Declaración de la renta 2022: ¿Cuál es el último día para presentarla?

Con la llegada de la primavera y de abril llegan las flores, las alergias y otra cosa de lo más incómoda (o bendecida si sale a devolver), como la Declaración de la Renta. El pasado 7 abril se abrió el plazo para aquellos que les gusta hacerla cuanto antes pero normalmente la mayoría, como buenos españoles, lo va atrasando e incluso lo deja para el último momento. Por eso vamos a indicarte hasta cuándo tienes para cumplir con Hacienda, y de paso lo más destacado que debes de saber este año para la declaración.

¿QUIÉNES ESTÁN OBLIGADOS A PRESENTARLA?

declaración renta

Antes de hacerla, hay que ver si debes o no en virtud de las circunstancias establecidas. Según la normativa del IRPF, sólo tienen obligación de presentar la Declaración de la Renta aquellas personas que hayan percibido más de 22.000 euros en los doce meses anteriores y siempre que haya sido un único pagador.

En el caso de más dos o más pagadores, deberán de hacer la declaración si la suma de todos supera los 12.643 euros anuales. Para el resto de casos hay obligación de cumplir con Hacienda. Vamos a ver cómo hacerlo dependiendo de si quieres realizarlo online, por teléfono o presencialmente.

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¿HASTA CUÁNDO PUEDES HACER LA DECLARACIÓN DE LA RENTA?

Como decíamos la campaña de Renta de este año comenzó el pasado 7 de abril para aquellos que querían presentar ya el borrado. Luego se fueron abriendo el resto de opciones: a partir del 2 de mayo para los que preferían hacerla online. Pues faltan los que optan por la antigua usanza. Ya les queda poco, porque es desde el 2 de junio cuando podrán ir a las oficinas correspondientes, o bien por teléfono, llamando al 901 12 12 24, 91 535 73 26, 901 22 33 44 y 91 553 00 71.

En ambas modalidad el límite será el próximo 30 junio, así que aún te queda un mes para poder hacerla. Así que date prisa y descárgate el borrador o acceder a los datos fiscales para comprobar que son correctos, todo ello según la orden ministerial de Hacienda  por la que se aprueban los modelos de declaración de la Renta y del impuesto de Patrimonio publicada por el Boletín Oficial del Estado (BOE).

¿CÓMO OBTENER EL BORRADOR?

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El borrador de la Renta 2020-21 lo tienes disponible en la web de la Agencia Tributaria. Para ello, una vez dentro, debes de ir a ‘Renta 2020 avanzando contigo’ y en la parte izquierda encontrarás la sección ‘Trámites destacados’. Dentro de él, nos iremos a  ‘Servicio de tramitación borrador / declaración (Renta WEB)’ y allí veremos que nos pedirá poner el DNI o NIE para iniciar sesión, así como la fecha de validez en el caso del DNI o número de soporte en el del NIE. Si éste comienza por la letra L, M o K, nos pedirá la fecha de nacimiento.

Si eres de los modernos y tienes tu Certificado o haces uso de tu DNI electrónico, podrás registrarte así, mientras estés dado de alta antes en el sistema Cl@ve. ¿Y si no puedo acceder o tengo algún problema? Siempre podrás consultar el número de referencia a través del teléfono o en internet en el mismo apartado de la Agencia Tributaria, donde pone ‘obtener número de referencia’. Si no estás dado de alta en Cl@ve, podrás acceder escribiendo el valor de la casilla 505 de la anterior declaración. Ten por tanto siempre guardada la del año pasado. Esa casilla corresponde con la base liquidable general sometida a gravamen.

LA FORMA MÁS RÁPIDA

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Muchos no tenéis el certificado, la Cl@ve o ni siquiera el DNI electrónico, ni ganas o tiempo de andar con los trámites para obtener cada uno de ellos. La forma más rápida es mediante el número de referencia. Simplemente te pedirán el número de la casilla 505 de la declaración del año anterior, por eso siempre guarda la declaración al menos del año pasado. 

Para acceder a esta opción, ve al apartado «Obtenga su número de referencia» en la web de la Agencia Tributaria, rellenas los datos personales junto con la cifra de la casilla, y listo. 

CASILLAS A TENER EN CUENTA PARA QUE TE SALGA A DEVOLVER

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Si eres autónomo, has tenido hijos o vives en una familia numerosa, es posible que no tengas que pagar a Hacienda tanto como pensabas, o incluso te salga a devolver. Siempre hay ciertos gastos que podemos desgravar o deducirnos, así que siempre guarda todas las facturas y papeles que puedas necesitar: hablamos de material de oficina, internet, traslados, luz, gas… Son las casillas 121 a 138.

En el caso de los hijos, debes fijarte en las casillas 661 a 613, correspondientes tenencia de hijo e hijas naturales o en adopción. El ahorro es de hasta 1.200 euros anuales por cada hijo menor de 3 años, que corresponde a las madres trabajadoras. El mismo ahorro es para las familias numerosas (casillas 660 y 661). También es posible que te deduzcas algo si tienes a tu cargo personas con discapacidad (casillas 623 a 646, dependiendo de si son descendientes, ascendientes o cónyuge no separado).

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Felix Esteban
Felix Estebanhttp://www.felixesteban.com/
Nací en Valladolid, donde estudié Periodismo, pero llevo varios años viviendo en Madrid. Me he formado en comunicación corporativa y community manager pero lo que más me gusta es escribir. He colaborado en varios medios online (escritos y radio), entre ellos Tribuna Interpretativa y Wall Street International. Actualmente trabajo como redactor en moncloa.com, merca2.es, cotilleo.es y Qué!, y colaboro en el portal de cine EspecialistaMike, donde realizo críticas de cine, una de mis grandes pasiones. ¿Las otras? Literatura, tecnología, economía e historia, jugar al tenis y montar en bici; ah, y aprender, escribir y aprender.