La DGT confirma la nueva normativa para semáforos: multas por no respetar los cambios

El nuevo Reglamento General de Circulación prohíbe que coincida la luz ámbar intermitente de los vehículos con el verde para peatones. La DGT sancionará a quienes no respeten la medida.

La reforma del Reglamento General de Circulación (RGC) que entra en vigor el 1 de octubre de 2026 modifica por primera vez la coordinación de los semáforos en los pasos de peatones. A partir de esa fecha, en ningún semáforo podrá coincidir la luz ámbar intermitente para los vehículos con la luz verde para los peatones. La DGT perseguirá esta infracción con sanciones económicas que, sin estar aún detalladas en el texto, podrían equipararse a las de un salto de semáforo en rojo.

Qué cambia exactamente en los semáforos a partir de octubre

El nuevo Título VI del RGC introduce un bloque específico sobre normas en vías urbanas. Dentro de ese bloque, el artículo dedicado a los pasos para peatones con semáforo recoge una prohibición taxativa: «como norma general, no podrá coincidir la luz ámbar intermitente para vehículos con la luz verde para peatones». Hasta ahora, en muchos cruces regulados por semáforo, los coches recibían una fase de ámbar intermitente mientras el peatón ya tenía luz verde, lo que generaba situaciones de riesgo. La DGT quiere eliminarlas de raíz.

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La medida obliga a los ayuntamientos a reprogramar las fases semafóricas de todos los pasos que aún mantengan esa configuración. Los consistorios dispondrán de un margen de adaptación, pero desde el 1 de octubre de 2026 la infracción ya será sancionable. La DGT no ha publicado una lista de los municipios afectados, aunque fuentes del sector calculan que más de la mitad de las ciudades medianas tendrán que actualizar sus cruces.

El ámbar intermitente no es un permiso para cruzar a toda velocidad: es una señal de precaución. La nueva norma lo convierte en incompatible con el paso seguro del peatón.

¿Con qué multa me pueden sancionar y cuántos puntos pierdo?

El texto del reglamento no asigna una sanción económica directa a esta infracción, pero sí la convierte en una violación de la regulación semafórica. Según la Ley de Tráfico, no respetar las indicaciones de un semáforo es una infracción grave, castigada con 200 euros y la pérdida de 4 puntos del carnet. En la práctica, todo apunta a que la DGT aplicará ese mismo baremo cuando un conductor cruce con ámbar intermitente mientras el peatón tiene verde.

Ahora bien, la sanción solo se activará si la autoridad —agente o cámara— puede acreditar la simultaneidad de las dos fases lumínicas. Es decir, que en el momento de la infracción el semáforo del peatón estuviera en verde y el del vehículo en ámbar intermitente. La DGT confirma que las cámaras de control de semáforo ya instaladas en las ciudades podrán adaptarse para captar esta nueva infracción.

Otras novedades del Reglamento que entran en vigor el 1 de octubre

El cambio en la coordinación de los semáforos no es la única medida relevante que trae el nuevo RGC. La reforma del Título VI incluye otros cinco bloques que afectan directamente a conductores, ciclistas y usuarios de vehículos de movilidad personal (VMP). Estas son las más destacadas:

  • Edad mínima para VMP: se fija en 15 años. Los conductores de patinetes eléctricos deberán usar casco obligatorio y chaleco reflectante de noche o con poca visibilidad.
  • Ciclistas: todos los ciclistas, sin excepción, llevarán casco en vías interurbanas. Los riders profesionales tendrán que añadir chaleco reflectante. Además, al adelantar a un ciclista habrá que reducir la velocidad en al menos 20 km/h y, si la vía tiene más de un carril por sentido, cambiar completamente de carril.
  • Motocicletas: guantes de protección obligatorios en vías interurbanas, calzado cerrado siempre y cascos homologados (no solo certificados) para ciclomotores.
  • Cinturón de seguridad: los taxistas, repartidores y profesores de autoescuela pierden la exención y deberán llevarlo siempre.
  • Nieve y retenciones: en autopista con nieve se prohíbe adelantar y solo se circulará por el carril derecho; en retenciones, los coches se orillarán para dejar un «carril de emergencia» central.

Todas las infracciones de este bloque —salvo la de los semáforos— tienen ya un importe confirmado: 200 euros y, en su caso, la pérdida de puntos correspondiente.

Análisis: un cambio sutil con un impacto profundo en la seguridad peatonal

La reforma ataca un fallo de diseño que los expertos en seguridad vial llevaban años señalando. La simultaneidad del ámbar intermitente de los vehículos y el verde del peatón obligaba a este último a compartir espacio con coches que, en la práctica, no siempre reducían la velocidad. La nueva redacción es clara: el peatón es el usuario más vulnerable y su fase de cruce debe ser absolutamente segura.

Sin embargo, la implantación no está exenta de problemas. Muchos ayuntamientos tienen semáforos antiguos, con centralitas que no permiten reprogramar las fases con facilidad. La DGT no ha fijado un plazo de adaptación explícito; la medida entra en vigor el 1 de octubre de 2026. Esto podría generar una oleada de multas en los primeros meses si los consistorios no actualizan sus cruces a tiempo. El conductor, por tanto, se enfrenta a una norma que depende de una infraestructura municipal que quizá ni siquiera esté preparada.

En mi lectura, la DGT ha optado por una solución contundente: prohibir la coincidencia. Pero la responsabilidad de la reprogramación recae en los ayuntamientos, no en el conductor. Si un semáforo sigue mostrando la combinación prohibida más allá del 1 de octubre, ¿puede la DGT sancionar al conductor? La respuesta, por ahora, es que sí, aunque cabría alegar que la infraestructura no cumplía la norma. Será interesante ver cómo resuelven los tribunales este conflicto.

🚨 Ficha de la Normativa

  • Infracción / Novedad: Prohibición de que coincida la luz ámbar intermitente de los vehículos con la luz verde para peatones en pasos con semáforo.
  • Sanción económica: Pendiente de confirmación oficial; previsiblemente 200 euros (equivalente a no respetar un semáforo).
  • Puntos del carnet: Pendiente de confirmación; previsiblemente 4 puntos.
  • Entrada en vigor: 1 de octubre de 2026.

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