En algún momento, muchas empresas se deben enfrentar a la temida inspección de trabajo. No tiene por qué ocurrir, pero puede suceder de forma completamente normal sin que eso signifique que suceda algo malo.
Esto es algo por lo que cualquier empresa o autónomo puede pasar. Cualquiera de ellos puede recibir la visita de un inspector de trabajo. No hay forma de conocerlo previamente, pues no se avisa con antelación. No siempre debe significar que haya una denuncia en tu contra, simplemente es una especie de control para verificar que todo se encuentra en orden.
Por tanto, no existen motivos de peso para recibir al inspector, aunque sí que influirá que tengas denuncias en tu contra o en la de la empresa. Por ello, vamos a hacer un repaso por esos motivos así como por el resto de información referente a la inspección.
Qué es una inspección de trabajo
Una inspección de trabajo es más simple de lo que puede parecer a simple vista.
La función principal que tienen los inspectores es vigilar y controlar que tanto empresas como trabajadores cumplan con sus responsabilidades administrativas siempre de acuerdo a lo que dicta la ley. Otra de sus funciones es asesorar e informarlos de su materia laboral y de los trámites pertinentes a la Seguridad Social.
No existen motivos específicos para que una empresa sufra una inspección. Todas y cada una de ellas pueden recibir la inesperada visita del inspector de trabajo, y también del subinspector de empleo. No obstante, en algunas ocasiones esa visita sí es esperada.
A quién afecta
Los afectados por una inspección de trabajo pueden ser cualquier empresa. Es decir, todas en algún momento pueden recibir una visita del inspector sin obligatoriedad de aviso previo.
Tampoco es necesario que alguien haya denunciado a la empresa en la Seguridad Social para que el inspector de trabajo se persone en el lugar. En la mayoría de ocasiones, dichas inspecciones se tratan tan solo de un procedimiento rutinario que se realiza cada cierto tiempo.
Sin embargo, son más susceptibles de que aparezca ese inspector aquellas empresas que sí han sido denunciadas a la Seguridad Social. De hecho, este es el segundo motivo de mayor peso para que las empresas reciban la inspección.
Documentos requeridos ante una inspección
Cuando el inspector llegue a la empresa, puede requerir que le acompañes en la visita por la oficina. También que sepas identificar a las personas que están allí, hacer mediciones o pedir algunos documentos.
Estos documentos pueden ser, por ejemplo, el justificante que afirme que la empresa se encuentra inscrita en la Seguridad Social, el que confirma que se le paga adecuadamente a la misma, el documento acreditativo del IAE, la escritura de constitución de la sociedad, entre otros.
Si cuentas con otros profesionales contratados, pueden requerirte, además, el recibo de sus salarios, el parte de alta y baja de los trabajadores, sus contratos, el resumen de las horas, documentación en caso de que cuentes con trabajadores extranjeros, la autorización de trabajo, etc.
Cosas que no se deben hacer
Lo que no debes hacer nunca es realizar cualquier cosa para retrasar al inspector de trabajo. Y mucho menos algo que directamente le impida hacer su tarea con normalidad.
Si esto sucediera, o si, por ejemplo, no le permites la entrada, te niegas a identificarte o no quieres presentar la documentación que te pide, podrás enfrentarte a sanciones graves que pueden derivar en inspecciones peores que te lleven a los tribunales.
Tampoco, por supuesto, puedes amenazar, coaccionar o ejercer ningún tipo de violencia contra la persona encargada de realizar la inspección de trabajo.
Motivos por los que puede suceder
Como hemos comentado, el principal motivo que puede llevar a tu empresa a recibir la visita del inspector de trabajo no es ninguno. Se tratan de procesos rutinarios que la Seguridad Social suele realizar.
Sin embargo, si alguien ha denunciado a tu empresa de forma directa, sí es más que probable que llegue esa inspección de trabajo bajo una causa justificada. En todo caso, ten en cuenta que pueden avisarte o no de que se va a realizar.
Lo mejor es tener todos los documentos en orden, así como los empleados que tengas. Si tienes todo en regla, no hay motivo ninguno para preocuparse en caso de inspección.
Infracciones leves
Existen algunas infracciones durante la inspección que se consideran leves por no ser de mayor importancia.
Estas pueden ser, por ejemplo, un retraso cumpliendo con la obligación de informar al inspector sobre lo que te requiera. También en la falta de comunicación o comparecencia. Estas son obligaciones que si se requieren en la visita de inspección, deben facilitarse en el momento.
Teniendo algunos aspectos clave en cuenta, no tiene por qué ser negativa la inspección. Lo primordial es ofrecer toda la información y la documentación requerida.
También pueden ser muy graves
Dichas faltas también pueden ser muy graves y se calificarán como tal. Esto sucede en el caso de que se impida la entrada o permanencia del inspector en el centro de trabajo o si te niegas a identificarte a ti o a algunas de las personas que se encuentre trabajando.
En el momento en que coacciones, amenazas o ejerzas la violencia contra la persona encargada de la inspección, también se calificará como falta muy grave, por no permitirle hacer su trabajo con normalidad y riesgo de acoso.
Otra de dichas faltas es el incumplimiento de los deberes de colaboración que debes tener con cualquier funcionario que se encargue de la inspección.
Qué hacer si hay una sanción
Si existe una sanción por parte del inspector, te será notificada en el plazo de diez días desde que la fecha conste en acta.
Tras esta notificación, cuentas con 15 días hábiles en el caso de que desees presentar alegaciones. Revísala para comprobar si los motivos de sanción son correctos, si tienes pruebas que demuestran lo contrario, puedes adjuntarlas en el proceso de alegación.
Si el destinatario de la notificación se encuentra desaparecido o la rehúsa, las Autoridades tomarán partido, confirmando, en la mayoría de los casos, la sanción. Después se te notificará la resolución. Dispones de un mes para interponer un recurso si no estás de acuerdo.