica, el margen de error de los radares es una garantía para el conductor y no una invitación a sobrepasar el límite. Los cinemómetros, como cualquier instrumento de medición, arrastran una incertidumbre metrológica. Descontar 7 km/h hasta 100 km/h o un 7% por encima evita que una variación mínima del equipo se convierta en una sanción injusta. Dicho de otro modo: el radar no te multa por ir a 121 en una vía de 120, sino que castiga el exceso real que empieza a ser relevante.

Eso explica por qué la sanción más baja, 100 euros sin puntos, se mantiene hasta 20 km/h por encima del límite. Es un umbral razonable si se compara con el riesgo real: la diferencia de frenada entre 90 y 110 km/h es mucho mayor que entre 90 y 55. No obstante, el conductor que apura el margen hasta el último kilómetro juega con fuego. Un velocímetro mal calibrado o un cambio de neumáticos puede alterar la lectura y hacer que el margen real sea menor de lo esperado.

En mi lectura, el mayor riesgo no está en la tabla de sanciones, sino en la confianza excesiva en la tolerancia. Quien circula a 137 km/h en una vía de 120 creyendo que el margen le protege, puede llevarse una multa de 300 euros y 2 puntos si el radar mide un solo kilómetro por encima. La vigilancia de la DGT no se relaja, y la norma no anuncia cambios de umbrales para este año. La mejor defensa sigue siendo mantener el velocímetro en el límite y comprobar la medición si llega una denuncia, porque cualquier error en la aplicación del margen anula la sanción.

🚨 Ficha de la Normativa

  • Infracción / Novedad: Rebasar el margen de error en un control de velocidad: 7 km/h hasta 100 km/h o 7% por encima.
  • Sanción económica: 100 euros la sanción mínima, con el 50% de descuento por pronto pago.
  • Puntos del carnet: 0 puntos si el exceso no supera los 20 km/h.
  • Entrada en vigor: Ya vigente según la normativa de control metrológico.

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