
El calendario fiscal aprieta y la Agencia Tributaria tiene marcada en rojo una fecha clave para miles de jubilados. El próximo 30 de junio de 2026 finaliza el plazo para presentar la declaración de la Renta correspondiente al ejercicio 2025, que es la vía principal para reclamar las devoluciones del IRPF por las antiguas cotizaciones a mutualidades. Si no lo haces a tiempo, pierdes el derecho a recibir ese dinero por el ejercicio más reciente.
Vamos al grano. Esto afecta directamente a quienes cotizaron a mutualidades profesionales —arquitectos, abogados, ingenieros, médicos o trabajadores de banca, entre otros— y que ya están jubilados o a punto de hacerlo. Estamos hablando de devoluciones que, en muchos casos, superan los 3.000 euros por cada ejercicio no prescrito. Una cantidad que no es moco de pavo.
La historia viene de lejos. El Tribunal Supremo dictó varias sentencias en 2023 y 2024 reconociendo que aquellos que tributaron por el 100% de su mutualidad estaban pagando de más. Hacienda ha tenido que devolver ese exceso, pero el proceso ha sido más lento que el caballo del malo. Miles de mutualistas presentaron sus reclamaciones y aún siguen esperando el ingreso.
El origen de esta devolución: qué pasó con las mutualidades
Para entendernos: durante décadas, los trabajadores que cotizaban a mutualidades en lugar de a la Seguridad Social declaraban sus aportaciones de forma distinta a los del régimen general. Cuando llegaba la jubilación, Hacienda aplicaba un criterio que el Tribunal Supremo acabó tumbando: estaba integrando en la pensión un porcentaje de las cotizaciones que no debía tributar como rendimiento del trabajo.
La consecuencia práctica es que esos pensionistas pagaron un IRPF más alto del que les correspondía. Las sentencias del Supremo obligaron a la Agencia Tributaria a devolver las cantidades cobradas de más, pero el mecanismo no ha sido automático. Ha habido que reclamar ejercicio por ejercicio mediante la presentación de declaraciones rectificativas completando un formulario específico.
El error que más recargos genera es pensar que Hacienda te va a llamar a tu casa para devolverte el dinero. No funciona así. La devolución hay que solicitarla de forma activa presentando la declaración de la renta correspondiente al año en que se tributó de más. Y ojo, porque solo se pueden reclamar los ejercicios fiscales no prescritos.
El Supremo te da la razón, pero Hacienda solo paga si mueves ficha antes de que el plazo prescriba.
Quién puede reclamar y cuánto dinero está en juego
No todo el mundo tiene derecho. La clave está en haber pertenecido a una mutualidad de previsión social durante la etapa activa como trabajador. Los colectivos más habituales son los antiguos empleados de banca, los profesionales colegiados que cotizaron a través de hermandades y los trabajadores de grandes empresas que tuvieron su propio sistema mutualista durante los años 60, 70 y 80.
Las cifras bailan según cada caso, pero la devolución media ronda los 3.000 o 4.000 euros por ejercicio fiscal. Si no has reclamado los últimos cuatro ejercicios (2022, 2023, 2024 y el actual 2025 que cierra ahora), el montante total puede superar los 15.000 euros. Eso sí, la cuantía exacta depende de tu base imponible y del tipo marginal que te aplicaron en cada año.
Aquí viene uno de los despistes más comunes: pensar que la devolución es solo para el año en curso. Puedes —y debes— reclamar todos los ejercicios fiscales que aún no hayan prescrito. El derecho prescribe a los cuatro años, así que en 2026 todavía puedes pedir la rectificación de las declaraciones desde 2022 en adelante. Si esperas al año que viene, perderás la posibilidad de reclamar 2022.
Cómo se solicita la devolución paso a paso y qué hacer si Hacienda tarda
El trámite se hace a través de la sede electrónica de la AEAT, identificándote con certificado digital o el sistema Cl@ve. Una vez dentro, localizas el apartado de «Mutualistas» o «Solicitud de devolución por mutualidades» y completas el formulario indicando los años que quieres rectificar. La propia herramienta de Hacienda calcula el importe que te corresponde, así que no necesitas hacer números raros en casa.
Si ya presentaste la solicitud hace meses y no has visto un euro, no eres el único. La Agencia Tributaria reconoce que tiene miles de expedientes pendientes de resolución. El motivo de fondo es que la administración tiene que verificar de forma manual las cotizaciones declaradas en su día por cada mutualidad. Y ese cruce de datos lleva tiempo.
Ahora bien, el silencio administrativo no juega a tu favor. Si Hacienda no resuelve en seis meses, entiendes desestimada tu petición, y eso te obliga a recurrir. El mejor consejo es armarse de paciencia, pero no dormirse. Revisa cada trimestre el estado de tu solicitud en la sede electrónica. Si ves que el expediente está parado, presenta un escrito de impulso del procedimiento; no te va a acelerar la devolución, pero deja constancia de que estás vigilante y evita que el silencio administrativo te cierre la puerta.
La vía presencial también existe, pero con cita previa. Puedes pedirla llamando al teléfono 91 535 68 13 o desde la app de la Agencia Tributaria. Eso sí, te advertimos de que las agendas suelen estar a reventar en plena campaña de la renta. Si eres mayor y te apañas mejor con la oficina física, te recomendamos pedir cita con tiempo y llevar toda la documentación de tu mutualidad: certificados históricos, fotocopia de las cotizaciones y un justificante de tu vida laboral actualizado.
Un atasco administrativo que deja al descubierto las costuras del sistema
Si echamos la vista atrás, el caso de los mutualistas es un ejemplo de manual de cómo una doctrina judicial sólida se topa con una maquinaria administrativa renqueante. Las primeras sentencias del Tribunal Supremo llegaron en 2023, y el Gobierno reaccionó con un formulario ad hoc en 2024. Pero en la práctica, la implementación está siendo un goteo. Las devoluciones no llegan con la fluidez que prometía el BOE, y eso genera una ansiedad lógica entre quienes llevan meses esperando.
Más allá de la anécdota, esto revela un problema de fondo: el sistema tributario español penaliza a quien no reclama activamente. Si no sabes que tienes derecho, te quedas sin tu dinero. Y si lo sabes, te toca hacer de gestor con la paciencia de un santo. En otros países, cuando un tribunal tumba un criterio fiscal, la administración revisa de oficio y devuelve sin que el ciudadano mueva un dedo. Aquí la regla no escrita es a la inversa.
Con todo, la recomendación para los mutualistas que aún no han iniciado el trámite está clara: revisad vuestra situación ahora que el plazo para el ejercicio 2025 sigue abierto. En la redacción hemos comprobado que muchos afectados ni siquiera saben que pertenecen a este colectivo porque se jubilaron hace dos décadas y perdieron la vinculación con su mutualidad. Si trabajaste en banca entre 1960 y 1990, o cotizaste a un colegio profesional con mutualidad propia antes de los 80, merece la pena consultar con un asesor fiscal o con la propia AEAT antes del 30 de junio.
El reloj avanza y, como decíamos al principio, el dinero que no se reclama a tiempo prescribe. Y cuatro ejercicios a 3.000 euros cada uno suman una cantidad que a cualquier jubilado le alegra la cartilla.
Guía rápida del trámite
- 📅 Plazos: El ejercicio fiscal 2025 se puede reclamar hasta el 30/06/2026. Los ejercicios 2022, 2023 y 2024 siguen abiertos por no haber prescrito.
- ✅ Requisitos clave: Haber cotizado a una mutualidad de previsión social (banca, colegios profesionales, hermandades) y estar jubilado o percibir una pensión derivada de esas aportaciones.
- 🌐 Dónde solicitarlo: Sede electrónica de la AEAT con certificado digital o Cl@ve; o presencial con cita previa en el teléfono 91 535 68 13.
- 💰 Importe o coste: Devolución media de entre 3.000 y 4.000 euros por ejercicio fiscal, según el tipo marginal de IRPF en cada año.
- ⚠️ Error a evitar: Esperar a que Hacienda lo devuelva de oficio. Si no presentas la solicitud, pierdes el derecho al dinero.




