miércoles, 11 diciembre 2024

¿Qué ocurre con los seguros de vida cuando los beneficiarios son menores de edad?, explicado por PuntoSeguro

La muerte de uno o ambos padres es una de las situaciones más lamentables que pueden suceder en una familia, sobre todo cuando hay niños o adolescentes de por medio. 

Pese a tratarse de una posibilidad latente, muchas parejas optan por evadir ese tema, lo que pone en un serio riesgo el patrimonio y la estabilidad de los menores en caso de que, en efecto, queden huérfanos.

En tal sentido, PuntoSeguro hace un llamamiento a los padres de familia a discutir el tema a pesar de lo dificil que pueda resultar, para que tomen las medidas que protejan a sus hijos ante una eventualidad de este tipo. Esta correduría de seguros digital se refiere especialmente a la importancia de atar bien todos los cabos cuando los menores son beneficiarios de seguros de vida.

La figura del tutor legal

En primer lugar, PuntoSeguro explica que la razón por la que se debe ser cuidadoso cuando los seguros de vida corresponden a menores de edad es que estos no pueden cobrar directamente la indemnización. En cambio, el dinero lo recibe y gestiona un tercero, quien esté designado como tutor legal.

Al respecto, la compañía enfatiza que en un entorno ideal esto no debería suponer ningún problema, ya que lo que se espera de un tutor es que actúe siempre en beneficio de los menores. Sin embargo, la empresa advierte que, lamentablemente, se presentan situaciones en las que el tutor se aprovecha de la orfandad de los jóvenes a su cargo para su beneficio propio.

Por tal motivo, PuntoSeguro recomienda que a la hora de dejar a los hijos como beneficiarios de pólizas de vida y otras indemnizaciones se especifiquen una serie de condiciones, incluyendo quien debe ser el tutor en caso de muerte de ambos progenitores.

Especificar condiciones para la administración de bienes

Otra de las acciones que se pueden tomar de manera preventiva es indicar detalladamente en el testamento las instrucciones sobre la administración de los bienes de los menores. Sobre ese punto, la compañía de seguros aclara que el hecho de que exista un tutor no impide que la administración esté en manos de otra persona.

Al mismo tiempo, los padres pueden dejar disposiciones claras de lo que se debe hacer cuando cada uno de los hijos cumpla la mayoría de edad. Por ejemplo, se puede limitar la cantidad de dinero que el joven recibirá al cumplir los 18 años, para que no pueda disponer de todo de una sola vez, lo que podría comprometer su seguridad financiera a largo plazo.

Para terminar, PuntoSeguro explica que un aspecto a tener en cuenta sobre los tutores legales es que requieren autorizaciones judiciales para la administración de los bienes de los menores de edad. Algunas de las actuaciones que exigen autorización explicita de un juez son internar al tutelado en una institución de salud mental o formación especial, enajenar o gravar bienes inmuebles o propiedades de valor, renunciar a derechos, hacer gastos extraordinarios, entre otros.

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