martes, 12 noviembre 2024

Reestructuración ‘no consensual’ en Solarprofit con quitas de hasta el 100% para salir del atolladero

Mediante un comunicado a BME Growth, índice bursátil donde cotiza, Solarprofit ha anunciado ha presentado su plan de reestructuración ante el Juzgado Mercantil competente para su homologación. De este modo, la compañía da un paso adelante hacia su salvación, aunque, eso sí, con más pena que gloria y de forma ‘no consensuada’.

El plan contempla quitas de deuda que oscilan entre el entre el 86% y el 100% a sus acreedores, y comprende las sociedades del grupo SolarProfit Energy Services, SolarProfit Sales, Profithol, SolarProfit FV SEV y SolarProfit FV ZAR.

La empresa ha recordado que los planes de reestructuración de SolarProfit FV SEV y SolarProfit FV ZAR son consensuales, por lo que tienen el voto a favor del 100% de los acreedores afectados. El resto de las marcas no ha conseguido el consenso de todos los afectados, aunque sí el suficiente apoyo para «arrastrar» (sic) al resto y forzar un acuerdo.

EN CUATRO DE LAS SEIS SOCIEDADES DE SOLARPROFIT, NO SE HA ALCANZADO UN ACUERDO UNÁNIME CON TODOS LOS ACREEDORES, PERO SÍ CON LOS SUFICIENTES PARA «ARRASTRAR» (SIC) A LOS DEMÁS A UN COMPROMISO

En el caso de SolarProfit Energy Services, el acuerdo es con dos de los siete acreedores, lo que significa el «apoyo suficiente para arrastrar al resto de clases a las condiciones negociadas con los acreedores que han votado a favor».

La empresa ha añadido que este lunes, una entidad financiera de una de las clases ordinaria arrastradas ha votado a favor del plan, y que esta entidad representa el 56% de la clase ordinaria a la que pertenece.

Con SolarProfit Sales ha alcanzado un acuerdo con una de las clases de acreedores de las cinco existentes. Por último, en Profithol, el acuerdo ha sido con dos clases de acreedores de las cinco que hay, por lo que también se arrastra al resto.

En ambos casos, el plan cuenta con las certificaciones de un experto sobre la suficiencia de las mayorías que se exigen para aprobar el mismo y la valoración de la empresa en liquidación y en funcionamiento.

LA CAÍDA DE SOLARPROFIT

El descalabro de Solarprofit empezó a gestarse el 18 de de abril, cuando anunció que tendría que despedir a nueve de cada 10 empleados. A la mañana siguiente, la empresa fotovoltaica catalana confirmó que las «elevadas tensiones de liquidez» la habían obligado a entrar en preconcurso de acreedores.

El preconcurso se realizó el 28 de marzo y quedó presentado «ante la sección mercantil del servicio común del registro de Barcelona» conforme al artículo 585 del texto refundido de la ley concursal. La norma dispone que, en caso de que una persona natural o jurídica sufra una alta probabilidad de insolvencia, podrá comunicar a la Justicia el inicio de negociaciones con sus acreedores, con el objetivo de alcanzar un plan de reestructuración que permita superar la situación en que se encuentra.

En el caso de que las negociaciones no fructifiquen y la insolvencia del deudor sea declarada judicialmente, se iniciará el concurso de acreedores propiamente dicho, cuyo resultado final no tiene que ser necesariamente la liquidación de la empresa, aunque puede serlo. La prioridad de la Administración de Justicia en este tipo de procesos es facilitar la reestructuración de la deuda y la continuidad de la compañía.

CONTRATOS INCUMPLIDOS

El desmoronamiento de la compañía ha dejado varados a muchos de sus usuarios, quienes denuncian que «Solarprofit ha incumplido múltiples compromisos contractuales con sus clientes, dejando instalaciones incompletas, materiales sin desembalar y desatendiendo reclamaciones de mantenimiento y revisiones periódicas».

Estos clientes han formado la Asociación de Afectados por Solarprofit (AASP), con el objetivo de agrupar a los usuarios que se han quedado en el limbo tras la caída de la compañía de instalación de paneles fotovoltaicos y buscar salidas legales.


- Publicidad -