En España, hablar por el móvil al volante suponía una multa de 200 € y la pérdida de seis puntos del carnet, una sanción que perseguía reducir las distracciones al volante. Sin embargo, una reciente sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 15 de Madrid ha puesto patas arriba esa norma al anular una sanción impuesta a un conductor que, según los agentes, manejaba el móvil mientras circulaba.
Este fallo judicial reaviva el debate sobre la necesidad de pruebas fehacientes para imponer multas y, sobre todo, sobre el alcance real de la DGT al perseguir conductas distraídas. A continuación, desgranamos el contenido de la sentencia, su impacto en la normativa y las recomendaciones oficiales para usar dispositivos en el coche.
5La DGT refuerza la vigilancia digital

En paralelo, la DGT anuncia controles con drones y videocámaras para detectar todas las distracciones al volante, no solo el móvil: fumar, comer o usar pantallas de entretenimiento. La idea es que donde no llegue el agente llegue la cámara, reforzando la seguridad con ojos electrónicos...
Esta estrategia pretende reducir la siniestralidad ligada a distracciones, que según la propia DGT supone más del 25 % de los accidentes mortales. Los sistemas de control digital complementan a los radares y a los controles móviles de telefonía.