El Ministerio de Consumo considera que es «el momento» de volver a la normativa europea «previa a la crisis», que establece la obligación de devolver el dinero de los billetes anulados para los operadores.
El pasado 31 de marzo, el Gobierno publicó un Real Decreto que recogía que, en el caso de que los contratos de viaje combinado hayan sido cancelados por motivo del covid-19, el organizador o, en su caso el minorista, podrían entregar al consumidor un bono para ser utilizado dentro de un año desde la finalización de la vigencia del estado de alarma y sus prórrogas, por una cuantía igual al reembolso que hubiera correspondido. Esta condición contradecía la normativa europea, que obliga a devolver el importe al pasajero si así lo solicita.
Transcurrido el periodo de validez del bono sin haber sido utilizado, el consumidor podría solicitar el reembolso completo de cualquier pago realizado. Sin embargo, el minorista sí estaría obligado a devolver el importe en el caso de que el consumidor solicitara el reembolso, siempre que los proveedores de servicios incluidos en el contrato de viaje combinado hubieran procedido a la devolución total del importe correspondiente a sus servicios.
No obstante, la Comisión Europea trasladó la pasada semana a los Estados miembro una serie de recomendaciones para tratar de ayudar a la desescalada del confinamiento y favorecer la coordinación necesaria que permita reabrir las fronteras interiores y relanzar el turismo en la UE, acompañadas de una «carta de aviso» a 13 Estados miembro, entre ellos España, por las dudas de que estuvieran protegiendo de manera adecuada los derechos que asisten a los pasajeros a la hora de reclamar la devolución de dinero a las aerolíneas y turoperadores en caso de cancelación.
Además de en España, la Comisión veía problemas en Bélgica, Bulgaria, República Checa, Grecia, España, Francia, Croacia, Italia, Luxemburgo, Malta, Polonia, Portugal y Países Bajos.
Desde Consumo, resaltan que esta carta, con fecha límite de respuesta en el 28 de mayo, estaba destinada a recibir información de los países que habían modificado su normativa relativa a «viajes combinados» para comprobar su adecuación a la normativa europea.
Fuentes del Ministerio señalan que, después de un proceso de diálogo y trabajo conjunto con la Comisión, Consumo ha acordado con ella «proponer la modificación del artículo 36.4 del RDL 11/2020 para garantizar el derecho del consumidor al reembolso en caso de que este decidiera no aceptar el bono sustitutorio que le ofrece la agencia de viajes.
Con el decreto, mencionado anteriormente, el Gobierno pretendía evitar los problemas de liquidez y de posible quiebra de las pequeñas agencias, ante una «avalancha de solicitudes de devoluciones del dinero reembolsado a las que no poder hacer frente.
No obstante, resaltan que durante estos meses tan solo el 20% de los importes que debían reembolsarse se han reintegrado mediante bonos, según la información de las agencias de viajes. El 80% restante, por tanto, se ha reembolsado mediante la devolución de la cantidad pagada.
En este sentido, el Ministerio considera que la medida aprobada en el real decreto se trataba de una «medida excepcional» que, «una vez que se va recobrando la normalidad, ya no tiene sentido», sobre todo teniendo en cuenta «su uso relativamente bajo». Por tanto, la aceptación del bono será una decisión «exclusiva e inicial del consumidor» y en caso de no aceptarlo, deberá reintegrársele la cantidad inicialmente reembolsada.
Este viernes, la Comisión Europea ha señalado que está analizando –antes de decidir si tomar más medidas– las respuestas recibidas por parte de estos países y que «no dudará en tomar acciones cuando crea que es necesario para garantizar el pleno cumplimiento de la legislación europea».
El Ministerio considera que se ha posicionado «garante de los derechos de los consumidores», frente a otros países que «van a defender la flexibilización», una postura «contraria a la del Gobierno de España y a la de la Comisión Europea», ya que varios países han pedido a Bruselas suspender temporalmente esta protección para que las aerolíneas puedan compensar la cancelación del trayecto con cupones de viaje canjeables más adelante en lugar de devolver el importe del billete a los clientes afectados.
Sin embargo, el Ejecutivo comunitario mantiene su negativa a relajar los derechos de los pasajeros, pero recuerda que los cupones son una opción válida si es «voluntaria» y no impuesta al pasajero, por lo que anima a autoridades y compañías a centrar sus esfuerzos en «hacer más atractivos» estos vales para convencer al consumidor.